CRISIS BANCARIA EN NICARAGUA.LA QUIEBRA DE LOS BANCOS 1740-2002
Enviado por ara reyes • 24 de Septiembre de 2021 • Documentos de Investigación • 5.716 Palabras (23 Páginas) • 625 Visitas
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CRISIS BANCARIA EN NICARAGUA.[pic 6]
LA QUIEBRA DE LOS BANCOS 1740-2002
Elaborado por: Shirley Massiel Marenco Escobar
Aracelly del Carmen Reyes Linarte
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Introducción
La quiebra es por tanto y por definición algo fácil de comprender, pero en general y hasta donde conocemos en todos los países, es 1m remedio desprestigiado y amargo al que hay que hacer uso necesaria y forzadamente en el momento dado. Siempre ha sido en Nicaragua motivo de escándalos legales, aunque en materia bancaria estuvimos exentos de tales escándalos hasta finales del siglo pasado, ya que nuestras instituciones crediticias gozaban de una buena reputación de solidez, desde su buen desarrollo en la década de los años cincuenta.
Ese desprestigio es debido a que normalmente, luego de mucha espera, acreedores no privilegiados y accionistas de la empresa, se encuentran con el hecho que, conforme a la ley y a una rendición de cuentas, no tienen derecho a nada, o con suerte, a su porcentaje de lo obtenido en el proceso de liquidación, lo que resulta en la mayor de las veces, ser muy poco en relación a lo que les debía o a lo que tenían invertido en la institución fallida.
Es la creencia general que los procesos de quiebra y liquidación solo sirven para lucrar a procuradores, liquidadores, depositarios, administradores, abogados, peritos, tasadores y demás personas de quienes la ley manda se haga uso de sus servicios para una efectiva ejecución y transparencia del proceso. También se niega su eficacia, cuando se nota que en la mayoría de los casos de quiebra, sus culpables no son ni siquiera encausados criminalmente.
Más adelante, y al hablar de la quiebra bancaria mencionaremos las razones del porqué se des meritan los activos que quedan en la institución quebrada y con lo que se debe paliar un poco la situación de los acreedores de fallido.
Evolución Histórica de la Banca en Nicaragua
A finales del siglo XIX (1888), aparecieron los primeros bancos comerciales en Nicaragua, siendo éstos el Banco de Nicaragua y el Banco Agrícola Mercantil. El primero fue transformado en el “Bank of Nicaragua Limited” con casa matriz en Londres para luego incorporarse al “London Bank of Central América Limited” y continuó operando como sucursal extranjera. El segundo quebró por falta de pago de sus deudores, constituyéndose así en la primera experiencia de quiebra bancaria en Nicaragua.
A inicios del siglo XX, por medio del Decreto Presidencial de 6 de junio de 1911, el Gobierno de Nicaragua autorizó una concesión bancaria a favor de los banqueros Brown Brothers & Company de Nueva York, por la cual, se constituiría una Corporación Bancaria con participación accionaria, tanto de la República de Nicaragua, como de los banqueros norteamericanos, la que funcionaría bajo las leyes de Estados Unidos de América. Este banco, surgió con el nombre de “Banco Nacional de Nicaragua, Incorporado” o “National Bank of Nicaragua, Incorporated”, dando inicio a sus operaciones en 1912 y la sede principal estaba en la ciudad de Managua. Este Banco, además de realizar las actividades propias, contaba con los derechos, franquicias, concesiones especiales y exclusivas que tenía el “National Bank of Nicaragua”. Asimismo, fungía como Agente Fiscal y Pagador del Gobierno de Nicaragua y depositario de sus fondos, encargándose, además, de poner en práctica el Plan Monetario y ser el emisor de billetes de bancos. Es decir, desarrolló funciones de Banco Central.
Contando siempre con la colaboración de banqueros norteamericanos en su administración, en 1924 el gobierno de Nicaragua compró la totalidad de las acciones del “Banco Nacional de Nicaragua”, lo que provocó mucho temor en la economía nicaragüense, creándose rumores de inflación y muchos depositantes particulares comenzaron a retirar sus fondos. Sin embargo, la alarma cesó ante el ofrecimiento de los banqueros norteamericanos de avisar con suficiente anticipación, si llegaba el caso de la decisión de retirarse de los puestos y que mientras tanto retendrían y garantizarían con dinero en efectivo el cien por ciento del monto de los depósitos particulares. Además, el gobierno de Nicaragua aseguró mantener la moneda nacional (Córdoba) a la par del dólar.
No obstante, fue hasta en el año 1940, cuando por medio de un Decreto-Ley, el “Banco Nacional de Nicaragua” fue completamente nacionalizado. Es decir, pasaba a ser patrimonio de la República de Nicaragua, como Ente Autónomo de dominio comercial del Estado y con una Junta Directiva compuesta por nicaragüenses residentes en Nicaragua. El Banco Nacional de Nicaragua tenía funciones de: Banco Central, Banco Comercial, Banco Agrícola y Banco de Comercio Exterior. A la par del “Banco Nacional de Nicaragua” operaban en el país dos bancos más: “Banco de Londres y América del Sud, Ltd.” y “Banco Caley Dagnall”, ambos de capital extranjero.
Con el surgimiento oficial de la Banca Comercial en Nicaragua, a partir de 1940, surge también la necesidad de una legislación que regule la actividad bancaria y de un ente regulador o supervisor de la misma. Se promulgó la Ley General de Instituciones Bancarias, Decreto-Ley del 26 de octubre de 1940. (La Gaceta, Diario Oficial, N° 244 y 245 del 31 de octubre y del 2 de noviembre de 1940), por la cual se creó la Superintendencia de Bancos, adscrita a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Cabe señalar que con esta Ley se le dio tratamiento o nombre de Banco a dos casas comerciales y cuya función principal era la exportación del café: Casa Téfel y la Casa Caley Dagnall. No obstante, es en la década de los 50 cuando comenzó a estructurarse verdaderamente el Sistema Financiero Nicaragüense, período en el cual se crearon dos nuevos bancos: “Banco Nicaragüense” y “Banco de América”, respondiendo a las necesidades de desarrollo del sector privado agro exportador y de la inserción de Nicaragua al mercado mundial capitalista como país productor de materias primas. Posteriormente, incursionaron nuevos intermediarios financieros de ahorro y préstamos, de viviendas e inmobiliarias.
A partir de octubre de 1948, la Superintendencia de Bancos pasó a ser un Departamento o Sección, adscrita al Ministerio de Economía (Ley Creadora de Ministerios del Estado, La Gaceta, Diario Oficial, N° 249 del 13 de noviembre de 1948). En octubre de 1957, la Superintendencia de Bancos pasó a ser Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras; siempre como un Departamento del Ministerio de Economía, Decreto Legislativo N° 274 de 1957 (La Gaceta, Diario Oficial, N° 246 de octubre de 1957).
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