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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VIVIENDA URBANA


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  1.906 Palabras (8 Páginas)  •  599 Visitas

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VIVIENDA URBANA

LUGAR Y FECHA DEL CONTRATO: -----------------------------------------------------

ARRENDADOR: ------------------------------------------

C.C ---------------------------------------------------------

ARRENDATARIO: ----------------------------------------------------------

c.c

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: Mediante el presente contrato el ARRENDADOR concede al ARRENDATARIO el uso y goce del inmueble -------------------------------, que a continuación se describe: --------------------------------------------------------

SEGUNDA.- DIRECCIÓN DEL INMUEBLE: El Inmueble descrito anteriormente se encuentra ubicado en la: ------------------------------------------- de la ciudad de _____________, y su matrícula inmobiliaria es: ---------------------

TERCERA.- LINDEROS DEL INMUEBLE:

NORTE:

ORIENTE:

OCCIDENTE:

SUR:

CUARTA.-DESTINACION: Los arrendatarios se comprometen a destinar este inmueble exclusivamente para vivienda familiar. PARÁGRAFO: El ARRENDATARIO, no podrán bajo ninguna circunstancia, utilizar el inmueble dado en arriendo, para llevar a cabo actividades distintas a la mencionada, salvo que medie autorización previa y escrita por parte del ARRENDADOR, el incumplimiento de esta disposición es causal de terminación del contrato y dará lugar al cobro de la cláusula penal, la cual se podrá cobrar sin perjuicio del cobro de cualquier suma dejada de cancelar. QUINTA.- PRECIO DEL ARRENAMIENTO MENSUAL: ---------------------------------------------------------------------- en su totalidad, pagaderos dentro de los CINCO (5) primeros días calendario de cada período mensual entre el primero (1) y cinco (5) de cada mes, por anticipado, los cuales se cancelaran personalmente al ARRENDADOR. SEXTA.- INCREMENTOS DEL PRECIO: Vencido el primer año de vigencia de este contrato, y así sucesivamente, cada doce (12) mensualidades, en el evento de prórroga tácita o expresa, en forma automática y sin necesidad de requerimiento alguno entre las partes, el precio del canon de arrendamiento se incrementará anualmente en el porcentaje autorizado por el gobierno (IPC), a menos que expresamente y por escrito el ARRENDADOR indique lo contrario. SÉPTIMA.- LUGAR PARA EL PAGO: Salvo pacto expreso y escrito entre las partes, el arrendatario pagará el precio del arrendamiento al ARRENDADOR, ------------------------------, siendo ésta la única persona autorizada para recibir dicho Canon. OCTAVA.- VIGENCIA DEL CONTRATO: ------------------------------------------, contado a partir del --------------------- hasta el ----------------------------. NOVENA.- PRORROGAS: Estas se regirán por la ley 820 de 2003. DÉCIMA.- SERVICIOS: Acueducto y Alcantarillado, Energía, gas domiciliario, tv cable. Estos estarán a cargo del ARRENDADORIO. Si el ARRENDATARIO llegare a instalar una o varias líneas TELEFONICAS, INTERNET, TVCABLE diferentes a los instalados, sin la autorización del ARRENDADOR, será única responsabilidad de la persona o Empresa que solicite este servicio por el tiempo que habitado el bien sin que dicho cobro afecte en nada al ARRENDADOR Ni al inmueble, a menos que el ARRENDADOR lo autorice por escrito. DÉCIMA PRIMERA.- CLÁUSULA PENAL: El incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de las cláusulas de este contrato, lo constituirá en deudor del arrendador por una suma equivalente a TRES (3) CÁNONES DE ARRENDAMIENTO, vigentes al tiempo del incumplimiento y a título de pena. Se entenderá, en todo caso, que el pago de la pena no extingue la obligación principal y que el arrendador podrá pedir a la vez el pago de la pena y la indemnización de perjuicios, y el cobro de los cánones de arrendamiento y demás obligaciones dejadas de cancelar si es el caso. Tampoco irá en perjuicio de los recargos por pagos posteriores a los primeros CINCO (5) días calendario que se tienen para cumplir con el pago anticipado del canon. Este contrato será prueba sumaría suficiente para el cobro de esta pena y El ARRENDATARIO > DEUDOR SOLIDARIO renuncian expresamente a cualquier requerimiento privado o judicial previo para constituirlos en mora del pago de ésta o cualquier otra obligación derivada del contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- REQUERIMIENTOS: El ARRENDATARIO Y DEUDOR SOLIDARIO al incumplir el presente contrato, renuncia de manera expresa a los requerimientos judiciales o privados previos, para ser constituidos en mora, y será prueba suficiente la No Presentación de los soportes de pago por parte del ARRENDATARIO. El retardo en el pago del canon de arrendamiento, o la violación de alguna de las obligaciones a cargo del ARRENDATARIO y la debida aclaración en la conciliación Extrajudicial, da derecho al ARRENDADOR para resolver este contrato y exigir la inmediata entrega del inmueble, sin necesidad de desahucio del art. 2011 del código civil, ni de los requerimientos de ley (art. 2035 del C.C. y 434 numeral 2 del C.P.C:) y el ARRENDATARIO renuncian de manera expresa a oponerse a la cesación del arriendo mediante la caución de que trata el Art. 2035 de código civil y a la retención que a cualquier título puede concederle la ley. DÉCIMA TERCERA.- PREAVISO PARA LA ENTREGA: un (1) mes de anticipación a la fecha de terminación de este contrato, o de finalización de sus prórrogas, a no ser que la ley disponga otro término caso en el cual a éste se le dará aplicación. En todo caso, si la causal de terminación es por incumplimiento del ARRENDATARIO, de las estipulaciones pactadas en el contrato el ARRENDATARIO RENUNCIA DE MANERA EXPRESA, a la indemnización prevista en la ley 820 del 2003, articulo 22 numeral 7o, por haber incumplido, lo cual exonera al ARRENDADOR del pago de la indemnización como requisito previo para exigir judicial o extrajudicialmente la entrega del inmueble. DÉCIMA CUARTA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: A favor del ARRENDADOR serán los siguientes: a) La cesión o subarriendo, b) El cambio de destinación del inmueble, c) El no pago del precio dentro del término previsto en este contrato, d) La destinación del inmueble para fines ilícitos o contrarios a las buenas costumbres, o que representen peligro para el inmueble, o la salubridad de sus habitantes, e) La realización de mejoras, cambios o ampliaciones del Inmueble sin expresa y escrita autorización del ARRENDADOR, f) La no cancelación de los servicios públicos a cargo del arrendatario siempre que origine la suspensión o desconexión o pérdida del servicio g) Las demás previstas en la ley. DÉCIMA QUINTA.- CESIÓN DE DERECHOS: Podrá el ARRENDADOR ceder

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