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ATENCION SOCIAL DE LAS PCD


Enviado por   •  7 de Agosto de 2021  •  Apuntes  •  4.206 Palabras (17 Páginas)  •  334 Visitas

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Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular Para la Educación

Universidad de la ciencia de la salud HUGO CHAVES FRIA

PNF: FISIOTERAPIA

Maturín _ Estado _Monagas

                              ATENCION SOCIAL DE LAS PCD2

Profesora: Roraima Castellin                                           Bachiller: Ismarys Belisario C.I: 30037920                                  

Los derechos humanos de la población con discapacidad, en la moderna concepción, deben estar dirigidos a equilibrar el acceso al ejercicio pleno de sus derechos y oportunidades en una sociedad dentro de la cual puedan desarrollar libremente y con dignidad sus propios planes y proyectos de vida. La sociedad mexicana ha estado viviendo graves conflictos que influyen negativamente en las personas con discapacidad, pensemos en la inseguridad, la falta de empleo, etcétera. De tal forma que la posibilidad de ubicar a estos grupos bajo la visión de los derechos humanos, consiste e implica controlar las trasgresiones por parte de las instituciones públicas, así como actos de particulares y de algunos grupos privados que igualmente los agreden. El principio de universalidad de los derechos humanos no encaja de manera uniforme en el contexto actual en el que se desarrolla, experimenta y vive este grupo en situación de vulnerabilidad. La aplicación de las concepciones de los derechos humanos que no consideren la especificidad y la realidad social de esta población contradice el principio constitucional que garantiza la igualdad real y el trato preferente para las personas con discapacidad.

En efecto, las personas con discapacidad se presentan actualmente ya en el ámbito de los derechos humanos, como titulares plenos de derechos. Por ello, hay que redefinir los derechos, dotarlos de contenido material, hacerlos vinculantes, visibles y exigibles y regular mecanismos sencillos y expeditos de protección de tutela que garanticen su efectividad. Es decir, debe producirse el tránsito de ciudadanos invisibles, debido a las enormes barreras a las que se enfrentan continuamente, a ciudadanos iguales y participativos, por su integración en la vida de la comunidad.

En las últimas décadas estamos viendo un desarrollo importante, que va en ascenso, en los cambios que se están produciendo en nuestras sociedades occidentales respecto a las personas con discapacidad. Estos cambios, que se notan en todos los ámbitos, han supuesto una transformación en el propio modelo en que se estructura la forma de percibir y tratar a las personas con discapacidad en nuestras sociedades, pasándose de lo que se conoce como modelo rehabilitador al actual modelo social, que significa entender la cuestión de la discapacidad como una cuestión de derechos humanos, señalando cómo este modelo supone un progreso frente a los modelos anteriores: el de prescindencia, el de marginación y el rehabilitador.

Asimismo, la discapacidad en dicho periodo ha sido considerada una construcción sociocultural dentro de un discurso basado en derechos, inspirada por los movimientos sociales de la década de los setenta. Los activistas de la discapacidad enfrentan la tarea de recrear la cultura de la diferencia, celebrando la diferencia. Se plantean debates muy intensos sobre la relación entre conceptos de equidad, igualdad, diferencia, similitud y su relación con los debates de la discapacidad.

En efecto, hemos de comprender que en la actualidad se está pasando de la percepción de las personas con discapacidad, como personas enfermas, que debían de superar carencias y deficiencias a fin de adaptarse lo mejor posible a la sociedad existente, para lo que se les ofrecía el adecuado tratamiento médico, o en su caso, prestaciones económicas o sociales, que eran entendidas casi como beneficencia; a la percepción de las personas con discapacidad como un colectivo que se encuentra en una especial situación de desventaja social debido a que la sociedad ha construido un entorno preparado sólo para un determinado estándar de personas, con determinadas características, y para solucionar ese estado de cosas lo que se ha de reconocer son los derechos de igualdad y no discriminación también de las personas con discapacidad; se trata de lograr, por consiguiente, que sea la sociedad la que se adapte para dar espacios a toda clase de persona.

Es necesario, entonces, como parte de una sociedad que empieza a reconocerse en cuanto unidad en la diferencia, de manera especial y en el marco del enfoque de los derechos humanos; efectuar un estudio detallado que amplíe los horizontes de la dignidad humana y propicie que la calidad de vida se equilibre en beneficio de las personas con discapacidad. Estamos convencidos que los derechos humanos, además de ser pensados de manera que respondan a la diversidad cultural y la diferencia, deben pensarse también de distinta manera. Para caracterizar esta distinta forma de ejecutar los derechos humanos, sugerimos tres líneas de reflexión que se interrelacionan de diferente forma: la primera, se relaciona con la capacidad que tiene un grupo de conocerse a sí mismo sobre la base de elementos fundados en el desarrollo de su propia realidad. En esta línea de análisis se resuelven los cuestionamientos ¿quiénes somos? ¿Cómo pensamos? La segunda línea se enmarca en una identificación social, según la cual nos reconocemos como miembros, pero también reconocemos al otro, es decir, como sociedad definimos y luchamos por espacios en donde podamos participar y ser tenidos en cuenta. Esta línea resuelve el interrogante; como grupo diferenciado por discapacidad ¿cómo podemos ser tenidos en cuenta dentro de la mayoría?

Finalmente, la tercera línea de reflexión se refiere a la política pública que articula el conocimiento con la sociedad, en la medida en que el conocernos como sociedad o conocer otras sociedades implica poder exigir derechos y obtenerlos conlleva igualmente a que éstos sean reconocidos. Tal reconocimiento involucra la participación en todos los ámbitos de la sociedad. Esta tercera línea determina concepciones básicas relativas al disfrute de los derechos; preguntas como ¿qué derechos tienen las personas con discapacidad como minoría o grupo vulnerable? En este sentido, nos proponemos insistir en la importancia de valorar la eficacia de los mecanismos jurídicos que garantizan los derechos de las personas con discapacidad en el Estado mexicano. Así como la eficacia de las instituciones de orden nacional y estatal que propenden por el bienestar de este grupo vulnerable. Un análisis profundo de la realidad de la discapacidad en nuestro país debe incluir temas como determinar la situación actual de la población con discapacidad en México, analizando aspectos sociales, económicos y culturales; establecer el marco normativo vigente nacional y estatal para determinar cuáles aspectos pueden mejorar, buscando una regulación reflejo de la realidad mexicana; establecer cuáles son los derechos que más se garantizan o se vulneran a las personas con discapacidad y analizar cuál es la legislación vigente en el derecho internacional que protege y garantiza los derechos de las personas con discapacidad, determinando su incorporación a la normativa interna.

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