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Tranferencia De La Propiedad


Enviado por   •  2 de Julio de 2014  •  6.496 Palabras (26 Páginas)  •  210 Visitas

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SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD

I. SUMÁRIO: I. INTRODUCCIÓN. II. EL PROPIEDAD. III.- SISTEMAS REGISTRALES INMOBILIARIOS. IV.- EL SISTEMA DE TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD INMUEBLE EN EL PERÚ. VI.-CONCLUSIONES DE LA TRANSFERENCIA DE LA PROPIEDAD INMUEBLE EN EL PERÚ. VII. BIBLIOGRAFIA

Resumen:

Una gran polémica acerca del sistema de transferencia de propiedad inmobiliaria regente en nuestro país se ha desarrollado desde los inicios mismos de nuestro proceso de codificación civil. A nuestro Código Civil de 1852 se le atribuye haberle dado nacimiento a tan encarnizada lucha doctrinaria, que se ha extendido hasta la fecha, puesto que en dicho cuerpo normativo se recogió por vez primera un sistema que regularía la transferencia de propiedad inmueble, optándose por importar del Código Napoleónico de 1804 el sistema denominado francés, del simple consenso o espiritual, por el que basta solo el acuerdo de las partes para dar por efectuada o transferida la propiedad de un bien inmueble.

Esta adopción legislativa se ha mantenido en los dos Códigos Civiles subsiguientes, el de 1936 y el de 1984, que a propósito acaba de cumplir veintitrés años de vigencia. Sin embargo, al sistema francés en general y en particular al adoptado en el Perú, le han salido al frente doctrinarios que sostienen una vigencia putativa o aparente del régimen espiritualista, ya que la configuración orgánica y jurídica de nuestros Códigos, según estos autores, indican que la transferencia de bienes inmobiliarios en el Perú se rige por la teoría de la yuxtaposición del título y el modo o también conocida como régimen español o romano que propugna además del solo consenso, que genere el contrato, era necesario un modo o acto externo que le permita a todos los miembros de una comunidad conocer de la celebración de un negocio de traslación de propiedad inmobiliaria. Pero la discusión no es tan sencilla como parece, ni tampoco meramente doctrinaria, es por ello que existen numerosos trabajos sobre el particular cada uno de los cuales pretende imponer su posición, nosotros en las líneas siguientes intentaremos explicar de manera sucinta las principales implicancias de tan añejo problema. Presentamos un catálogo de sistemas entre los cuales podría elegirse un sistema adecuado para una realidad tan complicada, informal y diversa como la nacional.

PALABRAS CLAVE: Derecho Registral, Sistemas registrales, Propiedad

ABSTRACT

A great controversy about the transfer system regent real estate in our country has developed since the very beginning of our civil codification process. In our Civil Code of 1852 is credited with having given birth to so fierce battle doctrine, which has spread so far, since in that body of law was first made provision for a system that would regulate the transfer of real property, whichever import the Napoleonic Code of 1804, the French system called, the simple consensus or spiritual, which alone is sufficient agreement of the parties to provide for completed or transferred the ownership of a property.

This legislation has been adopted in the two subsequent Civil Codes, the 1936 and 1984, which by the way just turned twenty-three years duration. However, the French system in general and in particular the one adopted in Peru, you have come to the front indoctrinators supporting a putative or apparent validity of spiritualist regime because the configuration of our organizational and legal codes, according to these authors, indicate that the transfer of real estate in Peru is governed by the theory of the juxtaposition of the title and the mode or also known as Spanish or Roman regime also encourages the only consensus that generates the contract, it was necessary to act one way or external will allow all community members hear the conclusion of a translation business property. But the discussion is not as simple as it seems, nor purely doctrinal, that is why there are numerous papers on the subject each of which seeks to impose its position on the following lines we will try to explain briefly the main implications of such old problem. We present a catalog of systems including a proper system could be selected for a reality as complicated and diverse informal and domestic sources.

KEYWORDS: Law Registry, registration system, Property

II. INTRODUCCIÓN

Una gran polémica acerca del sistema de transferencia de propiedad inmobiliaria regente en nuestro país se ha desarrollado desde los inicios mismos de nuestro proceso de codificación civil. A nuestro Código Civil de 1852 se le atribuye haberle dado nacimiento a tan encarnizada lucha doctrinaria, que se ha extendido hasta la fecha, puesto que en dicho cuerpo normativo se recogió por vez primera un sistema que regularía la transferencia de propiedad inmueble, optándose por importar del Código Napoleónico de 1804 el sistema denominado francés, del simple consenso o espiritual, por el que basta solo el acuerdo de las partes para dar por efectuada o transferida la propiedad de un bien inmueble.

Esta adopción legislativa se ha mantenido en los dos Códigos Civiles subsiguientes, el de 1936 y el de 1984, que a propósito acaba de cumplir veintitrés años de vigencia. Sin embargo, al sistema francés en general y en particular al adoptado en el Perú, le han salido al frente doctrinantes que sostienen una vigencia putativa o aparente del régimen espiritualista, ya que la configuración orgánica y jurídica de nuestros Códigos, según estos autores, indican que la transferencia de bienes inmobiliarios en el Perú se rige por la teoría de la yuxtaposición del título y el modo o también conocida como régimen español o romano que propugna además del solo consenso, que genere el contrato, era necesario un modo o acto externo que le permita a todos los miembros de una comunidad conocer de la celebración de un negocio de traslación de propiedad inmobiliaria. Pero la discusión no es tan sencilla como parece, ni tampoco meramente doctrinaria, es por ello que existen numerosos trabajos sobre el particular cada uno de los cuales pretende imponer su posición, nosotros en las líneas siguientes intentaremos explicar de manera sucinta las principales implicancias de tan añejo problema. Presentamos un catálogo de sistemas entre los cuales podría elegirse un sistema adecuado para una realidad tan complicada, informal y diversa como la nacional.

Para responder a la interrogante de cuál es el sistema de transferencia de inmuebles regente en el país, diremos que los sistemas expuestos, el sistema francés y el de la yuxtaposición del titulo y el modo - que por cierto son los únicos

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