DENOMINACION, OBJETO, DURACION, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLAUSULA DE ADMISION DE EXTRANJEROS
Enviado por vanessapmtz • 26 de Febrero de 2017 • Apuntes • 1.684 Palabras (7 Páginas) • 663 Visitas
EN LA HEROICA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, a los nueve días del mes de Febrero de Dos mil dieciséis , ante el Licenciado HUMBERTO JOSÉ BARBOSA LÓPEZ, Notario Público Número Cincuenta y Cinco en ejercicio de los de esta Capital, comparecen los señores NAYELI MARIEL CERON DE HILARIO, VANESSA PEDRAZA MARTINEZ, ESTEFANI MORALES GARCÍA Y FERNANDO RAÚL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ como accionistas, quienes me piden PROTOCOLICE todos y cada uno de los documentos que en su conjunto y en términos de la Ley, contienen la CONSTITUCIÓN de una SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES cuya razón social será “RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y CIA”
Al efecto los comparecientes me exhiben los siguientes documentos:
- El permiso numero 456678905 (cuatro,cinco,seis,seis,siete,ocho,nueve,cero,cinco), expediente 2175093279 (dos,uno,siete,cinco,cero,nueve,tres,dos,siete,nueve), folio 2346 (dos,tres,cuatro,seis) expedido por la Honorable Secretaria de Economía el día 5 de enero del año en curso firmado por su Director, el señor Licenciado LUIS EFREN BAUZA GARCIA CANO, en virtud del cual se autorizó
- la constitución de una Sociedad Mercantil, bajo la razón social “RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y CIA” SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
- Los Estatutos de la Sociedad, mismos que se contienen en cuatro fojas por su frente, debidamente firmadas por los accionistas que constituyen la sociedad.
El original de todos y cada uno de los documentos referidos en los dos puntos que anteceden, se agrega al Apéndice de este Instrumento para documentar los Testimonios y las copias que del mismo se ministren
Expuesto lo anterior los comparecientes otorgan las siguientes:
CLAUSULAS
DENOMINACION, OBJETO, DURACION, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLAUSULA DE ADMISION DE EXTRANJEROS
PRIMERA.- En términos de lo previsto por el Articulo Ciento veinticinco de la Ley del Notario del Estado de Puebla en vigor, quedan Protocolizados íntegramente y para todos los efectos legales a que haya lugar, el Permiso expedido por la Secretaria de Relaciones Exteriores y el documento que contiene los Estatutos de la Sociedad Mercantil con razón social “RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y CIA” SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, que formalizan los señores NAYELI MARIEL CERON DE HILARIO, VANESSA PEDRAZA MARTINEZ, ESTEFANI MORALES GARCÍA Y FERNANDO RAÚL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.
SEGUNDA.- En cuanto a su Duración se establece que es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados a partir de la firma de este instrumento. También establece lo relativo a la celebración de Asambleas; a su Administración; a su Vigilancia; a los Ejercicios Sociales e Información Financiera; y a las causas de Disolución y forma de Liquidación de la Sociedad.
TERCERA.- El domicilio legal de la Sociedad será Av. Teziutlán Sur 75 Col. La Paz, y esta no exime la posibilidad de establecer agencias y/o sucursales en cualquier parte de la Republica o del Extranjero.
CUARTA.- El documento que contiene los Estatutos de la Sociedad de que se trata y que ha quedado Protocolizado, establece el Convenio en virtud del cual los Accionistas fundadores de esta Sociedad, de Nacionalidad Mexicana, CONVIENEN en admitir, desde ahora o en el futuro, Accionistas de Nacionalidad Extranjera, los que en su caso se sujetaran a lo previsto en la Fracción Primera del Articulo Veintisiete Constitucional, de conformidad con lo que establecen los Artículos Quince de la Ley de Inversión Extranjera y Catorce del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Reglamento Nacional de Inversiones Extranjeras.
CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES
QUINTA.- El capital de la Sociedad es variable y el mínimo fijo se constituye por la aportación en efectivo de la cantidad de $60,000.00 (SESENTA MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), mediante la suscripción de 4 (cuatro) ACCIONES, integradas de la siguiente forma:
ACCIONES VALOR
SRA. NAYELI MARIEL CERON DE HILARIO 1 $15,000.00
SRA. VANESSA PEDRAZA MARTINEZ 1 $15,000.00
- $15,000.00
- $15,000.00
TOTALES: 4 $60,000.00
Acciones que bajo protesta de decir verdad, declaran los señores Accionistas han sido totalmente pagadas y suscritas por los mismos.
CLAUSULAS TRANSITORIAS
SEXTA
- Los accionistas pagan el Capital Social en efectivo en Moneda Nacional y lo depositan en la cuenta de la Sociedad
- Que la sociedad sea Administrada por un Consejo de Gerentes, nombrándose al efecto bajo el cargo al Contador Público FERNANDO RAÚL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ y a la Contadora NAYELI MARIEL CERON DE HILARIO. Hacen constar que los funcionarios electos aceptan sus respectivos nombramientos y caucionan el ejercicio de sus cargos en los términos de lo previsto por los Estatutos Sociales.
- Se nombra como Comisario de la Sociedad al Sr. Isai Gerardo Pérez Chantes, quien en este acto acepta su nombramiento, caucionando su manejo de acuerdo a lo previsto en los Estatutos Sociales.
- Los ejercicios Sociales iniciaran los días Primero de Enero y concluirán los días Treinta y uno de Diciembre de cada año, con excepción del Primero que iniciara en la fecha de firma del presente Instrumento y concluirá el treinta y uno de Diciembre del año en curso.
- Para la interpretación, ejecución y cumplimiento del presente Instrumento, los comparecientes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en esta Ciudad de Puebla, Estado de Puebla, renunciando al fuero de cualquier otro domicilio presente o futuro
PRESENTACION
Los comparecientes la acreditan con los documentos a que han quedado protocolizados.
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