Abandono De Familiares
Enviado por laptop4556 • 4 de Febrero de 2015 • 885 Palabras (4 Páginas) • 487 Visitas
Concepto de abandono de personas: El abandono de personas es un delito de omisión que consiste en poner en peligro la vida o la salud de una persona incapaz de valerse, derivada de la colocación en situación de desamparo o del abandono por parte de quien tiene la obligación de mantenerla o cuidarla y la posibilidad objetiva de evitar el riesgo por medio de la conducta debida, y desde lo subjetivo, el conocimiento de aquellos extremos, especialmente, de la situación objetiva de peligro concreto para la vida o la salud.
Fundamento legal.- CAPÍTULO IX, Artículo 230.
Sujeto Activo.- Es la persona individual que realiza la conducta típica, es una persona física y solo física.
Sujeto pasivo.- Una persona física y moral.
Bien Jurídico tutelado.- El bien jurídico tutelado es la vida.
Elementos formales.-
Positivos
Conducta: Que una persona abandone a otra cuando esta persona fuera incapaz de valerse por sí misma, poniendo en riesgo su vida.
Tipicidad: Este delito esta tipificado o establecido en el Código Penal de Jalisco en el artículo 230, hay la ley establece este delito.
Antijuricidad: Cuando se viola una ley, que se falte a lo que marca la ley, lo contrario al derecho, que se cometiera este delito aun cuando la ley lo marca como delito.
Imputabilidad: En cualquier delito se necesita que la persona tenga dos capacidades, la de querer y entender, que el sujeto activo entienda lo que esta haciendo y que quiera hacerlo. Que la persona abonando a otra entendiendo que la abandonara y que quiere hacerlo.
Culpabilidad: Se pudiera dar con dolo, que la persona quiera abandonar a esa persona, y también con pretencionalidad, que el daño que se hizo sobre pase a lo que se quería hacer.
Condicionalidad objetiva: Estas son circunstancias que sin que tengan que ver con el sujeto activo o a la culpa que este tenga condicionan al delito la imposición de una pena que en este delito no creo que las haiga.
Punibilidad: Estas son las penas que se establecen para castigar este delito. Las penas van desde un mes hasta cuatro años dependiendo de las circunstancias, como las que marca el artículo 230 del CPJ.
Negativos
Ausencia de conducta: Se podría dar por el hipnotismo, que se abandoné a la persona en estado hipnótico o bajo el sonambulismo.
Ausencia de tipo: Esta se da cuando falta alguno de los elementos, que falte sujetos en el delito o que falte el bien jurídico tutelado o bien que falte la manifestación de la voluntad, que falte la conducta.
Causas de Justificación: Pues podría ser que la persona abandone a un enfermo que no pueda valerse por sí mismo por no tener dinero para mantenerlo y sacarlo adelante, tal vez acomode en la de estado de necesidad.
Causas de imputabilidad: El sujeto es imputable cuando tiene un trastorno mental o un desarrollo
...