DERECHO TRIBUTARIO. IMPUESTO A LA RENTA
Enviado por Juanma Jagger • 6 de Enero de 2019 • Documentos de Investigación • 6.600 Palabras (27 Páginas) • 169 Visitas
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IMPUESTO A LA RENTA
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DEDICATORIA
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AGRADECIMIENTO
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ÍNDICE
Contenido
IMPUESTO A LA RENTA 1
PRESENTACIÓN 5
INTRODUCCIÓN 6
CATEGORIAS DEL IMPUESTO A LA RENTA 7
RENTA DE SEGUNDA CATEGORIA 8
CONCEPTO: 8
1. MARCO LEGAL: 8
2. RENTA DE SEGUNDA CATEGORIA - CONCEPTOS GENERALES 9
Ganancia de Capital por la Enajenación de Valores Mobiliarios 9
Exoneración 9
Sujetos del Impuesto 10
Costo Computable 10
Agentes de Retención 11
1. Casos en los que no se efectuarán las retenciones por CAVALI S.A. 11
2. Terceros Autorizados 11
3. INGRESOS AFECTOS 12
Las rentas producidas por la enajenación, redención o rescate, según sea el caso, que se realice de manera habitual, de acciones y participaciones representativas del capital, acciones de inversión, certificados, títulos, bonos y papeles comerciales, valores representativos de cédulas hipotecarias, obligaciones al portador u otros al portador y otros valores mobiliarios. 13
4. GANANCIA EN LA VENTA DE BIENES INMUEBLES (DESDE 1 DE ENERO 04) 14
5. DECLARACIÓN Y PAGO DEFINITIVO - RENTA 2DA CATEGORÍA 16
6. COMPROBANTES DE PAGO Y LIBROS CONTABLES 21
7. LUGARES DE PAGO 22
8. GANANCIA DE CAPITAL NO GRAVADAS CON EL IMPUESTO A LA RENTA 23
9. NORMAS LEGALES – RENTAS DE SEGUNDA CATEGORÍA 24
ANEXOS 26
PREGUNTAS FRECUENTES 26
CONCLUSIONES 28
RECOMENDACIONES 29
BIBLIOGRAFÍA 30
PRESENTACIÓN
Son rentas de segunda categoría las detalladas en el artículo 24 de la ley del impuesto a la renta, las mismas tributan de manera independiente con una tasa del 6.25 % sobre la renta imponible de segunda categoría, con excepción de los dividendos y cualquier otra forma de distribución de utilidades, los cuales están gravados con una tasa del 4.1% del importe bruto distribuido.
Las rentas de segunda categoría, distintas por las originadas de la enajenación, redención o rescate de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2 de la ley, como por ejemplo los intereses, las regalías, la cesión temporal de intangibles, etc., están sujetas a un pago definitivo y cancelatorio que se efectúa según el cronograma de obligaciones mensuales, ya sea mediante la retención a través de PDT 617-Otras retenciones o pago directo con el formulario Virtual 1665-Rentas de segunda categoría.
Es así que solo están sujetas a regularización anual las rentas de segunda categoría que se originan por la enajenación, redención o resácate de los bienes que se refiere el inciso a) del artículo 2 de la ley, tales como acciones, participaciones, certificados, bonos, títulos y otros valores mobiliarios, por rentas de fuente peruana.
Además a partir del año 2011 también se deben considerar la renta neta de fuente extranjera, pero solo en el caso que se encuentren registrados en el Registro Público de Mercado de Valores del Perú y siempre que su enajenación se realice a través de un mecanismo centralizado de negociación del país o, que estando registrados en el exterior, su enajenación se efectúe en mecanismos extranjeros y siempre que exista un Convenio de Integración suscrito con estas entidades (segundo párrafo del Artículo 54 de la ley).
INTRODUCCIÓN
Una de las formas de financiación del Estado para atender el gasto público es a través de los impuestos.
Como se sabe la renta constituye una de las manifestaciones de riqueza sobre la que se aplica un Impuesto del mismo modo que el consumo y el patrimonio y en consecuencia, es un claro indicador de capacidad contributiva. En este sentido, el impuesto a la Renta es uno de los tributos que grava el rendimiento del capital y el trabajo, respecto del cual se puede decir que es un impuesto real, dado que recae sobre actividades sin tomar en cuenta circunstancias personales; y directo en la medida que recae directamente sobre la persona, empresa, sociedad que genera la renta y la riqueza.
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