Términos De Comercio Internacional (INCOTERMS)
Enviado por gabriela1992 • 21 de Octubre de 2012 • 1.662 Palabras (7 Páginas) • 575 Visitas
Términos de Comercio Internacional (INCOTERMS)
El término incoterms es un acrónimo del inglés International commercial terms o lo que es igual a términos de comercio internacional y son considerados como un conjunto de normas o reglas internacionales, las cuales desde el año 1936 han sido elaboradas y modificadas (de acuerdo a los cambios que se vayan causando en el comercio internacional) por la Cámara de Comercio Internacional y que por lo tanto son regidas por la misma. En el comercio internacional encontramos que lo constituyen dos partes, las cuales son la parte compradora y la parte vendedora, estas reglas o normas internacionales son de aceptación voluntaria por ambas partes, ya que no representan un esquema jurídico obligatorio y se refieren a las condiciones de entrega de las mercancías o productos. Son muy utilizados para tener una clara definición de los costos generados por las transacciones del comercio internacional y delimitan los compromisos entre el comprador y el vendedor, así como también demuestran cómo se maneja actualmente el transporte internacional de mercancías.
Los incoterms consisten en once (11) denominaciones normalizadas que simplifican en ellas un conjunto de condiciones que las dos partes contratantes (compradora y vendedora) deben cumplir a la hora de efectuar una compraventa internacional. El objetivo principal de los incoterms es instaurar criterios relativos a la distribución de los gastos y la transmisión de los riesgos entre las partes que intervienen en un contrato de compraventa internacional, así como también es propósito de los incoterms proveer los reglamentos internacionales para la interpretación de los términos que más se utilizan en el comercio internacional.
Con referencia al contrato de compraventa, los incoterms regulan principalmente cuatro aspectos del mismo:
La entrega de las mercancías: considerada como la primera de las obligaciones del vendedor. Cuando el incoterm especifique que la mercancía debe ser entregada al comprador, la entrega debe ser directa, y para determinar que la entrega sea directa son utilizados los términos “E” y los términos “D”. Cuando la entrega deba ser a un intermediario del comprador, transportista o un transitario, se considera como una entrega indirecta, y los términos utilizados son los “F” y los términos “C”
Transmisión de riesgos: se refiere a que los riesgos y los gastos se generan en el punto geográfico y en el tiempo o el momento cronológico en el que se define el contrato, es decir, que el riesgo se genera desde la definición del contrato hasta la entrega de la mercancía. El punto geográfico se refiere al sitio o el lugar en dónde se encuentra la mercancía esperando para ser retirada o entregada, este punto puede ser la fábrica, el muelle, etc. El tiempo o momento cronológico se refiere al plazo de entrega de la mercancía.
Distribución de los gastos: generalmente el vendedor debe correr con los gastos que se deben incurrir para poner la mercancía en condiciones de entrega y el comprador usualmente corre con los demás gastos. En los términos “C”, existen cuatro escenarios en los que el vendedor debe cubrir todos los gastos de transporte hasta el punto de llegada.
Tramitación de documentación aduanera: en términos generales la responsabilidad de la exportación recae sobre el vendedor, solamente existe un incoterm sin despacho aduanero de exportación, el cual es el EXW (Ex Works, En fábrica), en el que la responsabilidad de la exportación recae sobre el comprador, el cual suele contratar los servicios de transitario o una agencia aduanera en el país de expedición de la mercancía para que éste gestione la exportación.
En ese sentido de ideas, los aspectos que no regulan los incoterms son:
La legislación aplicable a los puntos no reflejados en los incoterms.
La forma de cancelación de la operación.
CLASIFICACIÓN DE LOS INCOTERMS
Los incoterms se clasifican en dos (2) grupos y poseen trece (13) tipos de contratos compraventa, los cuales se mencionan a continuación:
1. Grupo de Salida:
Grupo E:
- EXW (ex works o en fábrica): el vendedor coloca a disposición del comprador la mercancía en el propio establecimiento del vendedor, por lo tanto queda de parte del comprador tramitar todo lo referente al transporte de la mercancía, esto se considera como una entrega directa a la salida.
Grupo F:
- FCA (free carrier o libre transportista): en este caso el vendedor entrega la mercancía y la despacha para la exportación al transportista nombrado por el comprador en el lugar establecido. El lugar dónde se realiza la entrega determinará las obligaciones de carga y descarga de la mercancía en ese lugar.
- FAS (free alongside ship o libre al costado del buque): se refiere a que la entrega de la mercancía se realiza cuando es colocada por el vendedor al costado del buque en el puerto de embarque convenido. Quedan a responsabilidad del comprador todos los costos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde ese momento. Este incoterm obliga al vendedor a despachar la mercancía en aduana para la exportación.
- FOB (free on board o libre a bordo): la obligación de cargar la mercancía a bordo del buque queda por parte del vendedor, en el puerto de embarque establecido en el contrato. El comprador elige el buque
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