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Baja En Insituto Mexicano Del Seguro Social


Enviado por   •  15 de Octubre de 2014  •  375 Palabras (2 Páginas)  •  268 Visitas

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• Descripción

Es la solicitud que presentas cuando decides cancelar tu Registro Patronal Único y por lo tanto disociar los registros patronales anteriormente asociados.

Podrás solicitar la cancelación del Registro Patronal Único en cualquier momento, con 90 días naturales de anticipación a la fecha en la que quieras que surta efecto, manifestando las causas y hechos que den origen a la cancelación.

La cancelación del Registro Patronal Único se tramita por internet.

• Lo puedes realizar si eres...

Patrón o sujeto obligado, con Registro Patronal Único.

• Los documentos que necesitas son:

• Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y Certificado Digital vigente

• Registro Patronal Único a cancelar

• Ten presente estos puntos:

Y toma en cuenta…

• El Instituto determinará y te comunicará el día del bimestre natural en que operará con los registros patronales que tenías antes de la asignación del Registro Patronal Único

• El Instituto podrá dejar sin efecto el Registro Patronal Único en caso de que incumplas con el pago oportuno de las cuotas obrero patronales durante 3 periodos de cotización consecutivos

• Cuando el Instituto haya cancelado dicho registro por ese mismo motivo durante 3 periodos de cotización consecutivos, no se aceptará una nueva solicitud de adhesión

• Cuando no hayas sido sujeto de una determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, la clase, fracción y prima serán las que tenías asignadas en cada uno de los registros patronales antes del inicio de operación del Registro Patronal Único, cuando sí hayas sido sujeto de una determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, la clase y fracción serán las mismas, pero la prima será con la que concluyó dicho registro

• Cuando hayas dejado sin efecto tu Registro Patronal Único, podrás solicitarlo nuevamente cumpliendo con los lineamientos dispuestos para la asignación de éste

• En caso de que tengas que notificar cambios de datos a los registros patronales como: sustitución patronal, cambio de nombre, denominación o razón social, fusión o escisión, el patrón deberá realizar primeramente la cancelación del RPU y posteriormente dar aviso de los cambios de datos a los registros patronales, para lo cual deberás acudir a cada Subdelegación donde tengas un registro patronal vigente a efectuar dichos trámites

• Debes solicitar la generación Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el Certificado Digital por cada uno de los registros patronales disociados

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