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CORRUPCION DE MENORES


Enviado por   •  22 de Mayo de 2013  •  3.217 Palabras (13 Páginas)  •  2.049 Visitas

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CORRUPCIÓN DE MENORES

La palabra corrupción proviene del latín “corruptio” En términos generales, la corrupción es el mal uso del poder para conseguir una ventaja ilegítima significando en el caso de la sexualidad, perversión sexual, que puede darse simplemente por el inicio de la vida sexual a edad demasiada temprana.

Corrupción De Menores: En el Derecho Penal, es un delito contra la integridad sexual psicológica, que consiste en hacer participar a un menor de 18 años de prácticas sexuales desviadas; es decir en promover o favorecer la prostitución de menores o incapaces, su utilización en actividades pornográficas o su participación en actos sexuales que perjudiquen el desarrollo de su personalidad.

Prostitución se define como el acto de participar en actividades sexuales o hacer el sexo a cambio de dinero o bienes.

Prostitución de menores (explotación sexual): Es el uso de niños(as) o adolescentes en actividades sexuales a cambio de una remuneración o cualquier otro tipo de retribución (regalos, comida o vestimenta).

Las investigaciones han comprobado, a escala mundial, una clara relación entre los abusos familiares sobre los niños y la incitación a participar en el comercio sexual.

La prostitución infantil tiene efectos negativos sobre el futuro bienestar y la salud mental del niño, dado que a menudo ellos mismos se convierten en proxenetas. Respecto al daño psicológico, los menores suelen presentar varios síntomas como depresión, confusión de la personalidad o de la orientación sexual, problemas de conducta (agresividad o enojo), problemas para dormir, pérdida de seguridad en sí mismos, desconfianza u odio hacia los adultos.

Pornografía en el Menor: Es la representación, por cualquier medio, de un niño(a) o adolescente involucrado en actividades sexuales explícitas reales o simuladas o cualquier representación de las partes sexuales de éstos, para propósitos sexuales principalmente. Esto puede incluir fotografías, negativos, diapositivas, revistas, libros, dibujos, películas, cintas de video y discos de computadora o archivos. La utilización de niños y niñas en la producción de pornografía es una forma de explotación sexual.

La corrupción de menores se ejecuta en contra de niños, niñas y/o adolescentes, los cuales son intimados con amenazas, maltratos, promesas, regalos, acto lascivo, dibujos, películas pornográficas y otros.

De acuerdo al ordenamiento jurídico, se cuenta con diversos instrumentos legales con un régimen específico de disposiciones idóneas y eficaces de defensa y promoción de los derechos y garantías a todos los niños, niñas y adolescentes.

Entonces tanto el Estado, como la Familia y la Sociedad tienen una inminente responsabilidad de cuidados, guiando y observando la conducta de Niños, Niñas y Adolescentes, sus amigos, compañeros, y sobre todo explicarles los peligros de la vida, los valores éticos y principios morales que deben observar y cumplir, y es necesario que se les informe y eduque de acuerdo con su desarrollo, en salud sexual y reproductiva para que su conducta sexual vaya reforzándose y no sean objeto de manipulaciones de ninguna índole, y en el futuro tengan una maternidad o paternidad: responsable, sana, voluntaria y sin riesgos.

CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN DE MENORES

Las causas sociales de la corrupción del menor, principalmente en la etapa de la adolescencia, las encontramos en las características nocivas del entorno en que se desarrolla la personalidad del niño:

• El entorno familiar.

• El entorno escolar.

• Los mensajes de los medios de comunicación, (la televisión e internet).

• El entorno del barrio o comunidad.

El hogar es donde se forma la personalidad del menor. La familia es el factor clave en la corrupción de menores; principalmente los modelos corruptos de vida de los padres, el maltrato o abandono de los menores y la falta de orientación familiar respecto a situaciones morales de riesgo que presenta la vida.

La escuela, después del hogar, sigue en importancia en la formación del carácter. En nuestro sistema educativo no hay programas dirigidos a la familia, a la importancia del desarrollo ético y moral del educando. El docente no estimula el diálogo y la discusión dirigida al desarrollo de la capacidad de análisis y juicio crítico, que le permita al alumno orientarse mejor en la vida.

Los medios de comunicación contribuyen en el proceso de corrupción de la adolescencia, en la medida en que presentan noticias o escenas repetidas de violencia, sexualidad, traición, mercantilismo, consumo de tabaco, alcohol y drogas, hechos que son lugares comunes en las películas y programas de televisión.

El Internet, navegar libremente, sin control de los padres, expone a los menores a diversos riesgos: pornografía, drogas, juegos de apuesta, abuso y corrupción de menores, favorecido por el hecho del anonimato o pseudónimo de quien usa el Internet.

La comunidad en que vive el adolescente es otro factor importante en el desarrollo de su personalidad. Los menores que viven en zonas marginales de extrema pobreza, en un medio social violento, de alta peligrosidad y criminalidad, tienen alta probabilidad de corrupción, principalmente en aquellos casos en que hay carencia de amor filial y no existe control familiar que imponga orden y transmita principios y valores morales.

.BASES LEGALES EN DELITOS CONTRA LAS BUENAS COSTUMBRES Y EL BUEN ORDEN DE LAS FAMILIAS.

 LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

garantiza los principios rectores en materia de Niños, Niñas y Adolescentes, consagrados principalmente en su art 78 en concordancias con los artículos 19, 20, 21, 22, y 23 de la Carta Magna. y por tanto está conforme al Ordenamiento Jurídico Internacional, que tanto la Convención sobre los Derechos del Niño y la Declaración de los Derecho Humanos contemplan

Artículo 78. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan. El Estado promoverá su incorporación progresiva a la ciudadanía activa y creará un sistema rector nacional para la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.

 LEY

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