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DEVOLVER EXHORTO


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  560 Palabras (3 Páginas)  •  4.590 Visitas

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AUQUITI, S.A. DE C.V., SOFOM E.N.R.

Vs

_____

JUICIO: Ejecutivo Mercantil

EXPEDIENTE: _____.

C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO DE PAZ CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL.

LIC______Z, en mi carácter de apoderado legal de AUQUITI S. A. DE C. V., SOFOM E.N.R., personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida en los autos al rubro citado, ante Usted, con el debido respeto comparezco para exponer:

Ocurro a exhibir exhorto sin diligenciar, mismo que remite el Juzgado Segundo Mixto de Primera Instancia en Pachuca de Soto Hidalgo, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar.

En alcance de lo anterior, es dable aclarar que por un error involuntario del Juzgado exhortado, indicó que el juzgado de origen es el “Juzgado Quincuagésimo Segundo de Paz Civil de México, D.F.” siendo que lo correcto debió de ser “Juzgado Quincuagésimo Séptimo de Paz Civil”, ahora bien, a pesar de que contiene dicho error, es por demás claro que dicho exhorto corresponde al Juzgado en que se actúa, ya que de una simple búsqueda que se realice en el libro de gobierno de este Juzgado, su Señoría podrá advertir que se trata del mismo asunto, por lo que solicito a su Señoría tenga a bien a tenerlo por presentado.

Así las cosas y vista la razón actuarial que obra en el exhorto en comento, solicito lo siguiente:

1.- Se gire de nueva cuenta atento exhorto al C. Juez competente en Pachuca de Soto Hidalgo, para el efecto de requerir a la C. Erika Olvera Guerra, el cumplimiento voluntario del pago al que fue condenada mediante Sentencia Definitiva del día 27 de septiembre de 2011, mismo que deberá de requerirse en el domicilio ubicado en Calle Circuito Yucatán número 441, manzana 19, Lote 21, Colonia San Cristóbal la Providencia, Código postal 42186, en la Ciudad Mineral de la Reforma, en el Estado de Pachuca Hidalgo.

2.- Se habiliten días y horas inhábiles para diligenciar el exhorto en comento, puesto que como se desprende del exhorto que hoy se devuelve, la diligencia se realizó a las DIEZ HORAS CON QUINCE MINUTOS, es decir, en hora y día hábil, donde después de tocar por un lapso de 15 minutos, nadie atiendo el llamado, por lo tanto es lógico y posible, que se pueda encontrar a mi contraria en días y horas inhábiles.

3.- Se tengan por autorizados para diligenciarlo, para oír y recibir todo tipo de notificaciones, valores y documentos a los licenciados en derecho:, Elizabeth Yazmín Pacheco Galván, Priscilia Leidy Vázquez Altamirano, Orlando Hernández Flores, Antonio Piña Zentella, Raymundo Jorge Medina Sánchez, Luis Miguel Rosas Galicia, Juan Carlos Ramírez Santana e Israel Antonio Mendoza Jiménez, dichas cédulas expedidas a su favor por la Dirección General de Profesiones de la Secretaria de Educación Pública,

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