Рrincipales cambios en la versión de los incoterms 2010
Enviado por paolao • 28 de Mayo de 2012 • Informe • 611 Palabras (3 Páginas) • 621 Visitas
INCOTERM
Se usan para aclarar costes de transacciones comerciales internacionales, en las cuales se delimitan las responsabilidades del vendedor y del comprador en el transporte internacional de mercancías.
Los Incoterms son de aceptación voluntaria, no es un esquema jurídico obligatorio; el tratado jurídico obligatorio para los 71 países que lo han ratificado es el CISG (Convención sobre contratos para la venta internacional de mercancías de las naciones Unidas). Su principal ventaja consiste en haber simplificado mediante 12 denominaciones un cúmulo de condiciones que tienen que cumplir las partes contratantes. Sin contar que un contrato de compraventa internacional de mercancías puede admitir otras condiciones adicionales.
Entrega de mercancía: es la primera obligación del vendedor, la entrega puede ser directa; el incoterm define que la mercancía se entregue al comprador ó indirecta cuando la mercancía se entrega a un intermediario del comprador.
Transmisión de riesgos: se basa en los riesgos y en la mayoría de casos en los gastos y se transmiten en el punto geográfico y en el momento cronológico que se define en el contrato y el incoterm establecido.
Distribución de los gastos: habitualmente el vendedor corre con los gastos precisos para poner la mercancía en condiciones de entrega y que el comprador corra con los demás gastos.
Trámites de documentos aduaneros: la exportación es de responsabilidad del vendedor, existe un incoterm sin despacho aduanero de exportación EXW, donde el comprador es responsable de la exportación, el puede contratar un agente de aduanas en el país de expedición de la mercancía para gestionar la exportación. En los demás inconterm el vendedor debe de encargarse de también de la importación.
PRINCIPALES CAMBIOS EN LA VERSIÓN DE LOS INCOTERMS 2010
Estos cambios se realizaron para adaptarse a los nuevos usos de logística internacional, comunicaciones por vía internet y procedimientos de seguridad que han instaurado las fronteras de los países.
Mercancía en contenedores sólo con Incoterms polivalentes: la mercancía se transporta en contenedor; los Incoterms 2010 establecen que no deben de usarse términos marítimos, aunque esta se realice por un puerto; razón de no usar Incoterms marítimos es que los contenedores se entregan en terminales de puertos y no cargados a bordo del buque. Se deben de utilizar las FAC, CPT y CIP para transporte multimodal.
Transmisión del riesgo “a borde del buque” en los Incoterms FOB, CFR y CIF: en los Incoterms 2010 se utilizan los términos marítimos anteriores porque cuando la transmisión de riesgo se produce cuando se pone la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque; en el incoterm del 2000 se transmitia riesgo cuando la mercancía sobrepasaba la borda del
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