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Enviado por yuyayuyitatchu • 7 de Abril de 2014 • 698 Palabras (3 Páginas) • 182 Visitas
ARTÍCULO 49.- Suspensión condicional de la pena de prisión. Se podrá de oficio suspender condicionalmente la ejecución de la pena de prisión que no exceda de dos años en beneficio del sentenciado, si se cubren los siguientes requisitos:
I. Que sea la primera vez que delinque el responsable del hecho y ha observado buena conducta, en general; IV. Que haya pagado totalmente la reparación de daños y perjuicios, en su caso; y
V. Que no haya necesidad de sustituir la pena de prisión, en función del fin para el que fue impuesta.
ARTÍCULO 50.- Garantías para otorgarla suspensión condicional. Para gozar del beneficio de la suspensión condicional, el sentenciado deberá:
I. Garantizar su comparecencia ante el Juez de Ejecución, cada vez que sea requerido y no causar daños o molestias a la víctima u ofendidos del hecho;
II. Obligarse a residir en determinado lugar e informar cualquier cambio de residencia al Juez de Ejecución;
III. Comprobar que desarrollará una ocupación lícita; y
IV. Abstenerse del abuso de bebidas embriagantes y del empleo de narcóticos u otras substancias que produzcan efectos similares, salvo que sea por prescripción médica.
ARTÍCULO 51.- Efectos de la suspensión condicional. La suspensión condicional de la pena de prisión comprenderá la multa que haya sido impuesta conjuntamente con aquélla. En cuanto a las demás penas impuestas, el juzgador resolverá discrecionalmente sobre las mismas, al igual que sobre las medidas de seguridad.
ARTÍCULO 52.- Duración y revocación de la suspensión condicional. La suspensión condicional tendrá la duración de la pena de prisión suspendida. Transcurrido el término, se considerará extinguida la pena de prisión impuesta, siempre que el sentenciado no diere motivo para un nuevo procedimiento penal que concluya con sentencia condenatoria. Si esto sucediere, se ejecutarán en forma sucesiva ambas sentencias.
Si el beneficiado no cumpliere con las obligaciones contraídas, se podrá hacer efectiva la pena de prisión aplicada en su totalidad. En este caso, el Juez de Ejecución, con audiencia del interesado, procederá a decidir sobre la revocación.
ARTÍCULO 53.- Solicitud de la suspensión condicional. El sentenciado que considere que al dictarse su sentencia reunía las condiciones para el disfrute de la sustitución de la pena de prisión o de la suspensión condicional, y por inadvertencia de su parte o del Juez no se le hubieren otorgado, podrá promover su concesión mediante el trámite de un incidente ante el Juez de Ejecución conforme a lo dispuesto en la Ley de Ejecución de Sanciones Penales del Estado de Aguascalientes. Toda resolución relativa a sustitución de prisión u otorgamiento de suspensión condicional de pena de prisión, será notificada inmediatamente a la entidad dependiente del Poder Ejecutivo encargada de la ejecución
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