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Conflicto De Derecho Internacional Entre Países Europeos Y El Avión Presidencial Boliviano.


Enviado por   •  14 de Marzo de 2014  •  704 Palabras (3 Páginas)  •  436 Visitas

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¿Países europeos cometen injusticia con el avión presidencial boliviano?

El 2 de Julio de 2013 el presidente Evo Morales despegó desde Moscú en su avión presidencial para regresar a su país, lo cual no se desarrolló como se esperaba, pues el vuelo no regresó a Bolivia y aterrizó en Austria. Esta situación se presentó debido a que España, Francia, y Portugal no permitieron que este avión presidencial utilizara sus espacios aéreos por sospechas de que estuviera a bordo Edward Snowden (consultor tecnológico, antiguo empleado de la CIA y NSA).

Esta situación se puede considerar como falta de cordialidad y de respeto por parte de estos estados con el mandatario boliviano, incluso algunos países de Latinoamérica estuvieron de acuerdo con la idea del vicepresidente de Bolivia que dijo que el presidente “ha sido secuestrado por el imperialismo y está retenido en Europa”.

Hablando diplomáticamente, se puede decir que estos países de Europa generaron mucha molestia y desagrado al negar sus espacios aéreos a un jefe de estado que es importante en su país y respetado por su pueblo, pero en condiciones de normas internacionales, ¿podría negarse el espacio aéreo a un avión presidencial?

Como sabemos, la norma internacional que regula y trata todos estos asuntos es el “Convenio de Aviación Civil Internacional” conocido también como el “Convenio de Chicago” y que muchos de los países, entre ellos los involucrados en este acontecimiento, acatan las leyes pactadas en este convenio.

El artículo 3 del convenio de Chicago que habla sobre la entrada y salida de aeronaves civiles a otros países, aplica unas normas, que en estas no se incluyen las aeronaves de estado ya que son utilizadas para servicios militares o de policía.

Ahora suponiendo que la aeronave del presidente boliviano es civil, el artículo 1 del convenio de Chicago dice que “todo Estado tiene soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio”. Sí la aeronave es del Estado, también el convenio dice que “ninguna aeronave de Estado podrá volar sobre el territorio de otro Estado o aterrizar en el mismo sin haber obtenido autorización para ello”.

Dicho lo anterior, los estados europeos no violaron ninguna norma internacional, pues efectivamente, un Estado está en todo su derecho de negarle la entrada a una aeronave sea presidencial de otro Estado o civil.

Otra acusación que tuvo este impase fue de un “acto de agresión” contra Evo Morales, pues así lo indicó el canciller de Venezuela Elías Jaua y el presidente de Ecuador Rafael Correa.

Calificar este suceso como un acto de agresión demuestra el desconocimiento que tienen estos personajes bajo el derecho internacional.

El derecho internacional dice que el acto de agresión es cuando un Estado utiliza su fuerza armada para atacar la integridad territorial, la soberanía o dependencia

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