CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA URBANA
Enviado por 15122003 • 9 de Abril de 2013 • Informe • 1.229 Palabras (5 Páginas) • 660 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA URBANA
Lugar y fecha del contrato: 28 DE ENERO 2012.
Arrendatario: PONCE DE LEON CASTILLO JUAN CARLOS.
Coarrendatario(s)CASTILLO DE PONCE DE LEON EMPERATRIZ PONCE DE LEON AVILA JUAN MANUEL.
OBJETO: Conceder el goce de un inmueble que consta de UNA HABITACION, ESPACIO PARA SALA COMEDOR, UN BAÑO CON TODOS LO ACCESORIOS, COCINA CON ESTUFA Y TERRAZA CUBIERTA.
Dirección: CARRERA OCTAVA No. 16-51 apto 802 EDIFICIO PARIS.
Canon: SEICIENTOS MIL PESOS MENSUALES. ($ 600.000.) pesos m/cte. mensuales, pagaderos dentro de los CINCO. (05) días de cada período mensual, al arrendador o a su orden.
Certificado Nº 50C-296408.
Término de duración: SEIS MESES
Fecha de iniciación: 28 DE ENERO DE 2012.
Servicios de: AGUA, LUZ Y TELEFONO
Por cuenta de: ARRENDATARIO.
Además de las anteriores estipulaciones, el arrendador y el arrendatario convienen las siguientes:
Primera. Pago, oportunidad y sitio. El arrendatario se obliga a pagar el canon acordado dentro de los plazos previstos en LA CUENTA No.0338466940 del Banco de Bogotá a nombre de AURA LIGIA MORANTES VEGA. El canon se reajustará anualmente en la proporción máxima que autorice el gobierno, en principio en el 90% del incremento del índice de precios al consumidor en el año calendario inmediatamente anterior .
Segunda. Mora. La mora por falta de pago de la renta mensual en la oportunidad y forma acordada facultará al arrendador para hacer cesar el arriendo y exigir judicial o extrajudicialmente la restitución del bien.
Tercera. Destinación.-El arrendatario se obliga a usar el inmueble para la vivienda de él y de su familia y no podrá darle otro uso, ni ceder o transferir el arrendamiento sin la autorización escrita del arrendador. El incumplimiento de esta cláusula dará derecho al arrendador para dar por terminado el contrato y exigir la entrega del inmueble o, en caso de cesión o subarriendo, celebrar un nuevo contrato con los usuarios reales, sin necesidad de requerimientos judiciales o privados, a los cuales renuncia el arrendatario.
Cuarta. Recibo y estado.-El arrendatario declara que ha recibido el inmueble objeto de este contrato en buen estado, conforme al inventario que se adjunta, el cual hace parte de este contrato; en el mismo se determinan los servicios, cosas y usos conexos y adicionales . El arrendatario, a la terminación del contrato, deberá devolver al arrendador el inmueble en el mismo estado, salvo el deterioro proveniente del tiempo y uso legítimos.
Quinta. Mejoras.-El arrendatario tendrá a su cargo las reparaciones locativas a que se refiere la ley (C.C., arts. 2028, 2029 y 2030) y no podrá realizar otras sin el consentimiento escrito del arrendador.
Sexta. Obligaciones de las partes.-Son obligaciones de las partes las siguientes:
a) Del arrendador:
1. Entregar al arrendatario en la fecha convenida el inmueble dado en arrendamiento en buen estado de servicio, seguridad y sanidad y poner a su disposición los servicios, cosas o usos conexos y los adicionales aquí convenidos.
2. Mantener en el inmueble los servicios, las cosas y los usos conexos y adicionales en buen estado de servir para el fin convenido en el contrato.
3. Entregar al arrendatario una copia del reglamento interno de propiedad horizontal al que se encuentra sometido el inmueble (ello cuando el inmueble arrendado esté sometido a dicho régimen).
4. Las demás obligaciones consagradas para los arrendadores en el capítulo II, título XXVI, libro 4º del Código Civil (L. 56/85, art. 11).
b) Del arrendatario:
1. Pagar al arrendador en el lugar convenido en la cláusula primera del presente contrato, el precio del arrendamiento. En el evento que el arrendador rehuse recibir en las condiciones y lugar aquí acordados, el arrendatario podrá efectuarlo mediante consignación a favor del arrendador en las instituciones autorizadas por el Gobierno Nacional
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