CREAR SU PROPIO PARTIDO POLITICO
Enviado por lizzethgaona • 22 de Julio de 2021 • Ensayo • 2.771 Palabras (12 Páginas) • 131 Visitas
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CREAR SU PROPIO PARTIDO POLITICO
Asignatura
Derecho Electoral
Catedrático
Mtro. Javier Campos del Rio
Alumna
Martha Lizzeth Gaona Álvarez Manilla.
Grado
8° Semestre.
https://portal.ine.mx/actores-politicos/partidos-politicos-nacionales/partidos-formacion/
Requisitos para formar un partido político
La Ley General de Partidos Políticos (LGPP) establece que la organización de ciudadanos que pretenda constituirse como partido político nacional deberá informar de tal propósito al INE en el mes de enero del año siguiente a la elección presidencial, el INE abre convocatorias cada 6 años
En este (artículo 9) no habla que la Constitución Política de México reconoce el derecho de libre asociación y hay garantías en el diseño electoral para conformar partidos políticos. Los partidos políticos deben contar con un registro ante el Instituto Nacional Electoral (INE). Ya no se necesita haber sido asociación política nacional registrada, como un paso previo, puede reunirse libremente personas en una organización ciudadana y buscar su registro como partido. La Ley General de Partidos Políticos, es la norma que permite a los órganos electorales de la Federación regular las disposiciones constitucionales aplicables a los partidos nacionales y locales.
ARTÍCULO 10.
1. Las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político nacional o local deberán obtener su registro ante el Instituto o ante el Organismo Público Local, que corresponda.
2. Para que una organización de ciudadanos sea registrada como partido político, se deberá verificar que ésta cumpla con los requisitos siguientes:
a) Presentar una declaración de principios y, en congruencia con éstos, su programa de acción y los estatutos que normarán sus actividades; los cuales deberán satisfacer los requisitos mínimos establecidos en esta Ley;
b) Tratándose de partidos políticos nacionales, contar con tres mil militantes en por lo menos veinte entidades federativas, o bien tener trescientos militantes, en por lo menos doscientos distritos electorales uninominales, los cuales deberán contar con credencial para votar en dicha entidad o distrito, según sea el caso; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en el país podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral federal que haya sido utilizado en la elección federal ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate, y
Primero creamos dos ecuaciones simples con datos que conocemos.
125 es igual a 100%, por lo que podemos guardarlo como 125 = 100%
El valor que buscamos puede llamarse x
Ahora sabemos que x es 0.26 del valor de salida, por lo que podemos escribirlo como
x = 0.26.
Así que tenemos dos ecuaciones simples:
1) 125=100%
2) x=0.26%
Solución:
0.26 por ciento de 125=0.325
Cabe mencionar que se tomo como ejemplo 125 millones de habitantes del estado Mexicano, puesto su número de habitantes exactos son 128.97 millones de habitantes.
Así que el número total de los militantes de un partido político a nivel nacional es de 325 mil habitantes plenamente en ejercicio de sus derechos y obligaciones.
También podemos ver las fechas en la modificación
La intención al INE de qué se formará un nuevo partido entre el 7 al 31 de enero del 2019. Y entregar
la documentación requerida por ley.
Se deberá hacer el proceso de afiliación de los militantes como lo marca la ley.
Deberán tener 233,945 afiliaciones el 26 de febrero del 2020.
El 8 de enero al 28 de febrero del 2020 solicitud de registro como partido político.
Primero de julio del 2020 entra el nuevo partido nacional
Fechas y -Asamblea
La fecha para la presentación del aviso de registro de los partidos políticos ante el INE debe de ser del 1 al 31 de enero del año siguiente a la elección presidencial. El escrito de notificación deberá de estar firmado de manera autógrafa por los representantes legales de la organización y, en el caso de las agrupaciones políticas con registro, su representante deberá estar acreditado ante la DEPPP. El texto de la notificación deberá incluir, al menos, lo siguiente:
a) Denominación de la organización;
b) Nombre o nombres de sus representantes legales;
c) Domicilio para oír y recibir notificaciones, así como números telefónicos en donde se les pueda localizar;
d) Denominación preliminar del Partido Político a constituirse, así como la descripción del emblema y el color o colores que lo caractericen y diferencien de otros partidos políticos;
e) Tipo de asambleas (estatales o distritales) que llevará a cabo la organización para satisfacer el requisito señalado en el inciso a), del párrafo 1, del artículo 12 de la LGPP;
f) Correo electrónico de la organización, así como el tipo de cuenta de usuario para autenticarse, ya sea a través de Google o Facebook, toda vez que dicho correo será fundamental para el acceso a la aplicación móvil que deberá utilizarse para recabar las afiliaciones, así como para recibir notificaciones; y 10. El escrito de notificación deberá estar acompañado de la documentación siguiente: a) Original o copia certificada del acta o minuta de asamblea que acredite fehacientemente la constitución de la organización; b) Original o copia certificada del acta o minuta de la asamblea en la que acredite fehacientemente la personalidad de quien o quienes suscriben la notificación de intención de constituirse como Partido Político, por parte de la organización; c) En el caso de las agrupaciones políticas nacionales, los requisitos previstos en los incisos a) y b) anteriores, se sustituyen por el certificado de registro expedido por el Consejo General o, en su caso, certificación expedida por el Secretario Ejecutivo, con el cual acredite su registro vigente como agrupación política nacional y constancia del registro de las y los dirigentes o 4 representantes de la agrupación ante el Instituto, con la cual se acredite la personalidad de quien o quienes representan legalmente a la agrupación política que pretenda obtener el registro como Partido Político; d) Carta firmada por la o el representante de la organización en la que manifieste que acepta notificaciones vía correo electrónico relacionadas con los procedimientos establecidos en el presente Instructivo; y e) Medio óptico en el que se contenga el emblema del Partido Político en formación que aparecerá en las manifestaciones formales de afiliación, el cual deberá exhibirse en formato GIF, JPG, JPEG o PNG y con una dimensión máxima de 150 kb.
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