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Derecho Civil


Enviado por   •  2 de Julio de 2015  •  759 Palabras (4 Páginas)  •  192 Visitas

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19.5 Diferentes especies de albacea

Por el origen de su nombramiento:

1. Testamentarios.

2. Legítimos.

3. Convencionales.

Por la forma del ejercicio del cargo:

1. Solidarios o mancomunados

Por la extensión de sus facultades:

1. Universales o particulares.

19.6 Renuncia y excusa

Denominó renuncia a la declaración unilateral de voluntad por la cual el albacea llamado, manifiesta su intención de no desempeñar la función para la que ha sido nombrado, la cual debe efectuarse al igual que la aceptación luego de la muerte del testador, y queda perfeccionada desde que se emite.

• El cargo de albacea es voluntario, pero una vez aceptado, se tiene la obligación de desempeñarlo, bajo la sanción de pagar los daños y perjuicios que se causen por el NO ejercicio del mismo.

• El albacea que renuncie sin justa causa, perderá lo que le hubiere dejado el testador.

• El albacea que renuncie con justa causa, no perderá lo que le hubiere dejado el testador, a no ser que aparezca que se le benefició exclusivamente con el objeto de remunerarlo por el desempeño de su cargo.

19.7 Retribución

El albacea, es una actividad retribuida. El testador puede señalar al albacea la retribución que quiera. Si no la designare, el albacea cobrara el dos por ciento sobre el importe líquido y efectivo de la herencia, y el cinco por ciento sobre los frutos industriales de los bienes hereditarios.

19.8 Obligaciones y derechos del albacea

El albacea nombrado por el testador tiene como primordial obligación cumplir con las disposiciones del testamento.

Todos los albaceas, cualquiera que sea su origen, deben:

A) asegurar los bienes de la herencia.

B) formular los inventarios y avalúos.

C) tramitar el juicio sucesorio, presentando el testamento, si lo tiene; representar a la herencia en todos los juicios relativos a los bienes hereditarios, defender la validez del testamento y contestar las peticiones de la herencia.

D) administrar la herencia y rendir cuantas de su gestión. (pagar deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias) y distribuir los productos de los bienes mientras se realiza la partición.

E) efectuar la partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios.

F) caucionar su manejo por fianza, prenda o hipoteca. El testador no puede eximirlo de esta obligación, pero pueden hacerlo los herederos. Si el albacea es heredero o legatario su porción o legado servirán de garantía.

El albacea no puede:

• Gravar o enajenar los bienes de la herencia. En su caso solo con el acuerdo de todos los herederos o autorización judicial. Pueden venderse los bienes sucesorios cuando estos puedan deteriorarse y sea difícil su conservación, o sea ventajosa la venta de los frutos.

• Dar en arrendamiento

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