Turismo Establezca ¿cuál es la vinculación de las siguientes normativas con el desarrollo de actividades turísticas?
Enviado por maferaguilar • 7 de Agosto de 2015 • Informe • 770 Palabras (4 Páginas) • 175 Visitas
Establezca ¿cuál es la vinculación de las siguientes normativas con el desarrollo de actividades turísticas?
En la Ley Orgánica de la Administración Pública se encuentra lo que es el principio de desconcentración funcional y territorial la cual tiene el objetivo de acercarse a las personas y mejorar el servicio prestado, podrá adaptar su organización a determinadas condiciones de especialidad funcional y de particularidad territorial, transfiriendo atribuciones de sus órganos superiores a sus órganos inferiores, mediante acto administrativo. El Presidente de la República, Vicepresidente, Ministros, Gobernadores y Alcaldes y los superiores jerárquicos de los órganos y entes de la Administración Pública, podrán delegar las atribuciones que les estén otorgadas por ley, a los órganos que se le sean adscritos, de conformidad con las formalidades que determine la ley. El Presidente de la República podrá designar Autoridades Únicas de Área para el desarrollo del territorio o programas regionales, con las atribuciones que determinen las disposiciones legales sobre la materia y los decretos que las crearen. El órgano nacional, estadal, distrital o municipal que sea competente en materia presupuestaria, según corresponda, llevará un registro de la composición accionaria de las empresas donde el Estado tenga participación en su capital social. Seguidamente en la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos los términos o plazos establecidos en esta y en otras leyes relativas a la materia objeto de la presente, obligan por igual, y sin necesidad de apremio, tanto a las autoridades y funcionarios competentes para el despacho de los asuntos, como a los particulares interesados en los mismos. Así mismo la Ley Orgánica de Planificación y Gestión del Ordenamiento Territorial a los efectos de la ley la Ordenación del Territorio tiene como objetivos primordiales el desarrollo socio económico de las regiones, la consolidación y utilización racional del territorio tomando en cuenta las realidades ecológicas y socioculturales, la gestión de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, se deben determinar y delimitar la defensa de las áreas naturales protegidas, se busca incentivar la ordenación turística, el desarrollo rural, la estructuración los centros poblados tanto los urbanos como los rurales y se deben determinan los espacios sujetos a riesgos asociados a fenómenos naturales. Así mismo se deben establecer criterios que orienten los procesos de urbanización e industrialización en armonía con el ambiente. Se hace a través de la elaboración de un Plan que es un instrumento de planificación a largo plazo, que se expresa por medio de una ordenanza, y sirve de marco a los planes de desarrollo económico y social, en donde se deben tomar en consideración las potencialidades del territorio, y se realiza mediante un proceso de coordinación en donde deben cumplirse los siguientes pasos; Diagnostico permite el conocimiento de la situación, tomando en consideración la configuración territorial, la situación social y ambiental, Formulación del Plan: Se determinan las diversas actividades que se deben cumplir para alcanzar los objetivos fijados, dentro de una estrategia de desarrollo sostenible, Se definen los programas, proyectos tomando en consideración los recursos institucionales y los de financiamiento, Gestión del Plan: actividad que le corresponde al Alcalde conjuntamente con las organizaciones y las Instituciones encargadas para tal fin. El Estado desarrolla una política social dirigida a lograr la interrelación de las acciones humanas con el espacio físico atendiendo a realidades poblacionales, económicas, sociales, culturales, ecológicas, geográficas y turísticas con la finalidad de satisfacer las necesidades de las comunidades para así mejorar la calidad de vida de la población, lograr el desarrollo económico sustentable. Y para concluir la Ley Orgánica Del Poder Público Municipal es de la competencia del Municipio mantener un equilibrio entre el gobierno local y administración de sus intereses y la gestión de las materias que le asigne la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes nacionales que regulen sobre los Municipios, en lo que se refiere a la vida local, en especial la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la dotación y prestación de los servicios públicos domiciliarios, la aplicación de la política referente a la materia inquilinaria con criterios de equidad, justicia y contenido de interés social, la promoción de la participación, y el mejoramiento, en general, de las condiciones de vida de la comunidad, en las áreas que le competan al bienestar de la comunidad. Algunas de esas áreas son: Ordenación territorial y urbanística, patrimonio histórico, vivienda de interés social, turismo local, parques y jardines, plazas, balnearios y otros sitios de recreación, circulación y ordenación del tránsito de vehículos y personas en las vías municipales, servicios de transporte público urbano de pasajeros, espectáculos públicos y publicidad comercial, en cuanto concierne a los intereses y fines específicos municipales, entre otros.
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