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Derecho Procesal Administrativo - Caso De Notario


Enviado por   •  22 de Agosto de 2013  •  409 Palabras (2 Páginas)  •  638 Visitas

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Derecho Procesal Administrativo - Caso de Notario

Caso: Un Notario otorga una escritura de donación, la escritura no es inscrita en el registro correspondiente, Se interpone un contencioso administrativo. El Notario ¿Es titular de un derecho subjetivo o interés legitimo?

Se debe de decir primero de que en el derecho administrativo, no solo la titularidad de un derecho subjetivo confiere legitimación para los sujetos para tener una tutela efectiva, sino que también teniendo la titularidad de un interés directo, este puede ser suficiente para tener un suporte jurídico para “ostentarla”. Es decir que el derecho administrativo no solo da derechos subjetivos a los ciudadanos, sino que también contempla situaciones en los cuales resultan afectados por la actuación administrativa alguien más que el titular del derecho. Se puede decir que un interés directo puede ser definido como aquel interés que está amparado en la legalidad, real y actual que ocurre en un sujeto de derecho cuando un determinado acto administrativo afecta su esfera de derecho, de tal modo que de anular ese acto elimina un perjuicio de cierta índole. Habiendo dicho esto los perjuicios que el Notario pudiese tener al no poder registrar la escritura de donación seria primero el afecto a su patrimonio ya que el no podrá cobrar honorarios por esto, a su prestigio ya que al no poder inscribirla, el Notario queda mal con el cliente, cliente que no volverá a requerir de sus servicios en un futuro y puede por leve que sea afectarle en su carrera profesional. El derecho subjetivo en si son las facultades y derechos que les son reconocidos a las personas mediante el ordenamiento jurídico. Cuando a una persona se le ha afectado o coartado alguno de estos derechos es cuando este puede tener un derecho subjetivo. En el caso especifico, el interés subjetivo lo tiene la persona a la cual se le hizo la escritura de donación ya que es un derecho que este tiene poder inscribir este tipo de documentos en el registro pertinente. Habiendo analizado el caso, el Notario tiene un interés legitimo en esto ya que por este acto tendrá ciertos perjuicios que van a afectarlo como son el patrimonial o el de su prestigio como profesional. Mientras que el derecho subjetivo en el caso lo tiene el cliente del Notario que no pudo inscribir la escritura de la donación a favor de este mismo cliente, por lo cual a ambos les favorece anular el acto realizado por la administración.

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