Arbitraje Internacional En Colombia
Enviado por hiecher • 7 de Octubre de 2013 • 1.363 Palabras (6 Páginas) • 576 Visitas
ARBITRAJE INTERNACIONAL EN COLOMBIA
La trascendencia del arbitraje comercial internacional en la solución de
conflictos del mundo moderno tiene un reflejo singular en América Latina, toda
vez que su implantación, aplicación y reconocimiento han sido materias objeto
de regulación desde mucho antes de que esfuerzos similares se emprendieran en
Europa o en los Estados Unidos. Esto amerita, por lo tanto, desde la óptica del
derecho comparado, que se efectúe una revisión ordenada y sistemática de su
complexión regulatoria, como un punto de partida de estudios ulteriores que se
llegaren a producir acerca de su eficacia respecto de los negocios internacionales que se llevan a cabo en el hemisferio, así como de la conveniencia de seguir
resguardando la reglamentación con un criterio eminentemente regional. En tal
virtud, este ensayo tiene como propósito central realizar un relato del recorrido
histórico del arbitraje comercial internacional en el contexto latinoamericano, particularmente a través de la reseña pormenorizada de las convenciones
internacionales que lo han tratado y regulado. El objetivo es que el lector que
se aproxime a su contenido encuentre en él una fuente de información clara,
basada en una configuración definida, que le sirva de estructura funcional para
acometer ejercicios analíticos sobre aspectos puntuales de la temática arbitral
internacional. Para lograr el objetivo propuesto, he procedido a seleccionar y
revisar no sólo los instrumentos internacionales celebrados a lo largo de más
de un siglo en el entorno latinoamericano en materia de arbitraje comercial 186
internacional, sino también la bibliografía que sobre el pa articular es posible
encontrar en diversas bibliotecas universitarias de Colombia, lo mismo que
la consulta a las inconmensurables bases de datos y la necesaria búsqueda en
diferentes páginas de la internet, ese increíble sistema de acopio de información
cada vez más amplio, generoso, abundante y diverso.
Ahora bien, todo ese repertorio normativo, elaborado durante décadas por
juristas latinoamericanos de distintas generaciones, plantea en los tiempos
actuales un dilema cuya solución deberá ser producto tanto de las necesarí-
simas discusiones académicas que deben fomentarse, como de las decisiones
políticas que deben comenzar a ambientarse, en el sentido de definir cuáles
de ellas tienen vigencia y cuáles no, así como confrontarlas con esquemas
normativos de similar estirpe, pero de mayor influjo, lo cual supone realizar
escrutinios comparativos en el núcleo mismo del concepto de unificación del
derecho internacional privado.
Esbozada así tal disyuntiva, y mientras no se concrete una estrategia encaminada
a dilucidar el problema en un ámbito más universal, acorde con los
retos de la globalización jurídica, cabe anticipar que, para efectos de dotar de
certidumbre a los operadores jurídicos, debe ser la Organización de Estados
Americanos el foro privativo que determine acerca de la validez material de
algunos de los tratados que se examinarán a continuación, pudiendo expedir,
tal vez, un texto refundido que ordene los contenidos y concentre la aplicación
eficaz de la normatividad en tratándose del arbitraje comercial internacional
o, como mínimo, que expida una declaración que indique, sin lugar a dudas,
que son las convenciones de Panamá (1975) y Montevideo (1979) el conjunto
normativo que con mayor idoneidad regula la temática del arbitraje comercial
internacional.
La nueva regulación del arbitraje internacional sitúa a nuestro país entre los que se consideran desarrollados en esta materia.
El 12 de octubre del presente año empezará a regir la Ley 1563, que regula el Arbitraje Nacional e Internacional y será aplicable exclusivamente a los procesos que se inicien a partir de entonces.
La nueva regulación del arbitraje internacional, sin duda, sitúa a nuestro país entre los que se consideran desarrollados en esta materia, pues siguió de cerca la Ley Modelo de Uncitral, lo cual se considera deseable en este ámbito, y acogió disposiciones que provienen de otras legislaciones consideradas ‘de avanzada’, como la peruana y la suiza, o que se derivan de experiencias favorables en la práctica arbitral.
Entre las normas contenidas en el nuevo estatuto, que se consideran benéficas por su claridad y amplitud, se encuentra aquella que define cuándo una
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