ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Сosas abandonadas, cuando su apoderamiento constituye el delito de robo


Enviado por   •  19 de Junio de 2012  •  Trabajo  •  419 Palabras (2 Páginas)  •  598 Visitas

Página 1 de 2

COSAS ABANDONADAS, CUANDO SU APODERAMIENTO CONSTITUYE EL DELITO DE ROBO.

Para la existencia del delito de abuso de confianza, se requiere, fundamentalmente, que el acusado reciba la tenencia de una cosa, de la cual no se le haya transferido el dominio, suponiendo, siempre, una relación de confianza entre las partes. Ahora bien, no se entiende que hay entrega de una cosa, cuando su propietario no llegó a desposeerse de ella, sino que la tiene bajo su inmediato cuidado; y si se trata de una cosa recibida para su restitución inmediata, no hay abuso de confianza, sino robo, como cuando se dispone de ese objeto que se recibió bajo la condición implícita de una restitución inmediata. En consecuencia, no existe el delito de abuso de confianza, sino el de robo, si el conductor de un vehículo se da cuenta de que los pasajeros dejaron olvidada una cosa en el propio vehículo y en lugar de entregarla a la autoridad municipal del lugar, se adueña de ella. Sobre este punto debe hacerse notar que el artículo 774 del Código Civil, vigente en el Distrito Federal, establece que son bienes mostrencos los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore, y que el artículo siguiente dispone que el que se hallare una cosa perdida o abandonada, deberá entregarla dentro de tres días, a la autoridad municipal del lugar, o a la más cercana, si el hallazgo se verificó en despoblado; y si bien es cierto que los códigos 1871 y de 1929 contenían disposiciones expresas, catalogando casos, como el citado, en la categoría del robo, de allí no se deduce necesariamente el deseo de los autores del Código Penal vigente, de suprimir el carácter delictuoso de ese hecho, sino el casuismo, ya que era innecesaria una disposición específica que ya quedaba comprendida en la regla general, contenida en otra, como la definición legal del robo. En cuanto al elemento apoderamiento, existe sólo cuando haya transcurrido el término que establece el Código Civil para entregar el objeto abandonado, ya que la ley penal puede presumir que existe la intención de apoderarse de un bien ajeno, sin derecho y sin consentimiento de la persona que puede disponer de él con arreglo a la ley. Para que exista el delito dentro del plazo en cuestión, se requiere que el inculpado se niegue a devolver el objeto cuando fuere requerido para ello, por quien tenga derecho a la cosa, pues en esas circunstancias, el plazo fijado por el Código Civil se da por vencido.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com