Derecho I
Enviado por MichPMurillo • 3 de Enero de 2015 • 2.374 Palabras (10 Páginas) • 242 Visitas
Derecho I
Enunciar las características de la norma jurídica.
Regla de conducta dictada por un poder legítimo para regular la conducta humana. La norma prescribe, prohíbe, autoriza o permite determinada conducta individual o social. Atendiendo a este significado, cuando se habla de norma se está haciendo referencia al contenido de un texto jurídico, sea éste de rango constitucional, legal o reglamentario y, en general, de cualquier disposición que genere obligaciones y derechos.
Describir el origen del derecho.
El origen del Derecho se basa en la necesidad impuesta por la condición social del ser humano. La palabra Derecho se originó en el vocablo latino “derectum” que significa recto, referido al fiel de la balanza, que mantiene en equilibrio a ambos platillos, tratando de lograr un equilibrio entre los derechos contrapuestos.
Enunciar la definición de derecho.
El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad.
Señalar las diferentes fuentes del derecho.
• Fuentes escritas y no escritas:
-Las fuentes escritas, también se conocen como fuentes directas, y se dan de esta manera cuando encierran en sí las normas jurídicas aplicables (ley, costumbre). Se refiere a las fuentes jurídicas según que estas contengan la norma en sí mismas. Serán directas las que contienen: la Constitución, la ley, los reglamentos, las ordenanzas, etc.
-Las fuentes no escritas, también conocidas como racionales o indirectas, se presentan cuando, sin contener en sí mismas las normas jurídicas, ayudan a interpretarlas, aplicarlas, producirlas, coadyuvan a su explicación y sirven para su conocimiento. Tales por ejemplo: jurisprudencia, doctrina, principios generales del Derecho, analogía y equidad.
• Fuentes Históricas:
Son documentos históricos que hablan o se refieren al Derecho. En la antigüedad estos documentos eran muy diversos (papiros, pergaminos, tablillas de arcilla en las que algunos pueblos estampaban sus leyes y contratos). Se refiere a las fuentes jurídicas según su aplicación en el tiempo. Serán vigentes las fuentes positivas actuales que no han sido derogados por otra ley o el reglamento que no ha sido substituido por otro, estas serán históricas las fuentes que han perdido su vigencia y se sitúan en la historia del Derecho Positivo.
• Fuentes Formales:
Se definen por ser "aquellos hechos o actos a los cuales se les atribuye una específica aptitud para crear normas jurídicas. Se considera que las fuentes formales son las mismas directas. Pero, se les da esta denominación pretendiendo aludir a dos aspectos:
- A la fuerza o poder creador, por ejemplo: El Poder Legislativo.
- A la forma misma de la creación de ese poder, en el ejemplo: La ley.
• Fuentes Materiales y Reales:
Son los problemas que surgen de la realidad histórica de cada pueblo y que son regulados por el Derecho, es decir, son los factores y elementos que determinan el contenido de las normas jurídicas como aquellos factores políticos, sociales, y económicos que contribuyen a la formación del derecho y que deben ser tomados en cuenta por los legisladores para crear normas jurídicas.
Explicar las diversas fuentes formales.
La legislación, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
FUENTES FORMALES DEL DERECHO
Las fuentes formales del derecho son:
La legislación, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.
- La legislación. Es la actividad del Estado, tendiente a la creación, promulgación y sanción de las normas del Derecho, aún sin el consentimiento directo de los individuos, teniendo como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.
- La costumbre. Es un uso implantado en una colectividad y considerado por ésta como jurídicamente obligatorio; es el derecho nacido consuetudinariamente.
- La jurisprudencia. Es el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los Tribunales, como órganos cuya función es la interpretación de la Ley. La norma jurisprudencial no es obligatoria, sino en el caso de que se aplique la misma interpretación en cinco casos concretos y no interrumpidos por otra en contrario.
- La doctrina. La conforman los estudios científicos de los juristas, ya sea con el fin de sistematizar sus preceptos, ya para interpretar las normas jurídica y su aplicación.
Diferenciar las clasificaciones de derecho.
El derecho público establece las relaciones que existen entre los asociados de un país o nación y la constitución de este o aquella, se relaciona con los derechos y obligaciones de todos los nacionales que habitan tal o cual país, dentro de este tipo de derecho, se encuentran los contratos que la nación a través de los tres órganos representativos, ejecutivo, legislativo y judicial celebran con las personas jurídicas o naturales también se deduce de la responsabilidad contractual o extra contractual que pueda caberle al estado para que las personas naturales o jurídicas puedan perseguir resarcimiento de daños o protección de derechos ciudadanos.
Derecho privado : es el que rige para las relaciones estrictamente entre particulares como por ejemplo un contrato laboral entre una persona jurídica ( empresa, o establecimiento comercial, que también puede ser el estado como contratista o contratante ) y una persona natural en este caso quien presta el servicio para el cual es contratado, tales relaciones de particularidad también pueden darse entre personas jurídicas por ejemplo una empresa o industria ( privada ) contrata los servicios de publicidad con otra empresa establecida para producir comerciales.
Especificar los términos conceptuales de derecho.
- Acreedor hipotecario: es el que dio crédito asegurándolo sobre uno o más inmuebles del que tiene una deuda.
- Curador: es la persona indicada para administrar los negocios o los bienes de alguien que está incapacitado.
- Delito: es el acto ilícito ejecutado con intención de dañar a la persona o sus derechos.
- Edicto: prevenir alguna cosa o tomar de antemano alguna determinación que sirva de regla.
- Gravamen: carga impuesta sobre un inmueble o cosa.
- Hipoteca: es el derecho real constituido en seguridad de un crédito en dinero, sobre los bienes inmuebles que continúan en poder del deudor.
- Posesión: estrictamente es el poder de hecho
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