Victimizacion Infantil
Enviado por citlallimata • 23 de Agosto de 2012 • 1.686 Palabras (7 Páginas) • 685 Visitas
1) Víctimas sin crimen.
Este concepto ha resultado de gran utilidad dentro del campo de estudio de la Victimología, puesto que ha permitido extender el horizonte de esta ciencia a problemas que extrapolan el marco jurídico-penal de la criminalidad (y cuando hablamos de criminalidad, léase cualquier trasgresión legal que implique una heterotutela, en correspondencia con las tendencias modernas de la Criminología, que no sólo se ocupa de los problemas vinculados al fenómeno de la delincuencia propiamente, sino también a cualquier violación del Ordenamiento Jurídico que crea una afectación individual o social del orden interior y supone la intervención del poder de garante que tiene el Estado para su corrección)
Pero es que en esta clasificación también es dable reflexionar acerca de las víctimas resultantes del abuso de poder que se materializa a través de la violencia estructural en general, de la que viene engarzada el hambre, la discriminación por razón de status social, raza, sexo, credo, la insalubridad, el analfabetismo, la drogadicción y todo género de miseria material y humana.
En esta propia violencia estructural se mueve la criminalidad organizada, que por su vinculación con el poder político y económico por lo general escapa al control del sistema legal, dejando un costo social elevado que cobra sus víctimas en los sectores más empobrecidos de la sociedad, de los que a su vez se nutre.
También pudiéramos relacionar en estos casos las víctimas de las conductas que motivan los estados peligrosos, que el Legislador cubano ha tratado de concretar típicamente a partir del cuestionamiento de su institucionalización por parte de la Doctrina contemporánea, cuyas principales víctimas nacen de la familia o de la comunidad.
2) Crimen sin Víctima.
Existen muchas figuras delictivas que no requieren de un daño a otra persona para que se tipifiquen, en tales casos, aunque existen bienes jurídicamente tutelados, no se producen víctimas porque entrañan sólo un peligro potencial, como ejemplo podemos citar los delitos de:
Disparo de arma de fuego, cuya objetividad jurídica es la vida y la integridad corporal.
Portar arma prohibida, que protege el orden público.
3) La Victima difusa.
Una modalidad de crimen sin víctima es la que victimiza personas no identificadas o difusas.
Hay autores que no aceptan la existencia de este tipo de víctimas, señalando que no es posible aceptar que se haya cometido un delito, sin que resulte identificado un sujeto material o abstracto portador del bien lesionado o puesto en peligro y en tal sentido, proponen la destipificación de estas conductas. Al respecto señala Schneider: "Este último concepto es especialmente importante en las víctimas de crimen de cuello blanco porque aunque pierden su identidad, la victima del crimen puede ser una persona, una organización, el orden moral, el sistema legal, que es dañado por un acto criminal. Caracterizar el crimen económico como un crimen sin víctima o como una víctima de identidad elusiva, -y por tanto su destipificación- es poner en duda demasiado fácilmente el peligro y el daño potenciales de la criminalidad económica".
Manzanera de forma atinada, plantea, "efectivamente, el concepto de crimen sin víctima y su consecuencia lógica que es la descriminalización y por lo tanto la no persecución penal, puede traer una segunda intención consistente en liberar de castigo a empresas transnacionales y a otro tipo de delincuentes de gran peligrosidad"..."así, la descriminalización de la pornografía será aplaudida por la gran industria de lo obsceno; la liberación del aborto será impulsada por los mercaderes de la medicina; la permisibilidad de la usura será un clamor entre prestamistas y banqueros sin escrúpulos; los traficantes de armas lucharán por la libre portación de las mismas"...y concluye: "estamos de acuerdo en que los delitos sin víctimas desaparezcan, siempre y cuando no se trate de conductas que realmente atenten contra un bien común.”
4) Auto victimización.
Igualmente, aparecen algunas conductas desviadas como el homosexualismo, la drogadicción y el aborto entre otras, que pudieran ser consideradas como autovictimizantes, puesto que la persona que sufre la afectación es el mismo autor del hecho, en consecuencia, muchos autores plantean lo absurdo de convertir en delitos estas conductas, que no hacen más que inflacionar las estadísticas y aumentar la población penal.
Por otra parte se cuestiona la idoneidad del enfrentamiento político criminal a tales conductas sobre la base de que es la propia ilicitud la que contribuye a su proliferación, en este sentido se proponen medidas alternativas fundamentalmente socio-terapéuticas.
5) Victimización mutua:
Pero a su vez, existen muchos hechos (delictivos o no), en los que es necesario
el concurso de dos partes y ninguna de ellas se siente victimizada, como es el caso por ejemplo de los delitos de cohecho o incesto.
En estas tipicidades generalmente no hay una víctima que denuncie el hecho, son conductas difíciles de controlar porque la contraparte no considera ilegal su comportamiento, ni hace disquisición ética de su actuar.
B) La Victimización..
Es la acción y efecto de victimizar a otros; se hace referencia a una victimización primaria, secundaria o terciaria, pero con diferentes ópticas e interpretaciones del perfil victimal
a) La victimización
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