Derecho Romano
Enviado por geovany22 • 22 de Mayo de 2013 • 1.068 Palabras (5 Páginas) • 399 Visitas
LA TEORIA DE LAS PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD UNIDAD V
UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
ROFRA: LIC. KARLA BARRAGÁN DÍAZ.
ALUNMO: GEOVANY FRANCISCO ALVARADO MANRIQUEZ.
SECCION 46
CICLO ESCOLAR 2012- 2013
Definir y diferenciar a la Pena o Sanción:
Pena:
a) Reacción social jurídicamente organizada contra el delito.
b) Sufrimiento impuesto por el Estado, en ejecución de una sentencia, al culpable de una infracción penal.
c) Mal que el juez infringe al delincuente a causa del delito.
d) Castigo legalmente impuesto por el Estado al delincuente.
Medida de Seguridad: Son tratamientos de naturaleza preventiva que responden al fin de la seguridad, no tienen carácter aflictivo alguno, intentan de modo fundamental la evitación de nuevos delito. Intentan abarcar a la pena como a la medida de seguridad, es decir, conjuntar represión-prevención.
Explicar en qué consiste la Penología: En el conjunto de disciplinas que tiene por objeto el estudio de las penas, su finalidad y su ejecución.
Características de la Pena:
Intimidatoria: Evita en algunos la delincuencia, por el temor de su aplicación.
Ejemplar: Sirve de ejemplo no solo al delincuente, sino a la población en general.
Correctiva: Al producir la readaptación.
Eliminatoria: Ya sea temporal o definitiva.
Justa: Pues la injusticia acarrearía males mayores.
Clasificación de las Penas:
Por su fin Preponderante: Según se aplique a sujetos no corrompidos, a individuos ya maleados, pero susceptibles de corrección, o a inadaptados peligrosos.
Por el Bien Jurídico: Contra la vida (pena capital), Corporales (no aceptadas en nuestro país), Contra la libertad (prisión la misma conocida), Pecuniarias (multa y reparación del daño) y Contra ciertos derechos (destitución, inhabilitación).
Cuáles son las sanciones y las medidas de seguridad:
Prisión con Trabajo Obligatorio: Consiste en la privación de la libertad corporal y su duración será de tres días a cuarenta años, conforma a la penalidad establecida por el tipo penal, impuesta con trabajo obligatorio por todo el tiempo de su duración.
1. Confinamiento: Obligación de residir en un lugar determinado y no salir de él, no podrá exceder de 5 años.
2. Prohibición de ir a Lugar Determinado o de Residir en él: Prohibición de ir a lugar determinado o de residir en él, no podrá exceder los 5 años.
3. Multa: Sanción económica, en días de salario, cuando no pudiere pagar la multa o solamente pudiera pagar parte de ella, el juez fijara en sustitución los días de prisión.
4. Reparación del Daño: Comprende:
I. La restitución o el pago del precio correspondiente.
II. Resarcimiento del daño material y moral causado, incluyendo el pago de los tratamientos curativos.
5. Inhabilitación, Suspensión Y Privación de Derechos:
A. Suspensión: Perdida temporal de derechos, funciones, cargos, empleos o comisiones. Se origina por :
I. Ministerio de ley, si es consecuencia necesaria de otra sanción.
II. Por imponerse como sanción independiente.
B. Privación: Perdida definitiva de los mismos.
C. Inhabilitación: Una incapacidad legal temporal o definitiva para obtener y ejercer aquellos.
6. Detención y Suspensión de Funciones o Empleos.
7. Publicación especial de sentencia: Inserción total o parcial de ella en uno o dos periódicos que circulen en la localidad, escogidos por el juez, si lo pide el sentenciado o el ofendido éstos cubrirán el gasto respectivo.
8. Decomiso de los instrumentos del delito: Los instrumentos del delito, así como las cosas que sean objeto o producto de él, si son de su uso prohibido, si son de uso lícito, se decomisarán cuando el delito sea intencional.
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