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Comunicación, confidencialidad y consentimiento informado


Enviado por   •  27 de Marzo de 2023  •  Ensayo  •  1.274 Palabras (6 Páginas)  •  83 Visitas

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COMUNICACIÓN, CONFIDENCIALIDAD Y CONSENTIMIENTO INFORMADO

ENSAYO

En la actualidad la Bioética en la salud pública ha pasado de ser un simple concepto desconocido a ser un tema relevante, como favorece el cambio adecuado en los comportamientos y actitudes que obligan a médicos y otros integrantes del equipo de salud a promover una relación médico-paciente más saludable, y de permitir generar cambios en los procesos de salud cuya primicia es de brindar el mejor servicio al usuario. (Sánchez-Gonzaléz & Herreros, 2015)

Integrando en su área elementos o herramientas, que van de acorde a sus principios, valores y derechos como seres humanos, dejando atrás la tradicional relación vertical paternalista médico-enfermo, en una relación médico-paciente, de forma autónoma pluralista y empática.(Leopoldo et al., 2018)

Dentro de sus herramientas contamos como principal la comunicación sanitaria, donde nos enfatizaremos en la comunicación médico – paciente, por ende, este tipo de comunicación nos permite informar, influir y motivar al público sobre temas de salud relevantes desde la perspectiva individual, comunitaria e institucional, como la prevención de enfermedades, las políticas de salud y el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades y los individuos. En los años 50 en Estados Unidos, la Asociación Internacional de Comunicación (ICA), con sede en Washington D.C., cambio su nombre a comunicación para la salud, y en 1989 se fundó como (Health Communication). Esta nueva denominación fue más allá de la relación interpersonal médico-paciente para incluir especialidades como la comunicación organizacional, la creación de contenidos, la persuasión, el marketing social y los efectos de los medios de comunicación.(Peter Busse&Sergio Godoy, 2016)

En consonancia con los preceptos hipocráticos, respeto a esta herramienta que es la confidencialidad tenemos como juramento “Respetaré el secreto de quien haya confiado en mí.”.(Manuel Briceño Jáuregui, 1948). 

Gracias a los grandes avances de la Bioética en la salud podemos evidenciar que el secreto profesional es un derecho del paciente, como mantener su información personal de manera reservada y poder decidir en qué momento y a qué tipo de personas debe ser revelada esta información y lo más importante qué tipo de información se está dispuesto a revelar, ya sea al médico, al personal asistencial o simplemente a las personas más allegadas.(Castilla & Vega, 1993).

Para el basamento legal y ético internacional en el área de la salud, tiene como referente al consentimiento informado, la primera vez que se aplicó legalmente el término “Consentimiento Informado” a la relación médico-paciente fue en 1957. Ocurrió en un juicio en el que se juzgaban las responsabilidades por una paraplejía producida por una a ortografía traslumbrar, cuyos riesgos no habían sido advertidos previamente al paciente. Este modelo permite que el paciente elija de forma autónoma su intervención médica, en forma libre, voluntaria, responsable, después que el médico le haya instruido de la naturaleza de la intervención con sus riesgos y beneficios, así como de las opciones posibles con sus posibles riesgos y beneficios.(Ngel Sánchez González, 1996)

Evidente está que para adjudicarse este consentimiento el usuario debe reunir ciertas condiciones como:

  1. Disponer de una información suficiente.
  2. Comprender la información adecuadamente.
  3. Hallarse libre para decidir de acuerdo a sus propios valores.
  4. Ser idóneo para tomar la decisión en cuestión

DESARROLLO

La comunicación médico-enfermo es una doctrina metodológica, que requiere enseñanza y la convicción de que es una contienda esencial del buen actor de salud. Un usuario mejor instruido tiene mayor aceptación al tratamiento y lealtad al establecimiento sanitario que lo acogió; una excelente información incluso aminora los procesos judiciales, en vista de que los problemas en la relación médico-paciente, por mala comunicación, es la principal causa de quejas de los pacientes. (Devis, 2016)

En la actualidad en el ecuador por acuerdo ministerial 005216-A por parte del MSP, en el Art. 2.-Indica que la confidencialidad es la cualidad o dominio de la información que asegura un acceso restringido a la misma, solo por parte de las personas autorizadas para ello, implica el conjunto de acciones que garantizan la seguridad en el uso de la esa información.(Ministerio Salud Publica, 2014).

El deber a la confidencialidad de los usuarios supone, la obligación del profesional de preservar el “secreto profesional”, es decir, guardar cualquier noticia o razón en secreto que se ha conocido en el ejercicio de la profesión y en el ámbito de la relación médico-paciente, la cual no se puede revelar a una tercera persona sin un permiso específico de modo que el derecho a la confidencialidad se deriva del derecho a la intimidad, el cual ampara contra una serie de intromisiones no deseadas en la autonomía propia. Este elemento es, por lo tanto, el derecho de los pacientes a que aquellos que hayan entrado en conocimiento de datos íntimos suyos, no puedan manifestarlo ni utilizarlo sin su autorización expresada, aunque el “secreto” que pauta el juramento hipocrático es muy diferente al que se expresa hoy, en tiempos anteriores era el médico quien decidía que se debía informar y qué no, era un deber del buen médico, no era correlativo a un derecho del paciente, hoy se resume que la confidencialidad es un derecho y el secreto es un deber, esto es que el deber de guardar secreto es correlativo al derecho de los seres humanos a guardar la confidencialidad de sus datos.(Castilla & Vega, 1993)

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