Cambios propuestos al proyecto de reglamento de capacitación
Enviado por Horacio Peña • 1 de Mayo de 2018 • Informe • 452 Palabras (2 Páginas) • 143 Visitas
Cambios propuestos al proyecto de reglamento de capacitación
El borrador presentado intenta mantener las ideas guía del original reordenandolo para aclarar algunas cuestiones, eliminando otras que no deben osificarse y agregando cuestiones que habían sido pasadas por alto.
- Capítulo II: le da prioridad a la cuestión conceptual de la estructura de la ESCBV por sobre los detalles de las elecciones. Define de manera clara pero escueta las funciones de cada nivel.
Arts 14 y 15, definen el año academico de marzo a noviembre para permitir que el cambio de autoridades se haga al iniciar diciembre. Cambiar antes implica que el director nuevo herede compromisos del saliente (lo que puede generar problemas, como sucedió con el curso de MatPel heredado por Marín, quien tuvo que postergarlo) Cambiar después no da tiempo a preparar el plan de trabajo para el año siguiente.
Art. 18, define las funciones del secretario académico.
Art. 21, define las condiciones para participar en los departamentos.
Capítulo VI: explicita la asignación de recursos.
Correlación:
Articulo borrador original | Articulo propuesta modificada | Observaciones |
1 a 8 | 1 a 8 | Cambios menores gramaticales |
9, 11, 12 | 13, 11 d), 12 | Reordenamiento, clarificación del proceso eleccionario |
10 | 15 | Explicitadas las fechas de inicio y fin del mandato |
13 | Eliminado. No es conveniente habilitar medios para que el director se perpetue saboteando la reunión. Si se da el caso se aplican las prescripciones del derecho civil. | |
14 | 18 | Eliminados los requisitos para director y subdirector por irrazonables (oficial superior es comandante general, hay alguno en la provincia?) y los de coordinador por inconveniente (las funciones de la ESCBV son más académicas que bomberiles, por lo que si tenemos un bombero muy preparado academicamente no tiene sentido esperar diez años para que pueda cumplir con los dos años de oficial; hoy hay dos autoridades de la ESCBV que no cumplen con el requisito y otros tres lo cumplimos por una norma con caracter excepcional) Agregados requisitos para el secretario académico, que por su función sí son razonables. |
15, 20 | 19 | |
16 | 13 | |
17 | 13 | Cambiado el plazo, exigir un informe con 10 días de antelación implica al menos 20 días de preaviso de la reunión. La experiencia dice que las reuniones terminan programandose con mucho menos tiempo. |
18 | 16 | |
19 | 17, 19 | Agregado que cuando no hay secretario asume su funcion el vicedirector |
21 | 20 | |
22 | 21, 22 | Agregados requisitos para pertenecer a los departamentos, modificado el mecanismo de elección de coordinador |
23 | 23 | |
24, 25, 26 | 24, 25, 26, 27 | Explicitada la asignación de recursos |
27 | 12 inc g) | |
28, 29 | 28, 29 | |
30 | Es irrelevante. Puede decidir sobre lo concerniente a su actividad tenga urgencia o no. | |
31, 32, 33 | 30, 31, 32 | |
34 | 10, 11, 12, 14 | |
35, 36, 37 | 10, 11 | Simplificados |
38 al 45 | Eliminados. No corresponden a este reglamento sino al plan de estudios. Dejarlo plasmado en el reglamento implica osificarlo. Era adecuado para Córdoba cuando se escribió el original del que está inspirado pero no para nosotros ahora que sabemos es inminente un gran cambio en los programas. | |
46 | 10, 11 | Simplificado |
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