CONTROVERSIA PERU CHILE
Enviado por CONJUNTA • 29 de Febrero de 2016 • Resumen • 749 Palabras (3 Páginas) • 159 Visitas
Por: Miguel Ángel Rodríguez Mackay (*)
“En la Declaración de Santiago, los países del Pacífico Sur consagraron como norma de su política internacional marítima el que tuviese, cada uno de ellos, a partir de todo lo largo de sus costas, una zona marítima no menor de 200 millas de anchura con el objeto de que sus pueblos utilicen los recursos vivos y no vivos que se encuentren en los mares dentro de esa distancia para lograr su desarrollo…”
La Declaración de Santiago y las 200 Millas
En el marco d la Primera conferencia sobre Explotación y conservación de las Riquezas marítimas del Pacífico Sur a la cual habían sido invitados por Chile tanto Perú como Ecuador con el objeto de evaluar los problemas originados por la caza de ballenas en aguas del pacífico Sudeste y la industrialización de sus productos, así como eventualmente adoptar acuerdos, el 18 de agoto de 1952, los representantes plenipotenciarios de los mencionados países, Julio Ruiz Bourgeois, Alberto Ulloa Sotomayor y Jorge Fernández Salazar, respectivamente, suscribieron en la capital chilena la histórica declaración sobre zona Marítima o también denominada Declaración de Santiago. Por primera vez los países del Pacífico Sur –a los que se uniría Colombia en 1979- consagraron como norma de su política internacional marítima el que tuviesen cada uno de ellos a partir de todo lo largo de sus costas una zona marítima no menor de 200 illas de anchura con el objeto de que sus pueblos utilicen los recursos vivos y no vivos que se encuentren en los mares dentro de esa distancia para lograr su desarrollo.
Este título jurídico del que está revestida la Declaración de Santiago sobre las 200 millas fortaleció, qué duda cabe, las posiciones unilaterales –en el caso del Perú fue el también histórico Decreto Supremo Nº 781 de 1947-, que venían sosteniendo los Estados miembros de la Comisión Permanente del Pacífico Sur – CPPS, organización regional creada en la misma fecha precisamente para coordinar las políticas marítimas de los citados países firmantes. De allí que dicha política de soberanía y jurisdicción sobre las 200 millas –repito- distancia medida desde las líneas de base a lo largo de toda la costa de los Estados miembros y que se hizo andar por el impulso de la CPPS, es el mejor testimonio de acción concentrada por países de la región respecto a temas fundamentales de política exterior en función de intereses comunes y compartidos.
Esto es lo hizo célebre a la Declaración de Santiago puesto que vino a establecer una nueva dimensión en la política del reconocimiento internacional del concepto de zona económica, hsta ese momento ajeno al agonizante antiguo derecho del mar, y se convirtió progresivamente en el instrumento regional que ejercería, por la acción persistente e innovadora de Chile, Perú y Ecuador, la mayor influencia en el planeta en los siguientes treinta años, logrando concretar en 1982, una de las mayores contribuciones a la formación y consolidación del derecho internacional y del nuevo Derecho del Mar, al consagrar la tesis de soberanía y jurisdicción hasta las 200 millas en la convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, aprobada en diciembre de ese mismo año. Es así como dicha tesis se consolida como el principio jurídico internacional del mar más transcendente que haya sido recogido en la denominada “Constitución de los Océanos”.
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