Derecho Civil General
Enviado por malhyri • 17 de Febrero de 2012 • 1.170 Palabras (5 Páginas) • 844 Visitas
PREPARATORIO PRIVADO I- HISTORIA DEL DERECHO ROMANO-DERECHO ROMANO-CIVIL GENERAL Y PERSONAS- DERECHO FAMILIA-SUCESIONES.
DERECHO CIVIL: Conjunto de normas que buscan regular las relaciones de los particulares o del estado en relación a sus actividades personales, familiares y patrimoniales.
INSTITUTOS DEL DER. CIVIL: INSTITUCION: ES UNA INTEGRACION DE DIFERENTES NORMAS.
A. PERSONA: es un sujeto de derecho al cual se le aplican las normas del derecho civil. Son:
Natural: individuo de la especie humana
Jurídica: ente ficticio. Es una ficción legal
B. FAMILIA: Religiosa, civil, maternal y nuclear. El matrimonio actualmente nace de la voluntad de dos personas de convivir juntos.
La familia nuclear nace de vínculos de afinidad, consanguinidad y económicos.
La ley 25 de 1992 establece que la familia puede nacer de cualquier matrimonio religioso.
C. NEGOCIO JURIDICO: Es un medio que tienen los sujetos de derecho para establecer relaciones jurídicas.
Es un acuerdo de voluntades que busca disponer de intereses que la ley autorice.
D. PROPIEDAD PRIVADA: Es un concepto. Tienes dos criterios.
• Jurídico: se entiende como el dominio que se tiene sobre un bien. puede ser para usarlo (usufructuarlo) o para disponer del bien.
• Económico: es el dominio sobre los modos de producción (tierra, capital, trabajo y tecnología= RIQUEZA).
FUENTES DEL DERECHO CIVIL GENERAL Y PERSONAS
FUENTE: De donde se origina algo.
• Material: lo que sucede en la sociedad: políticas, finanzas, etc. Dan origen a las normas jurídicas.
• Formal: son aquellas las cuales son obligatorias y rigen nuestros actos.
La única fuente formal reconocida en la constitución es la A. LEY. ART. 4 C.C CRITERIO FORMAL: Es una declaración de la voluntad soberana manifestada en la constitución y su carácter general es mandar, prohibir, permitir o castigar.
CRITERIO MATERIAL: La ley es toda manifestación proveniente del estado que regula conductas humanas o establezca reglas de derecho ej. Acuerdos, ordenanzas, resoluciones y decretos.
B. COSTUMBRE: Hace parte del derecho privado. Se aplica cuando existen vacios en la ley.
• Costumbre objetiva: es un conjunto de actos públicos, uniformes, repetitivos, generales y con vinculación jurídica que realizan las personas.
• Costumbre subjetiva: conciencia jurídica de aceptación. La persona que realiza esos actos repetitivos crea dentro de su conciencia que esos actos son obligatorios generando efectos jurídicos.
Tipos de costumbre: ley 153 de 1887. Art. 13. La costumbre, siendo general y conforme a la moral cristiana, constituye derecho a falta de legislación positiva.
a. Secundum legen-costumbre según la ley: no llena ningún vacion de la ley pero ayuda a interpretarla.
b. Practer legem-costumbre a falta de ley: cuando la ley no regula una parte determinada se suple ese vacío con la costumbre.
c. Contra legem-costumbre en contra de la ley. Se aplica la ley preferentemente. Art. 8 CC.
C. CRITERIOS AUXLIARES:
• JURISPRUDENCIA: Conjunto de decisiones de las altas cortes de justicia. En Colombia es interpretativa y no obligatoria.
• DOCTRINA: Conjunto de estudios que realizan los estudiosos del derecho. Art. 10 ley 153 de 1887 modificado por la ley 169 de 1869 art. 4.
• EQUIDAD: darle a cada quien lo que le corresponde según lo que haya hecho
• PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: Es una mezcla entre la ley y la jurisprudencia y consiste en criterios legales que han sido desarrollados jurídicamente.
Son de obligatorio acatamiento y son la fuente final a la que deben recurrir todo interprete cuando necesite llenar una laguna o vacio del código o la ley.
a. Buena fe: art. 768-769-764 CC. la Buena fe indica que cada cual debe celebrar sus negocios, cumplir sus obligaciones y en general ejercer sus derechos, mediante el empleo de una conducta de fidelidad.
b. Buena fe creadora de derechos- buena fe exenta de culpas o cualificada: tiene la virtud de crear de la nada una determinada realidad jurídica.
c. Imprevisión: los contratos deben cumplirse en la forma convenida por los contratantes pero puede suceder que el intervalo
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