CONCURSOS Y QUIEBRAS LEY 24522
Enviado por pmelinabarrios • 24 de Abril de 2020 • Resumen • 3.579 Palabras (15 Páginas) • 277 Visitas
CONCURSOS Y QUIEBRAS LEY 24522
- CONCURSO (ART 1 AL 68): EL DEUDOR SE SOMETE DIRECTAMENTE ANTE EL JUEZ Y DEBE CUMPLIR CON LOS REQUISITOS SOLICITADOS X LA LEY. EL JUEZ ABRE EL CONCURSO, SORTEA UN SINDICO Y SE ABRE EL PROCESO
- ACUERDO PREVENTIVO EXTRAJUDICIAL (APE – ART 69 AL 76): ACUERDO QUE SE HACE ENTRE LAS PARTES Y LUEGO, SI LAS PARTES LO REQUIEREN, SE SOMETE A APROBACION JUDICIAL. PROCESO QUE SE HACE EN FORMA PRIVADA, ACORDADA CON LOS ACREEDORES, SE FIRMA UN ACUERDO CON QUITA Y CON ESPERA, ESE ACUERDO SE PRESENTA ANTE EL JUEZ Y EL JUEZ LO HOMOLOGA. VENTAJAS SI EL JUEZ HOMOLOGA: LA HOMOLOGACION IMPLICA LA NOVACION DE LA DEUDA, ESTO SIGNIFICA QUE UNA DEUDA DE “X” VALOR, LUEGO DE LA HOMOLOGACION, SI SE DAN LAS DOBLES MAYORIAS QUE EXIGE LA LEY, SE TRANSFORMA EN UNA DEUDA MAS PEQUEÑA Y EN PLAZO, ESA APROBACION IMPLICA QUE SE LES APLIQUE FORZOSAMENTE TB A LOS QUE NO VOTARON – LAS MAYORIAS QUE SE REQUIEREN SON: MAYORIA DE ACREEDORES QUE REPRESENTEN LAS 2/3 PARTES DEL PASIVO QUE SE RESOLVIO EN EL PROCESO (MAYORIA DE ACREEDORES Y DE MONTO DE DEUDA)
- CONVERSION (ART 90 Y 91):
- SALVATAJE (ART 48):
- QUIEBRA: ES EL DESAPODERAMIENTO. PUEDE SER QUE UNA EMPRESA EN FORMA DIRECTA QUIEBRE O QUE PASE PREVIAMENTE POR CONCURSO Y NO LO RESUELVA. LA QUIEBRA PUEDE SER PEDIDA POR EL PROPIO DEUDOR, POR UN ACREEDOR O PUEDE DEVENIR EN FORMA INDIRECTA DE CONCURSO, APE,CONVERSION O SALVATAJE
1, 2, 3 Y 4 BUSCAN UNA SOLUCION PREVENTIVA A LA CRISIS, CONSERVAR AL ENTE, CONSERVAR LA FUENTE DE TRABAJO, EL IMPACTO SOCIOAMBIENTAL Y LA ACTIVIDAD ECONOMICA. SE ANALIZAN TODOS LOS PASIVOS Y LO PROBABLE ES QUE LA PERSONA LLEGUE A UN ACUERDO CON QUITA Y ESPERA Y TERMINE PAGANDO
UN PROCESO PUEDE EMPEZAR POR CONCURSO, NO CONCLUIR BIEN Y TERMINAR EN LA QUIEBRA
ART1 – REQUISITO PARA PODER CONCURSAR: ESTAR EN CESACION DE PAGOS (CUANDO UN SUJETO NO PUEDE HACER FRENTE A SUS OBLIGACIONES SIN RECURRIR A MEDIOS RUINOSOS – EJ MALVENDER BIENES PARA PODER CUMPLIR, ENDEUDARSE, ETC). SI QUIERO CONSURSAR, ¿QUE BUSCO UN CONTADOR O UN ABOGADO? HAY INFORMES QUE SE REQUIEREN POR UN CONTADOR PUBLICO, INC 1, 3, 5 Y 8
PRIVILIEGIOS SON DEUDAS CON HIPOTECA O PRENDA O CON LOS TRABAJADORES
REQUISITOS ESENCIALES DE LA PRESENTACION A CONCURSO (ART 11): Requisitos del pedido. Son requisitos formales de la petición de concurso preventivo:
1) Para los deudores matriculados y las personas de existencia ideal regularmente constituidas, acreditar la inscripción en los registros respectivos. Las últimas acompañarán, además, el instrumento constitutivo y sus modificaciones y constancia de las inscripciones pertinentes.
Para las demás personas de existencia ideal, acompañar, en su caso, los instrumentos constitutivos y sus modificaciones, aun cuando no estuvieron inscriptos.
2) Explicar las causas concretas de su situación patrimonial con expresión de la época en que se produjo la cesación de pagos y de los hechos por los cuales ésta se hubiera manifestado.
3) Acompañar un estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha de presentación, con indicación precisa de su composición, las normas seguidas para su valuación, la ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio. Este estado de situación patrimonial debe ser acompañado de dictamen suscripto por contador público nacional. – NO ES UN ESTADO CONTABLE, ES UN ESTADO DETALLADO Y VALORADO AL MOMENTO DE LA PRESENTACION Y VALORIZADO DE ACUERDO A LOS VALORES DE REALIZACION (ACTUALIZADO A LA FECHA DE PRESENTACION- NO VA CON VALORES HISTORICOS)
4) Acompañar copia de los balances u otros estados contables exigidos al deudor por las disposiciones legales que rijan su actividad, o bien los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el concursado, correspondientes a los TRES (3) últimos ejercicios. En su caso, se deben agregar las memorias y los informes del órgano fiscalizador.
5) Acompañar nómina de acreedores, con indicación de sus domicilios, montos de los créditos, causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables y privilegios. Asimismo, debe acompañar un legajo por cada acreedor, en el cual conste copia de la documenta sustentatoria de la deuda denunciada, con dictamen de contador público sobre la correspondencia existente entre la denuncia del deudor y sus registros contables o documentación existente y la inexistencia de otros acreedores en registros o documentación existente. Debe agregar el detalle de los procesos judiciales o administrativos de carácter patrimonial en trámite o con condena no cumplida, precisando su radicación.- DETALLE DE ACREEDORES: A QIENES DENUNCIA LA EMPRESA QUE LE DEBE – SE DEBE PRESENTAR UN LEGAJO X C/U DE ESTOS ACREEDORES
6) Enumerar precisamente los libros de comercio y los de otra naturaleza que lleve el deudor, con expresión del último folio utilizado, en cada caso, y ponerlos a disposición del juez, junto con la documentación respectiva.
7) Denunciar la existencia de un concurso anterior y justificar, en su caso, que no se encuentra dentro del período de inhibición que establece el artículo 59, o el desistimiento del concurso si lo hubiere habido.
8) Acompañar nómina de empleados, con detalle de domicilio, categoría, antigüedad y última remuneración recibida. Deberá acompañarse también declaración sobre la existencia de deuda laboral y de deuda con los organismos de la seguridad social certificada por contador público. – EL DEUDOR MEDIANTE UNA CERTIFICAION CONTABLE DENUNCIA QUE LE DEBE A LOS TRABAJADORES – PRIVILEGIOS ESPECIALES
El escrito y la documentación agregada deben acompañarse con DOS (2) copias firmadas.
Cuando se invoque causal debida y válidamente fundada, el juez debe conceder un plazo improrrogable de DIEZ (10) días, a partir de la fecha de la presentación, para que el interesado dé cumplimiento total a las disposiciones del presente artículo.
UNA VEZ QUE EL DEUDOR SE PRESENTA ANTE EL JUEZ CON LOS REQUISITOS DEL ART 11, EL JUEZ EN UN PLAZO DE 5 DIAS, DEBERIA DICTAR EL AUTO DE APERTURA DEL CONCURSO, DONDE SE DAN A CONOCER DISTINTAS CUESTIONES RELATIVAS AL PROCESO. SE REALIZA EL SORTEO DE UN SINDICO, SE DECRETA LA INHIBICION DE BIENES DEL SUJETO (DICHA INHIBICION SE INSCRIBE EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE, AUTOMOTOR, BUQUES, AERONAVES, COMERCIO, PERSONAS JURIDICAS – ENTONCES TODOS LOS ORGANISMOS TOMAN CONOCIMIENTO QUE EL SUJETO HA PRESENTADO CONCURSO PREVENTIVO Y DE ESTA MANERA NO PUEDE VENDER LOS BIENES REGISTRADOS SALVO AUTORIZACION DEL JUEZ)
...