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Enviado por Bettoo18 • 14 de Septiembre de 2014 • 602 Palabras (3 Páginas) • 162 Visitas
ARTÍCULO 130
Ha lugar a pedir la rectificación del acta del estado civil directamente ante la Dirección General del
Registro Civil, cuando existan errores mecanográficos y ortográficos u omisiones que se desprendan
del contenido del acta, que no afecten la identidad de la persona, ni la sustancia del acto, ni lesione
derecho de tercero o de orden público, en su caso, la autoridad competente deberá resolver en un
término de diez días hábiles.
DIRECCION DE PROCESO LEGISLATIVO
Cuando se traten de rectificaciones que soliciten variar algún nombre, apellido u otra circunstancia
que sea esencial y documentalmente se compruebe el hecho motivo de la rectificación, el interesado
entablará procedimiento por la vía administrativa ante la Dirección General del Registro Civil.
En los demás casos deberá demandarse la rectificación o modificación del acta del estado civil por la vía judicial.
ARTÍCULO 131
Pueden pedir la rectificación de un acta del estado civil:
I. Las personas de cuyo estado se trata;
II. Las que se mencionan en el acta como relacionadas con el estado civil de alguno;
III. Los herederos de las personas comprendidas en las dos fracciones anteriores;
IV. Los que según los artículos 343, 344 y 345 pueden continuar o intentar la acción de que en ellos
se trata.
ARTÍCULO 132
El interesado en la rectificación o modificación por vía judicial, tendrá que seguir el juicio
correspondiente en la forma establecida en el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Durango.
El interesado en la rectificación de un acta del estado civil, por la vía administrativa, en el supuesto
previsto en el párrafo segundo del artículo 130 de este Código, deberá presentar ante el Oficial del
Registro Civil o ante la Dirección General del Registro Civil una solicitud por escrito que deberá
contener:
I. Nombre, domicilio y generales del interesado;
II. Los datos del acta de cuya rectificación se trate; y
III. El señalamiento de los motivos de la rectificación del acta.
A la solicitud deberá acompañarse:
a) Copia de la solicitud;
b) Copia certificada del acta de que se trate, expedida por el Oficial del Registro Civil o por el
Archivo Central de la Dirección General de Registro Civil.
DIRECCION DE PROCESO LEGISLATIVO
c) Copia certificada de las actas relacionadas con aquella cuya rectificación se solicite y de los
documentos justificativos de la rectificación.
Así mismo se podrán presentar y en su caso, deberán ser valoradas por la autoridad
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