Delitos Ambientales
Enviado por michellalva • 20 de Octubre de 2013 • 1.682 Palabras (7 Páginas) • 312 Visitas
Introducción:
Los problemas ambientales seguirán aumentando, poniendo en riesgo la salud humana, la vida silvestre y la vitalidad de los ecosistemas que son los cimientos de la vida actual y futura. El hombre, para satisfacer sus propias necesidades, incide o influye sobre el ambiente de diferentes maneras, utiliza el área natural y la transforma en espacio cultural, extrae recursos causando alteraciones a los sistemas naturales, como cuando saca madera de un bosque y daña árboles que no utiliza, cuando pesca con red y mata peces que no le interesan, cuando extrae un mineral de la tierra destruyendo toda una montaña. Transforma para su provecho muchos recursos naturales generando, en la mayoría de los casos, desechos o basuras que contaminan por su cantidad o sus características.
Tanto en las ciudades, en el campo y en las áreas protegidas se da el incumplimiento de leyes y normas que buscan su conservación. Se trata de un problema complejo en el cual las causas y los responsables son muchos. En algunos casos por ignorancia, en otros, debido a intereses particulares o sectoriales entre los cuales se encuentra el egoísmo y la búsqueda de ganancias rápidas y desmedidas, sin tomar en cuenta que el daño que se le causa al ambiente es irreversible
DELITOS AMBIENTALES
Constituyen delitos ambientales “aquellos actos y omisiones calificadas como
tales en el Código Penal.”
Debemos de reconocer que en la doctrina existen limitaciones para determinar el
delito ambiental, por tal motivo, trataremos de elaborar con los elementos generales del
delito un concepto que se adecué, tomando en cuenta la bibliografía consultada en
materia ambiental, por lo tanto,se define al delito ambiental así:
Delito ambiental: “Es toda acción u omisión humana, antijurídica, culpable y
punible, que ponga en riesgo la salud, el entorno ambiental y la biodiversidad”.
Elementos Esenciales
El delito es un acto humano: “Es una acción u omisión, así que cualquier mal o
daño, por graves que sean sus consecuencias individuales o colectivas, no podrá ser reputado como delito si no tiene su origen en la actividad humana; los hechos de los animales, los acontecimientos fortuitos ajenos al obrar humano no pueden constituir delito.
Dicho acto humano ha de ser antijurídico, ha de estar en oposición con una
norma jurídica, debe lesionar o poner en peligro un interés jurídicamente protegido.
Pero no basta la mera contraposición a la norma jurídica, no toda acción antijurídica
constituye delito, es preciso que corresponda a un tipo legal (figura de delito), definido
por la ley, ha de ser un acto típico. Así, pues, el acto debe ser no sólo antijurídico, sino
de una antijuricidad tipificada.”
El acto ha de ser culpable, imputable a dolo (intención) o a culpa (negligencia) y
una acción es imputable cuando puede ponerse a cargo de una determinada persona.
La ejecución o la omisión del acto debe estar sancionado con una pena, sin la
conminación de una penalidad para la acción o la omisión no existe delito.
Si concurren estos aspectos; acción, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad hay
delito.
A continuación se explicará los elementos que diferencian al delito ambiental
con otros delitos:
*La salud: “(Del latín salus,-utis.) Estado en que el ser orgánico ejerce
normalmente todas sus funciones.”
*Entorno ambiental: “Comprende los sistemas: atmosférico (aire); hídrico (agua);
lítico (roca y minerales); edáfico (suelos); biótico (animales y plantas), elementos
audiovisuales y recursos naturales y culturales.”
*Biodiversidad: Totalidad de genes, especies y ecosistemas de una región.
Sujetos del delito
1 Sujeto activo: “Solamente el hombre puede ser sujeto del delito, sólo el hombre
puede ser denominado delincuente. Las antiguas aberraciones, existentes en tantos
países y legislaciones, por las que exigía responsabilidad criminal a los animales, y aun
a los seres inanimados, tan sólo merecen recordación a título de curiosidad jurídica.”
Describir el comportamiento humano dañoso del ambiente que merezca la
represión penal es una tarea muy ardua porque:
a) “El ambiente puede dañarse con medios y de modos muy diversos como por
ejemplo; modificando su forma o su movimiento, contaminándolo, afeándolos,
haciéndolo más peligroso, alterando su temperatura o luminosidad o
atravesándolo con rayos y ondas.
b) La intención del trasgresor ambiental algunas veces no es dañar el ambiente.
Busca simplemente un beneficio económico o una comodidad sabiendo o
presumiendo que su acción u omisión imprudente o negligente puede dañar a
través del ambiente a los terceros que generalmente no conoce, que pueden estar
muy lejos y hasta pueden pertenecer a generaciones venideras. Su peligrosidad
suele exteriorizarse solamente en lo ambiental.
c) Frecuentemente el daño resulta de las acciones de pluralidad de agentes. Los
sujetos activos y pasivos tienden a hacerse difusos.
d) Generalmente no hay identidad entre quien causa el daño y quien se beneficia con
él. Es muy frecuente que el causante del daño actúe en pro de un mandante que
no le encomendó destruir o dañar el ambiente pero sí obtener beneficios
económicos. La alternativa del mandatario puede ser fracasar en su cometido o
dañar el ambiente; puede hasta haber un mandato implícito de obtener los
beneficiosaún dañando.”
2 Sujeto pasivo: En el caso de los delitos ambientales el sujeto pasivo es: la salud, el entorno ambiental y la biodiversidad.
El sujeto pasivo del delito es el titular del derecho o interés lesionado o puesto en
peligro por el delito.
Bien jurídico tutelado
El valor fundamental, objeto de la protección legal ambiental, no es otro que el
derecho humano a un “vivible” o “sano” ambiente y los derechos
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