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Cooperacion y conflicto en el Mercosur


Enviado por   •  1 de Agosto de 2013  •  Tesis  •  701 Palabras (3 Páginas)  •  394 Visitas

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La competencia de la Corte es consecuencia de lo estipulado en

el artículo 60 del Estatuto que dispone que “toda controversia acerca

de la interpretación o aplicación del Tratado que no pudiere

solucionarse por negociaciones directas, podrá ser sometida por cualquiera

de las partes a la Corte Internacional de Justicia”.

El Estatuto del Río Uruguay tiene como objeto establecer los

mecanismos comunes y necesarios para la utilización racional y óptima

del río por parte de ambos Estados. Regula, entre otras actividades,

la conservación, utilización y explotación de los recursos naturales

del río. Asimismo establece obligaciones relativas a la prevención

de la contaminación y la responsabilidad derivada de los daños emergentes

de la contaminación.

El referido estatuto crea la CARU –Comisión Administradora

del Río Uruguay- y establece un procedimiento obligatorio13 , de informaci

ón y consultas previas ante obras que afecten la navegación, el

régimen del río y la calidad de las aguas.

Argentina cuestiona las autorizaciones que el estado uruguayo

otorgó, no obstante haberse contradicho este tema en la CARU y no

haberse encontrado allí un acuerdo válido.

Uruguay autoriza unilateralmente a las dos empresas. Primeramente

el 9/10/03 a la sociedad española ENCE a emprender la construcci

ón de una planta de celulosa en los alrededores de Fray Bentos,

sin respetar el procedimiento previo en el seno de la CARU. Pese a los

reclamos argentinos, Uruguay agrava la situación autorizando en febrero

de 2005 a la empresa finlandesa Metsä Botnia a construir una

12 Estatuto del Río Uruguay firmado el 26/02/1975 y en vigor desde el 18/09/

1976.

13 Estatuto del Río Uruguay, artículos 7 a 13.

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COOPERACION Y CONFLICTO EN EL MERCOSUR

segunda planta de pasta celulosa en las proximidades de M´Bopicuá.

Se conoce –asimismo- que una tercera planta tramita su autorización.

3.1. La posición argentina

La posición argentina considerada en el fallo plantea que:

1. Las plantas de celulosa CMB y Orion atentan contra la preservaci

ón del medio ambiente, el Río Uruguay y su zona de influencia.

2. La DINAMA –Dirección Nacional de Medio Ambiente del Uruguay-

consideró que los proyectos generan riesgo de producir impacto

negativo sobre el medio ambiente.

3. Argentina sostiene que los proyectos son intrínsecamente contaminantes:

el 90 % de la producción pesquera –más de 4.500 tn anuales-

se encuentra en la zona de influencia; el volumen de los efluentes

que se proyecta verter sobre el río afectará a las poblaciones urbanas y

no se han tomado las medidas precautorias

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