CONTESTACION DE DEMANDA JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO
Enviado por rubipalafoxleyva • 28 de Febrero de 2016 • Tarea • 540 Palabras (3 Páginas) • 9.821 Visitas
CONTESTACION DE DEMANDA JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO
EXPEDIENETE NO: 123/2015
ACTOR: PITO PEREZ.
C.JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL RAMO FAMILIAR
P R E S E N T E:
PITO PEREZ, mexicano, mayor de edad, casado con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en 6 DE MAYO N.5, autorizando para tales efectos ala C. Lic. RUBI ESMERALDA PALAFOX LEYVA, además para que tenga acceso al expediente y consulte los autos que integren el mismo, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:
Por medio del escrito, se esta demandando los efectos de apertura y radicación del juicio respectivo a la sucesión intestamenatria del finado el señor PITOTE PEREZ, acreditando con el acta de nacimiento anexa en el presente escrito la relación con el finado antes mencionado, a cuyo efecto y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el ariculo 77 del Codigo de Procedimientos Civiles para el estado de Sinaloa, se hace de su conocimiento lo siguiente:
- Es autor del presente escrito al cual se le demanda quien falleció el dia 14 catorce de Febrero del 2015 dos mil quince, siendo su ultimo domicilio ubicado en Calle Rafael Buelna no. 3 sur, colonia centro del Ejido las Burras, el cual se acredita con la copia por el C. Oficio del Registro Civil del acta de defunción que se ha agregado anexado al presente escrito.
- El C. PITO PEREZ desconoce por completo si su padre el señor PITOTE PEREZ dejo disposición testamentaria, denunciando asi que se abra la sucesión intestamentaria; En nuestro ordenamiento jurídico, la apertura de la sucesión se encuentra regulada en el artículo 955 del Código Civil. El citado precepto señala que “La sucesión en los bienes de una persona se abre al momento de su muerte en su último domicilio; salvos los casos expresamente exceptuados.
La sucesión se regla por la ley del domicilio en que se abre; salvas las excepciones legales.
- Declarando bajo protesta de decir toda la verdad, manifestando asi que el C. PITO PEREZ desconoce si existen otras personas con derecho a heredar.
- La lista provisional se compone de lo siguiente:
B I E N E S I N M U E B L E S
- 10 diez hectateas.
Para sus efectos legales y debido a la falta de acreditación de la propiedad, a falta de documentos, ubicación y domicilio del bien inmueble; conforme a lo anterior no es aceptable la recuperación de derecho de este bien inmueble, ya que este no cuenta con los requisitos necesarios para su acreditación, asi lo establece el articulo
...