Violencia En Sis Penal
Enviado por juanjotroncoso • 2 de Noviembre de 2014 • 11.906 Palabras (48 Páginas) • 165 Visitas
“DE LA CRIMINOLOGÍA A LA
SOCIOLOGÍA JURÍDICO-PENAL”
BREVE RECAPITULACION EPISTEMOLÓGICA
EN TORNO A LA ‘CUESTION CRIMINAL’
GABRIEL BOMBINI
Prof. Adjunto de Criminología y Derecho Penal
Facultad de Derecho
Universidad Nacional de Mar del Plata
INDICE
I. Introducción y problemas epistemológicos. II. Orígenes, concepto y
denominación. III. Relaciones con otros saberes adyacentes: la
antropología criminal, la psicología criminal, el derecho penal, la política
criminal, la penología. IV. Objeto, Paradigmas y Corrientes. V.
Criminologías críticas. VI. Sociología del control penal. VII. Sociología
Jurídico-Penal. VIII. Necesidad de la investigación en América Latina: por
un campo de saber crítico, político, pluridisciplinar y empírico.
I. Introducción y problemas epistemológicos.
Como casi ningún otro campo de conocimiento, la Criminología ha
generado un enorme debate epistemológico, dadas las constantes
problematizaciones que han provocado, entre otras cuestiones, la delimitación
precisa de un área de estudio, la definición de su objeto, sus fuentes, las
fronteras con otras disciplinas adyacentes como el derecho penal, la política
criminal, la penología, la psicología criminal, la antropología criminal, etc.;
poniéndose en cuestión hasta inclusive, su propia denominación.
Como advierte Zaffaroni (1993:5) que “…las controversias en el campo
criminológico tienen –y han tenido siempre- tal entidad, que no son pocos los
autores que niegan su existencia como saber autónomo, como ‘ciencia’ y hasta
como orden de conocimientos más o menos válidos…”.
Eventualmente, no obstante para quienes admiten su existencia, la
controversia no cesa, en tanto la posibilidad de afinar unívocamente
definiciones epistemológicas básicas que permitan su perfecta delimitación
como ámbito de saber autónomo, resulta altamente problemático.
En este sentido, con enorme tino, el recordado Enrique Marí (1985) en
una rica contribución vinculada a la obra de Michel Foucault, ya asignó a la
criminología un rótulo gráfico al definirlo como un “espacio polivalente”.
De igual modo, Ceretti (2008:76) indica que el carácter multidimensional
de la criminología “…obliga a hablar de criminologías, más que de una
criminología…”1.
En tanto que Pavarini subraya no sólo este aspecto sino la relevancia
de la búsqueda externa de su objeto: “…bajo el término criminología se pueden
comprender una pluralidad de discursos, una heterogeneidad de objetos y de
métodos no homogeneizables entre sí pero orientados –aún moviéndose desde
puntos de partida muy lejanos- hacia la solución de un problema común: cómo
garantizar el orden social…” (1980:18).-.
Semejante definición, supone la asunción de un campo de saber
políticamente situado, pero limitadamente crítico por cuanto en todo caso,
cualquier postulación se reconduce siempre y en definitiva a la satisfacción de
demandas de orden social (Pavarini, 2006).
A todo evento, tal señalamiento puede funcionar como punto de partida
de un recorrido de los diversos problemas epistemológicos de la “criminología”
en la búsqueda de un campo de saber crítico para el ámbito latinoamericano,
particularmente problemática, en razón de las habituales prácticas punitivas
con alto contenido de violencia que despliegan los sistemas penales de la
región2.
A ello se dedican las siguientes páginas.
1 En igual sentido, Anitua en su óptica de análisis de los discursos sobre la cuestión criminal destaca la
necesidad de la pluralización: “Historias de los pensamientos criminológicos”: 2005.-
2 Es Zaffaroni –por todos- el que se encarga de destacar la necesidad de un saber crítico en torno a los
sistemas penales en latinoamérica: “…todo esto nos demuestra que en nuestro margen es necesario un
saber que nos permita explicar qué son nuestros sistemas penales, cómo operan, qué efectos producen,
por qué y cómo se nos ocultan esos efectos, qué vínculo mantienen con el resto del control social y del
poder, qué alternativas existen a esa realidad y cómo se pueden instrumentar…” (1993: 19).-
II. Orígenes, concepto y denominación.
En la línea de lo expuesto, es dable señalar que ya la definición del
propio origen de la criminología como campo de saber autónomo resulta una
cuestión controversial.
En este aspecto, se afirma que una primer reflexión moderna sobre la
‘cuestión criminal’ se yergue a partir del ideario iluminista (Taylor-Walton-
Young, 1977:1; Bustos Ramírez, 1983:15), plasmado en el pensamiento de
los clásicos del derecho penal, cuya figura sobresaliente resulta la de Cesare
Bonnesana, Marqués de Beccaria, y su famosa obra De los delitos y de las
penas.
No obstante, por otra parte, se sostiene con fundamentos certeros que el
origen de la criminología, se sitúa en el Siglo XIX, con el desarrollo del
denominado positivismo criminológico, identificado primordialmente con sus
afamados cultores italianos, Cesare Lombroso, Enrico Ferri y Raffaelle
Garófalo.
En concreto, la propia expresión “Criminología” reconoce recién sus
orígenes en la obra del antropólogo francés Paul Topinard, quien en el año
1879 utilizaría –por primera vez- dicha denominación (cfr. Bonger, 1916).
Pero, como con acierto destacaba Juan Bustos Ramírez (1983: 16),
esta discusión sobre el punto de partida de la criminología “…no tiene un
carácter meramente historicista, sino que apunta a una controversia más
profunda de carácter epistemológico…”.
Así, añade Bustos que ello resulta de tal modo por cuanto: “…para el
iluminismo el problema social y criminológico son antes que nada una cuestión
política, es decir, ligada a la concepción de Estado que se tenga o al Estado
que exista. Hay, pues, una dependencia respecto de la estructura misma del
Estado –y en especial de su estructura jurídico-político-institucional-, que es
justamente la que origina los problemas sociales y criminológicos…” (17); en
tanto que: “…por el contrario, para el positivismo hay un grupo social y un
Estado a consolidar. Los problemas sociales
...