ARRENDAMIENTO PURO VS ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Enviado por albertoobrien • 4 de Diciembre de 2015 • Trabajo • 1.099 Palabras (5 Páginas) • 229 Visitas
ARRENDAMIENTO PURO VS ARRENDAMIENTO FINANCIERO
En muchas ocasiones nos encontramos ante la disyuntiva respecto del mejor esquema para adquirir automóviles que requiere para el desarrollo de sus actividades. Actualmente, entre los diversos medios de adquisición que ofrece el mercado, tenemos las figuras de arrendamiento financiero y la de arrendamiento puro. Por lo general la primera opción es la elegida por el contribuyente, deduciendo su inversión para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) a razón de un 25% anual y en función a los meses de uso del bien, de conformidad a lo establecido por el capítulo de las inversiones.
Sin embargo, en esta opción cada automóvil tendrá un monto límite de $ 130,000.00 para efectos de su deducción como inversión, situación que no se presentaría si el contribuyente hubiera optado por el arrendamiento puro.
El artículo 2398 del Código Civil señala que arrendamiento es el contrato por el cual el arrendador se obliga a conceder el uso o goce temporal de una cosa al arrendatario, a cambio de un precio cierto. Es un contrato consensual, aunque formal cuando se refiere a inmuebles y que genera obligaciones de crédito que no dan origen a un derecho real, ya que el derecho del arrendatario es un derecho personal.
En el arrendamiento puro, el contribuyente no adquiere el automóvil, por lo tanto no lo considera como inversión y no lo deduce conforme al capítulo de inversiones, sino que durante el periodo que dure el contrato, paga una cantidad por concepto de arrendamiento, misma que se registra y afecta directamente al resultado del ejercicio.
Está por demás mencionar, que el gasto debe ser estrictamente indispensable para los fines de la actividad del contribuyente, así como esta amparado con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales.
En la opción de arrendamiento puro, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 fracción XIII tercer párrafo de la LISR, solo son deducibles los pagos efectuados por arrendamiento de automóviles hasta por un monto que no exceda de $200.00 diarios por automóvil, siempre que además se cumpla con los requisitos que para la deducción de automóviles establece al fracción II del artículo 36 de la LISR.
Con esta consideración el siguiente es un cuadro comparativo entre las dos opciones:
|
|
Arrendamiento Financiero | Arrendamiento Puro |
|
|
|
|
Se adquiere una inversión. | No hay adquisición, pero si un gasto. |
|
|
Se deduce conforme al capitulo de inversiones a una tasa máxima del 25% anual. | Se deduce como gasto con un tope de $ 200.00 diarios por concepto de arrendamiento. |
|
|
Tope de la inversión hasta $130,000.00 | Tope del arrendamiento hasta $292,000.00 |
| ($200.00 x 365 días x 4años)
|
IVA Acreditable en proporción a los $130,000.00 | IVA Acreditable en proporción a los $292,000.00 |
Un efecto importante a considerar es el relativo al Impuesto al Valor Agregado, el cual solo será acreditable en la proporción en que la erogación sea deducible para efectos de la LISR.
EJEMPLO PRACTICO ENTRE ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y ARRENDAMIENTO PURO |
PRIMER SUPUESTO: Arrendamiento de auto con valor en factura de $ 130,000.00, por tres años, pagando mensualmente el importe de $ 5,500.00:
Arrendamiento financiero | Arrendamiento Puro |
Deduccion anual de ISR por $ 32,500.00 | Deduccion anual de ISR por $66,000.00 |
Deduccion por tres años: $97,500.00 | Deduccion por tres años: $198,000.00 |
Se acredita el IVA total pagado | Se acredita el IVA total pagado |
Al final del periodo se opta por adquirir el bien (en cuyo caso se continua deduciendo al 25% anual hasta agotar el monto original de la inversion [MOI]),extender el plazo o participar del precio en la enajenacion a un tercero | Se devuelve el bien al termino del contrato |
...