Titulos de credito y su introduccion
Enviado por 12oldjmjm • 8 de Agosto de 2015 • Síntesis • 5.300 Palabras (22 Páginas) • 1.328 Visitas
INTRODUCCIÓN.
Hoy en día tanto en nuestro país como en el mundo entero la economía es una situación tan cambiante y desafiante que debemos estar preparados para tomar buenas decisiones, obviamente son las empresas las más afectadas en sus operaciones así que en lo que se refiere al mundo de los negocios son imprescindibles el uso de las mejores técnicas administrativas que garanticen el mejor funcionamiento de una empresa.
Adaptarse y sobrevivir ante tantos cambios no es una tarea fácil menos en la parte financiera que es uno de los aspectos más significativos, pues es la forma en que se usen los recursos financieros la que marca de manera importante el desarrollo y crecimiento de las empresas. El crédito es una buena opción aunque no es un condicionante para la supervivencia y crecimientos de una empresa. Sin embargo cualquier operación que realice la empresa está encaminada a la obtención de un buen margen de utilidad en relación a sus costos y gastos, razón por la que es de suma importancia aplicar una buena política y procedimientos en la concesión de créditos para el aumento de sus venta y el margen de utilidad.
En el trabajo que a continuación se presenta se elabora un estudio de los diferentes aspectos relevantes en el mundo de la administración financiera y actividades comerciales de las organizaciones. Se analizan los títulos de crédito desde su significado, sus ventajas y desventajas, su importancia y la forma de utilizarlos. De esta forma podremos entender su importancia dentro de las diversas actividades comerciales que diariamente se llevan a cabo.
TÍTULOS DE CRÉDITO.
Son títulos de crédito aquellos instrumentos, con sustento en un papel, y firmados, con valor probatorio de la obligación que les sirve de base. Son imprescindibles, sin títulos de crédito no puede reclamarse el derecho que contienen, pues son los que le otorgan a su titular o legitimo poseedor, legitimación activa.
Son documentos privados que representan la creencia, fe, o confianza que una persona tiene en otra para que pague o haga algo, ya sea porque se le haya entregado un bien o porque se le haya acreditado una suma de dinero.
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC) vigente desde 1932 en su artículo 1° menciona que los títulos de crédito son cosas mercantiles. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y las demás operaciones que en ellos se consignen, y en su artículo 5° se hace mención que son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consignan. Loa títulos de crédito son cosas absolutamente mercantiles, por lo que su mercantilidad no se altera por que no sean comerciantes quienes los suscriben o los posean.
CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO.
La definición legal en la LGTOC dice que el título de crédito es un documento “necesario”, de este concepto Cervantes Ahumada (1979), deduce las características que a continuación se mencionan:
- La incorporación. El título de crédito es un documento que lleva incorporado un derecho, en tal forma, que el derecho está íntimamente unido al título, y su ejercicio está condicionado por la exhibición del documento; sin exhibir el documento no se puede ejercitar el derecho en él incorporado, esto es, se posee el derecho porque se posee el título.
- La legitimación. Para ejercitar el derecho es necesario “legitimarse” exhibiendo el título de crédito. La legitimación consiste en la propiedad o calidad que tiene el título de crédito de atribuir a su titular, es decir, a quien lo posee legalmente, la facultad de exigir del obligado en el título de pago en la prestación que en él se consigna.
- La literalidad. La definición legal dice que el derecho incorporado en el título es “literal”. Es decir que tal derecho se medirá en su extensión y demás circunstancias, por la letra del documento, por lo que literalmente se encuentra en él consignado.
- La autonomía. Es el derecho que cada titular sucesivo va adquiriendo sobre el título y sobre los derechos en él incorporados y la expresión autonomía, indica que el derecho del titular es un derecho independiente, en el sentido de que cada persona que va adquiriendo el documento, adquiere un derecho propio, distinto del derecho que tenía o podría tener quien le transmitió el título.
EL CHEQUE.
Su origen etimológico es francés y lo encontramos en la palabra eschec que se define como “jaque” empleada en el ajedrez para manifestar que un jugador realiza una jugada que pone en serio peligro a la figura del rey. Una palabra que posteriormente daría lugar a otro término inglés: check. El cheque es una orden de pago puesta por escrito que otorga a la persona que lo recibe el derecho de cobrar una cierta cantidad de dinero que está estipulada en el documento y que debe estar disponible en la cuenta bancaria de quien lo expide. Originalmente se utilizaban como una medida para evitar fraudes en los bancos debido a que en los mismos se contaba con las firmas de quienes realizaban los depósitos y estas se cotejaban cuando alguien iba a efectuar el cobro de uno de esos cheques.
Por lo cual, el cheque es un título mediante el cual se autoriza a un individuo realizar una extracción de dinero de una cuenta, sin necesidad de que este sujeto sea el titular de dicha cuenta. Por tal razón, el cheque es un medio de pago que reemplaza al dinero en efectivo.
Es un título de crédito en virtud del cual una persona llamado librador ordena incondicionalmente a una institución de crédito que se denomina librado, el pago de una suma de dinero a favor de una tercera persona llamado beneficiario.
Elementos personales:
- Librador. Persona titular de la cuenta en la institución de crédito y expide el cheque.
- Librado. Institución de crédito responsable de pagar el cheque.
- Beneficiario. Persona o institución a cuyo favor se expide el cheque.
El cheque es muy parecido a la letra de cambio ya que también se compone de tres elementos personales: librador, librado y beneficiario; además de una orden de pago incondicional, nuestra ley exige que el cheque sea librado contra un banco y además agrega en el artículo 175 de la LGTOC “el cheque solo puede ser expedido por quien teniendo fondos disponibles en una institución de crédito, sea autorizado por ésta para librar cheque a su cargo”. Sin embargo existen diferencias generadas de la función económica de cada título de crédito.
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