Ética y Legislación en la Arquitectura
Enviado por Fran Ruggeri • 13 de Octubre de 2015 • Apuntes • 3.028 Palabras (13 Páginas) • 283 Visitas
ÉTICA
Es la ciencia que estudia el obrar humano.
Existe un orden (leyes) universal y trascendente de aplicación inexorable. Tipos de orden:
- Orden lógico (conceptos de la razón pura)
- Orden físico (leyes de la física; ley de gravedad)
- Orden biológico (alimentación, descanso, etc.)
- Orden técnico
- Orden poético
- Orden estético
- ¿Existe un orden moral? De aplicación propuesta (libertad humana)
Ética: deriva de “ethos” (carácter). Conjunto de sentimientos, ideas, habitos y creencias que distinguen a un hombre.
Moral: deriva de “mores” (costumbre). Conjunto de sentimientos, ideas y creencias de una sociedad que el hombre conoce para obrar sobre el mundo que lo rodea.
La ética se divide en:
- Ética general: fundamento del orden moral que estudia el acto moral, el bien del hombre, la conciencia y los hábitos morales (ya sean virtudes o vicios).
- Ética especial: trata a la moralidad en las diversas direcciones en que se especifica la vida humana, se lo denomina Doctrina de los Deberes.
El hombre razona, conoce la realidad con su inteligencia y tiene libertad.
El hombre tiende a su bien racionalmente.
Actos morales: Pueden ser considerados moralmente como buenos o malos considerando:
- El objeto del acto - El fin - La circunstancia
Hábitos morales: (virtudes o vicios) Son disposiciones operativas de la voluntad.
La virtud es un hábito operativo bueno.
- Virtud según Aristóteles: Término medio entre dos vicios. Ej: La virtud de la fortaleza hace el término medio entre la temeridad y la cobardía.
- Virtud según Platón:
- Prudencia: Virtud que rige la razón y el entendimiento.
- Fortaleza: Es la que gobierna el ánimo, fortalece la voluntad en aquello que es difícil de alcanzar.
- Templanza: La que ordena y sujeta el apetito sensible, ordena, sujeta y modera los actos compulsivos.
- Justicia: La virtud que da a cada uno lo suyo.
Otro carácter de los actos de la voluntad es la libertad. Las formas de libertad son:
- Libertad de actuar (no debo estar obligado por la fuerza para decidir en un acto)
- Libertad de acción (límites que el sujeto debe respetar)
- Libertad física (no estar detenido ni impedido por una fuerza superior, prisión)
- Libertad psicológica (poder expresar el propio pensamiento de acuerdo al bien)
- Libertad civil (poder actuar sin que haya impedimento de las leyes de la ciudad)
- Libertad política (se opone al poder autocrático)
- Libertad moral (actuar sin violar la ley moral, es decir a una obligación)
Concepciones sobre el bien supremo humano:
- Hedonismo: es la teoría moral que constituye al placer.
- Humanitarismo: es la teoría moral que busca el bien de la mayoría de las personas.
- Autonomía moral: es la teoría que coloca al bien supremo en la pura conformidad con un imperativo moral interno.
- Clásica o Eudemonismo religioso: es la teoría que coloca al bien supremo en la felicidad emanada de las potencias humanas orientadas hacia un ser único y superior, Dios.
ÉTICA PROFESIONAL: Estudia los valores de los hombres cuando son profesionales. El arquitecto busca coherencia entre pensar, hacer y obrar; con una actitud solidaria hacia sus próximos y con la sociedad.
Según Charles Jenks, se distinguen dos juicios:
- Juicio intrínseco del objeto: Es valorado por el fin del objetivo de la obra y porque está bien hecha. Es un juicio de arquitectura como disciplina autónoma.
- Juicio extrínseco del observador: Quien por sus creencias, valora un edificio por las ideas y el fin subjetivo de quien obra. Es un juicio de arquitectura como arte social.
Para poder abordar la ética profesional debemos distinguir:
Normas morales: Derivan de la naturaleza del hombre. Su inobservancia implica el remordimiento del individuo. Estas normas morales son:
- Autónomas: deben ser conocidas y aceptadas por el sujeto para su validez “subjetiva”.
- Unilaterales: se refieren a las posibles conductas de un solo sujeto.
- Incoercibles: no se pueden imponer a la fuerza.
Usos sociales: Son convenciones o convencionalismos de un grupo de individuos o de instituciones. Su inobservancia acarrea la pena de la crítica o repudio grupal o institucional. Estos usos sociales son:
- Heterónomos: su validez es independiente de los sujetos.
- Bilaterales: se refiere a las relaciones entre dos o más sujetos.
- Incoercibles: no se pueden imponer a la fuerza.
Normas jurídicas: Son las “reglas técnicas del hacer” y “normas prácticas del obrar” que hayan sido objeto de sanción, para regular el hacer y el obrar de los sujetos. Estas normas jurídicas son:
- Heterónomas: su aplicación es independiente del conocimiento y voluntad de los sujetos.
- Bilaterales: sus relaciones son de por lo menos dos sujetos.
- Coercibles: pueden ser aplicados por la fuerza de la autoridad competente.
Existen otras normas jurídicas que están vinculadas a nuestra profesión:
- Resolución nacional (sobre incumbencias profesionales del título de arquitecto)
- Legislación provincial (sobre el ejercicio profesional)
- Reglamentaciones municipales (sobre zonificación urbana y normas de proyecto)
Según Abelardo Rossi:
MORAL PROFESIONAL
- Conjunto de principios y normas morales.
- Que obligan en conciencia.
- A actuar honestamente en los ámbitos de la profesión.
- Que se dirige al profesional en cuanto es hombre.
- Trata de la moralidad del hombre de profesión.
- Tiene por objetivo un profesional bueno.
- Da normas de moral al profesional a fin de que obre moralmente bien.
- Es un máximum deseable de nivel de conducta del hombre.
- Está asentada en la conciencia individual del hombre-profesional.
ÉTICA PROFESIONAL
- Conjunto de principios y normas jurídicas.
- Que obligan jurídicamente.
- A actuar legalmente en el ejercicio de la profesión.
- Que se dirige al hombre en cuanto es profesional.
- Trata de la legalidad de al actuación profesional.
- Tiene por objetivo un buen profesional.
- Da normas legales al profesional para que obre jurídicamente bien.
- Es un mínimum exigible de nivel de conducta del profesional.
- Está asentada en la competencia del Estado, delegada o no, a un Consejo profesional.
El Código de Ética desarrolla los diversos ámbitos de conducta de los Arquitectos:
- Con la sociedad: Priorizando el bien común
- Con sus clientes: Dando garantía de buena fe e idoneidad
- Con sus colegas: Protegiendo el prestigio de la profesión
- Consigo mismo: Teniendo a la conciencia como propia limitación
DIGNIDAD PROFESIONAL
Deberes de la ética profesional:
- Respetar el Código de Ética Profesional.
- Contribuir, con toda su actuación profesional, a la formación y mantenimiento de un concepto elevado de la profesión del arquitecto.
- Priorizar desde la actividad pública los intereses de orden público por sobre los particulares.
- Afianzar el concepto del honorario respetando adecuadamente el arancel.
Faltas a la ética profesional:
- Faltar a sabiendas a las reglas o normas de ética.
- Materializar una obra que contravenga la normativa legal vigente.
- Certificar o avalar con su firma en documentación profesional que no haya sido realizada o supervisada personalmente.
- Hacer figurar su nombre y título junto al de terceros que indebidamente aparecen como arquitectos sin serlo.
- Hacer uso de propaganda desmedida de forma tal que afecte el decoro y la jerarquía de la profesión.
- Ocupar cargos rentados o gratuitos en instituciones privadas o empresas, simultáneamente con cargos públicos cuya función se halle vinculada con las de aquéllas.
DE LOS DEMÁS PROFESIONALES
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