DELITO DE ROBO
Enviado por Nitotorres • 5 de Diciembre de 2013 • Tesis • 5.640 Palabras (23 Páginas) • 928 Visitas
DELITO DE ROBO
Artículo 373.- Comete el delito de robo,
el que se apodera de un bien ajeno
mueble, sin derecho y sin
consentimiento de la persona que pueda
Disponer de él, conforme a la Ley.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE ROBO CONFORME A SU DEFINICIÓN LEGAL SON:
) APODERAMIENTO DE UN BIEN
) QUE EL BIEN SEA MUEBLE
) QUE EL APODERAMIENTO SE LLEVE ACABO SIN DERECHO
) QUE SE REACLICE SIN CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA QUE PUEDE DISPONER DEL BIEN CONFORME A LA LEY.
DOCTRINA
Reconoce como elemento primordial la acción de apoderamiento.
ANTONIO DE P. MORENO
Indica apoderarse es hacerse uno dueño de alguna cosa, ocuparla bajo su poder.
FRANCISCO GONZÁLEZ DE LA VEGA
Apoderarse de la cosa significa que el agente tome posesión material de la misma, la ponga bajo su control.
PAVÓN VASCONCELOS
Apoderamiento acción del sujeto es decir el movimiento corporal voluntario de aprehender y sustraer la cosa potestad dominical de su titular concluyendo que existe apoderamiento cuando la cosa sale de la esfera de poder del dueño o del poseedor para entrar en la esfera de acción del ladrón.
S.C.J.N
APODERAMIENTO ES EL ACTO POR EL CUAL LA COSA AJENA PASA A PODER DEL LADRÓN.
RELACIÓN A LA CONSUMACIÓN DEL ROBO EL DELITO EXISTE EN EL MOMENTO… QUE SE APODERE Y EN ESTE ARTICULO PRECISA QUE…
Artículo 377°.- Para la aplicación de la
sanción, se dará por consumado el robo
desde el momento en que el ladrón tenga en su poder la cosa robada, aun cuando
la abandone o lo desapoderen de ella.
RESPECTO AL MOMENTO CONSUMATIVO DE ROBO HAY DISTINTAS TEORIAS:
) Contrectatio basada en el Derecho Romano el robo se perfecciona por el hecho de tocar el sujeto activo la cosa con la mano.
) Amotio en la que se sostiene que el robo se consuma cuando la cosa ajena ha sido desplazada del sitio en que se hallaba y la otra teoría denominaba la de ABLATIO considera que existe consumación del delito en estudio cuando el bien es transportado por el ladrón a otro lugar fuera en que estaba y colocada en la propia esfera de la acción del culpable.
) Illazone que considera perfeccionado el delito cuando la cosa ha sido transportada por el ladrón al lugar seguro donde se propuso antes del robo, ocultarla.
PORTE PETIT
Especifica que el concepto de robo abarca tres hipótesis:
1.- cuando el sujeto va hacia la cosa, apoderándose de la misma
2.- cuando teniendo sobre la misma una detención subordinada y no una posesión derivada, se apropia de ella;
3.- cuando obtiene del sujeto pasivo la cosa, a base de la VIS MORAL
¿EXISTE CONFUSIÓN?
EN CUANTO A QUE SI EL ROBO SE CONSUMA DESDE EL MOMENTO EN QUE EL LADRÓN TIENE EN SU PODER LA COSA ROBADA COMO LO DEFINE EL ART 377° DEL C.P.E.P O BIEN DE ACUERDO A LA DEFINICIÓN DEL ROBO EXISTE EN EL MOMENTO DE APODERARSE DE UNA COSA.
En cuanto a los criterios en este sentido y el anterior y negando que no siempre el ladrón va hacia la cosa sino que el sujeto pudo tener en su poder la cosa pero existe esfera de custodia o de mera actividad de parte de la persona que puede disponer de ella con arreglo a la ley, el delito que se comete si se llega a disponer de la cosa no será el de abuso de confianza sino el de robo.
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE ROBO
A diferencia del C.P.D.F que en la definición de robo utiliza el término cosa nuestra ley penal recurre al término de bien y tomando una consideración que la S.C.J.N ha determinado que cosa en nuestras leyes es considerada como sinónimo de bienes.
MANZINI
Define a la cosa como toda entidad material individualizada y susceptible de detentación, teniendo cualquier calor que la caracteriza como un bien patrimonial.
CUELLO CALÓN
Dice que cosa, jurídicamente es toda substancia corporal material, susceptible de ser aprehendida que tenga un valor cualquiera.
PORTE PETIT
Manifiesta que debe estimarse como cosa a cualquier objeto material susceptible de apropiación y con un valor económico o afectivo, señalando tres atributos de la cosa de acuerdo a su propia definición:
a) Corporeidad (CUANDO POSEE EXTENSIÓN Y POR ELLO OCUPA UN LUGAR EN EL ESPACIO; EL OBJETO CORPORAL PUEDE SER SÓLIDO, LIQUIDO O GASEOSO).
b) Valor económico o afectivo (OBJETO MATERIAL)
c) Susceptible de apropiación.
ESTIMAR LA CUANTIA DEL ROBO
VALOR INTRÍNSECO:
La importancia del valor intrínseco de la cosa robada es fundamental para graduar la penalidad del robo, esto es , el valor real de la cosa; ahora bien nuestra ley pretende sancionar aquellos robos en que los objetos no pueden cuantificarse o estimarse en dinero en razón de su propia naturaleza:
Recuerdos familiares
Cartas
Retratos
Manuscritos
VALOR ES ESTIMATIVO AFECTIVO
LA PENA ES ESPECIAL
Artículo 378.- Para estimar la cuantía del robo, se atenderá únicamente al valor comercial del objeto de apoderamiento.
Si por alguna circunstancia la cuantía del robo no fuere estimable en dinero o si por su naturaleza no se hubiere fijado su valor, se impondrán de uno a cinco años de prisión y de cincuenta a ciento veinticinco días salario mínimo.
Para efectos de este capítulo, se
entiende, por salario mínimo diario, el que se encuentre vigente en la zona económica, al momento de cometerse el delito.
Según nuestro código civil pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio, las que no pueden ser poseídas por algún individuo exclusivamente y por disposición de la ley, las que ella declara irreductibles a propiedad particular.
Los bienes INMATERIALES como lo son las ideas y los derechos no pueden ser objeto del delito de robo, pues como no son susceptibles de percepción sensorial no pueden ser objeto de apropiación.
MUEBLE:
PORTE PETIT
Considera que el concepto mueble que emplea la ley tiene su base en la movilidad, transportabilidad de la cosa.
Es por tanto para el derecho penal cosa mueble, aquella que puede ser transportada de un lugar a otro.
AJENEIDAD:
JIMENEZ HUERTA
Explica que la expresión ajena denota que ha de pertenecer a un patrimonio del que es titular una persona extraña al sujeto activo del delito.
El concepto de ajeneidad plantea interesantes hipótesis en cuanto a los objetos perdidos olvidados abandonados.
En cuanto a los bienes muebles perdidos cuyo dueño se ignore se plantea
...