ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

¿cual Es La Clasificacion De Los Bienes?


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  536 Palabras (3 Páginas)  •  425 Visitas

Página 1 de 3

¿Cuál es la clasificación general de los bienes?

Con fundamento en el Código Civil del Distrito Federal (artículos 747 al 785) del cual pueden clasificarse en:

Con fundamento en el Código Civil del Distrito Federal (artículos 747 al 785) del cual pueden clasificarse en:

Bienes apropiables o comerciales: todos aquellos que estén incluidos en el comercio.

Bienes no apropiables: los que están fuera del comercio o por disposición de ley (sol, aire, mar, propiedad colectiva, todos los que no puedan reducirse a la posesión de un solo particular).

Bienes muebles: los que pueden trasladarse de un lugar a otro (ajuares, utensilios, derechos de autor).

Bienes inmuebles: el suelo y las cosas adheridas a él, árboles, accesorios, estatuas, etc.

Bienes fungibles: son aquellos que pueden sustituirse por otros del mismo tipo.

Bienes no fungibles: obras de arte, muestras paleontológicas, piezas arqueológicas.

Bienes del dominio del poder público: los que pertenecen a la Federación, al Distrito Federal, a los Estados o a los Municipios (bosques, presas, centrales de energía, edificios de sus oficinas).

Bienes particulares: los que pertenecen a ciudadanos privados.

Son bienes mostrencos: los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se desconozca.

Son bienes vacantes: los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido.

Son bienes de dominio del poder público los pertenecientes a la Federación, a los Estados o a los Municipios (artículos 764 a 771 CC DF). Así como con fundamento en el artículo 2º de la Ley General de Bienes Nacionales establece los bienes que son de dominio público y privado de la Federación

Señale cinco aspectos que contenga la ley, para hacer la diferencia entre bienes muebles e inmuebles.

Con fundamento en el Código Civil Federal, encontramos los siguientes aspectos de distinción:

1. En Cuanto a su Traslado; menciona que son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos o por efecto de una fuerza exterior; con lo cual ya se hace una distinción de los dos al señalar que son muebles por naturaleza los que se pueden trasladar. El artículo 753

2. En cuanto a la adhesión. El artículo 750 fracción III menciona que todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de mono que no pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido se considera inmueble; por lo cual ya se hace una referencia específica de que al estar adherido aunque no sea un inmueble, se considera como tal; no obstante el artículo 751 menciona que recobrará su calidad de mueble cuando el dueño lo separe del inmueble.

3. El artículo 759 menciona que en general son bienes muebles, todos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com