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Defensoria Del Pueblo Panama


Enviado por   •  17 de Octubre de 2011  •  3.400 Palabras (14 Páginas)  •  1.339 Visitas

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Origen

Al hablar de su origen no solamente podemos referirnos a cuando se instituyó aquí en nuestro país, sino desde ¿cuándo y cómo?, aparece la figura del Defensor del Pueblo.

Es entonces, que nos podemos referir-y según la Exposición de Motivos- mediante la cual se presentó el Proyecto de Ley “por El Cual se crea la Defensoría del Pueblo” a que la expansión mundial de los regímenes democráticos con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, trajo consigo el aumento de las funciones llevadas a cabo por el Estado. Estas nuevas funciones constituían una intervención permanente en la vida de los ciudadanos, que hacía más probable los conflictos entre el poder estatal y los individuos.

A la luz de la legitimidad democrática en que se apoyaban esos regímenes, la omnipresencia del Estado debía balancearse con instrumentos mejorados de control de la actuación pública. Uno de esos instrumentos, puesto en práctica durante más de un siglo en los países escandinavos, se hizo muy popular. Se trataba del OMBUDSMAN, que pronto apareció con diversas modalidades y denominaciones en todo país con intenciones de consolidar su democracia.

En nuestro país, la idea de establecer la figura del OMBUDSMAN, se remonta a 1982 cuando aparece la primera tesis de licenciatura sobre el tema. Posteriores formulaciones sobre el OMBUDSMAN pasan como propuestas ciudadanas ante la Comisión de Reformas Constitucionales de 1992, que incluía la creación de un Tribuno del Pueblo.

En 1994 un grupo de legisladores presentó a instancias del Comité Panameño de Derechos Humanos, un proyecto de Ley que creaba la figura, sin embargo no ha sido sino hasta la creación de la Comisión AD-HOC para promover la Creación del Defensor del Pueblo, mediante Decreto Ejecutivo No. 172 de 27 de abril de 1995, que la idea del OMBUDSMAN panameño se ha proyectado con intensidad. Dicha comisión ha promovido con responsabilidad una idea que se estima propicia para consolidar nuestro régimen democrático, colando en manos del ciudadano común un instrumento ágil para corregir las arbitrariedades de las que pueda ser víctima.

Sin embargo, el aporte que debemos destacar sobre todos los demás es el del pueblo panameño. Convocados por la Comisión presidencial para dar su opinión en audiencias públicas, los dirigentes de organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos, de gremios profesionales, cooperativas, entidades gubernamentales, grupos indígenas y grupos representativos a la mujer entre otros.

La creación de la Defensoría del Pueblo en nuestro país fue un largo proceso en la cual intervinieron tanto organismos internacionales como nacionales y el Órgano Ejecutivo, quien se convenció de la necesidad de esta institución para consolidar nuestro régimen democrático y demuestra la voluntad de promoverlo e impulsarlo.

¿Qué es la defensoría del Pueblo?

Es una institución del Estado panameño, creada a través de la Ley No. 7 de 5 de febrero de 1997, para velar por la protección de los Derechos Humanos de todos los habitantes de la República de Panamá.

La Defensoría del Pueblo actúa con plena independencia y autonomía funcional, administrativa y financiera, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad u órgano del Estado.

Misión, Visión y Objetivo Estratégico:

Visión

Una institución autónoma e independiente, líder en la promoción, protección y defensa de los derechos humanos, vigilante de la administración pública, revestida de la jerarquía constitucional que le permita legitimar sus actuaciones frente a los poderes del Estado, con la autoridad e inmunidad que su naturaleza requiere.

Misión

Promover, proteger y defender el respeto a los derechos humanos, investigando, supervisando y denunciando actos, hechos u omisiones por parte de la Administración Pública o de concesionarios de servicios públicos.

Objetivo Estratégico

Promover una cultura ciudadana de respeto a los derechos humanos para contribuir a la consolidación de una democracia participativa.

Funciones

Cuando hablamos de las funciones de la Defensoría del Pueblo, debemos tener bien claro las siguientes:

• Controlar de modo no jurisdiccional los actos de la administración pública.

• Garantizar la protección de los Derechos Humanos y todos los demás derechos previstos en nuestra Constitución y los convenios internacionales.

Creación, competencia y acción

Están completamente separadas del tradicional sistema de administración de justicia. Ni en forma ni en fondo pretende imitar, invadir o suplantar la competencia y acciones del Órgano Judicial o del Ministerio Público.

En cumplimiento de sus funciones el Defensor o Defensora del Pueblo no crea, modifica o extingue relación jurídica alguna.

La Defensoría del Pueblo es una Institución que busca defender frente al Estado los intereses que afecten a todos.

Durante las audiencias públicas ha podido advertirse una clara tendencia a idealizar la figura al punto de otorgarle una inmensa cantidad de responsabilidades. Tal pretensión sólo resultaría en una entidad ineficaz. La clave del éxito del Defensor o Defensora del Pueblo está en la clara demarcación de sus límites de acción.

Ley No. 7 de 5 de febrero de 1997. Por la cual se estableció la Institución en la República de Panamá.

Según la ley arriba mencionada, veremos una serie de puntos sobre los cuales se conforma la Defensoría del Pueblo.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DECRETA:

Según el TÍTULO I de las Disposiciones Generales en el Artículo 1, tenemos

ARTÍCULO 1:

Se crea la Defensoría del Pueblo, como institución independiente, que actuará con plena autonomía funcional, administrativa y financiera, sin recibir instrucción de ninguna autoridad, órgano del Estado o persona.

ARTÍCULO 3:

Las actuaciones del titular de la Defensoría del Pueblo en el ejercicio de sus atribuciones, no son susceptibles de recursos ni de acciones administrativas o jurisdiccionales.

Según el TÍTULO II de las Atribuciones y Facultades de la Defensoría del Pueblo.

Según el Artículo 4, la Defensoría del Pueblo tendrá las siguientes atribuciones:

1) Investigar los actos u omisiones de las autoridades y de los servidores públicos que impliquen violaciones a los derechos establecidos en el Título III de la Constitución

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