VENTAJAS LEY 23 DEL 12 DICIEMBRE DE 1973
Enviado por mariaegf • 15 de Noviembre de 2013 • Tesis • 389 Palabras (2 Páginas) • 502 Visitas
VENTAJAS LEY 23 DEL 12 DICIEMBRE DE 1973
1. Controla la contaminación del Medio Ambiente.
2. Crea incentivos económicos y estímulos económicos que fomentan iniciativas que buscan la protección del Medio Ambiente.
3. Incluye programas de educación a nivel primario, medio, técnico, universitario sobre conservación y protección del medio ambiente.
4. Que el gobierno podrá crear el Servicio Nacional Ambiental obligatorio para bachilleres normalistas profesionales lo cual crea una política de conciencia hacia la PROTECCION y CONSERVACION del Medio Ambiente.
5. Que cuando técnicamente se establece que no hay ya niveles mínimos de CONTAMINACION el gobierno puede Inspeccionar los PROCESOS INDUSTRIALES.
6. DESVENTAJAS: LAS SANCIONES PARA LAS EMPRESAS O PERSONAS QUE GENERAN CONTAMINACION SON IRRISORIAS.
LEY 99 DE 1993
VENTAJAS
1. La biodiversidad de un país por ser patrimonio nacional y de INTERES DE TODOS debe ser PROTEGIDA PRIORITARIAMENTE Y APROVECHADA.
2. Que las zonas de paramos, nacimientos de agua etc. son OBJETO DE PROTECCION ESPECIAL.
3. El ESTADO incorporara instrumentos económicos para la PREVENCION CORECCION Y RESTAURACION del deterioro ambiental y conservación de RECURSOS NATURALES.
4. La prevención de desastres será de interés colectivo y las medidas tomadas para evitarlos serán de obligatorio cumplimiento.
5. La acción para la protección y recuperación ambientales es una tarea conjunta la cual favorece porque nos incluye a todos y no solo al Estado.
LEY 1558 DE 2012
VENTAJAS:
1. Regula la guianza turística, declara la importancia de la industria turística, tanto así que la considera como una actividad de interés nacional:
2. Regula la industria turística
3. Conserva y protege los recursos atractivos y turísticos
4. Actualiza conceptos y disposiciones para la promoción de la competitividad turística en el país
5. Regula y conserva el ingreso a las áreas protegidas
DESVENTAJAS:
• En el caso de anunciar precios, tanto los prestadores de servicios turísticos como las empresas de transporte, deberán incluir todos los impuestos del país o del exterior, tasa, cargos, sobrecargos o tarifas que afecten el precio final, la moneda de pago de los servicios ofrecidos y el tipo de cambio aplicable si el precio estuviere indicado en moneda diferente al peso colombiano. La infracción a lo dispuesto, se considerará publicidad engañosa.
• Crea obligaciones a cargo de los administradores de propiedad horizontal, quienes deberán reportar los inmuebles que presten servicios de alojamiento sin autorización. En caso de incumplimiento, serán multados con hasta tres salarios mínimos mensuales.
• Si el registro no se actualiza o se omite pagar
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