Analisis Articulo 16
Enviado por • 30 de Agosto de 2014 • 661 Palabras (3 Páginas) • 409 Visitas
GARANTIAS CONSTITUCIONALES
TEMA IV
ARTICULO 16.
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
no podra librarse orden de aprehension sino por la autoridad judicial y sin que preceda denuncia, acusacion o querella de un hecho determinado que la ley señale como delito, sancionado cuando menos con pena privativa de libertad y existan datos que acrediten los elementos que integran el tipo penal y la probable responsabilidad del indiciado.
la autoridad que ejecute una orden judicial de aprehension, debera poner al inculpado a disposicion del juez, sin dilacion alguna y bajo su mas estricta responsabilidad. la contravencion a lo anterior sera sancionada por la ley penal.
en los casos de delito flagrante, cualquier persona puede detener al indiciado poniendolo sin demora a disposicion de la autoridad inmediata y esta, con la misma prontitud, a la del ministerio público.
solo en casos urgentes, cuando se trate de delito grave asi calificado por la ley y ante el riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la accion de la justicia, siempre y cuando no se pueda ocurrir ante la autoridadjudicial por razon de la hora, lugar o circunstancia, el ministerio publico podra, bajo su responsabilidad, ordenar su detencion, fundando y expresando los indicios que motiven su proceder.
en casos de urgencia o flagrancia, el juez que reciba la consignacion del detenido debera inmediatamente ratificar la detencion o decretar la libertad con las reservas de ley.
ningun indiciado podra ser retenido por el ministerio publico por mas de cuarenta y ocho horas, plazo en que debera ordenarse su libertad o ponersele a disposicion de la autoridad judicial; este plazo podra duplicarse en aquellos casos que la ley prevea como delincuencia organizada. todo abuso a lo anteriormente dispuesto sera sancionado por la ley penal.
en toda orden de cateo, que solo la autoridad judicial podra expedir y que sera escrita, se expresara el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan, a lo que unicamente debe limitarse la diligencia, levantandose al concluirla una acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por la autoridad que practique la diligencia.
las comunicaciones privadas soninviolables: la ley sancionara penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacia de las mismas. exclusivamente la autoridad judicial federal, a peticion de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del ministerio publico de la entidad federativa correspondiente, podra autorizar la intervencion de cualquier comunicacion privada. para ello, la autoridad competente, por escrito,
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