Derecho Y Deberes De Los Venezolanos
Enviado por cyberjuanss4 • 10 de Febrero de 2014 • 2.915 Palabras (12 Páginas) • 291 Visitas
Deberes y Derechos de los Venezolanos
Los deberes constituyen el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia y certeza jurídica, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter en un lugar y momento dado. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.
Los conceptos de Derecho positivo y el Derecho vigente se pueden reducir a que el primero es el que se aplica y el segundo es el que el órgano legislativo pública para ser obedecido en tanto dure su vigencia, mientras no sea sustituido por medio de la abrogación o derogación. Por lo tanto no todo Derecho vigente es positivo, es decir hay normas jurídicas que tienen poca aplicación práctica; es decir, no es Derecho positivo pero si es Derecho vigente.
Derechos Individuales.
Expresado en el Artículo 19 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, el cual reza: “El Estado garantizará a toda persona el goce y el ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos”. La Constitución Nacional es muy clara en materia de derechos individuales y lo expresa en otros capítulos como es el número III correspondiente a los Derechos Civiles, donde se garantiza la integridad del ciudadano, y en el capítulo VI de Derechos Políticos donde se garantiza al ciudadano su participación en Asuntos Políticos.
Derechos sociales y de las familias.
Se expresa en el capítulo V de la Constitución, donde en 23 artículos se establecen los derechos concernientes a la protección del individuo y a su familia. “El Estado protegerá a las familias como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas. Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes, la solidaridad, el esfuerzo común, la comprensión mutua y el respeto recíproco entre sus integrantes. El Estado garantiza la protección a la madre, al padre o a quienes ejerzan la jefatura de la familia...” (Capítulo V, Artículo 75).
Derechos económicos
Toda persona puede dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin más limitaciones que la prevista en esta Constitución y las que establezcan las leyes, por razones de desarrollo humano, seguridad, sanidad, protección del ambiente u otras de interés social. Artículo 112.
Derechos políticos
Todo ciudadano y ciudadana tiene derecho de participar libremente en asuntos políticos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
Derechos de los pueblos indígenas.
En el Capítulo VIII de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela se presenta este innovador Derecho que garantiza la integridad de los pueblos y comunidades indígenas. “El Estado reconocerá la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política, económica, sus culturas y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar su forma de vida..." (Capítulo VIII, Artículo119).
Derechos ambientales.
“... Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima y las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley”. (Capítulo IX, Artículo 127).
Según la CRBV
Capítulo X
De Los Deberes
Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.
Artículo 131. Toda persona tiene el deber de cumplir y acatar esta Constitución, las leyes y los demás actos que en ejercicio de sus funciones dicten los órganos del Poder Público.
Artículo 132. Toda persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia democrática y de la paz social.
Artículo 133. Toda persona tiene el deber de coadyuvar a los gas tos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la ley
Artículo 134. Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el deber de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país, o para hacer frente a situaciones de calamidad pública. Nadie puede ser sometido a reclutamiento forzoso.
Toda persona tiene el deber de prestar servicios en las funciones electora les que se le asignen de conformidad con la ley.
Otros Deberes
Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales;
Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
Propender al logro y mantenimiento de la paz;
Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
Derechos civiles de los venezolanos
De acuerdo con nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los derechos civiles se clasifican en:
Derechos de nacionalidad y la ciudadanía.
Derechos culturales y educativos.
Derechos políticos y de referendo popular.
Derechos de los pueblos indígenas.
Derechos sociales y de las familias.
Derechos ambientales.
A manera de información se presenta a continuación una breve reseña de los artículos de la Constitución Nacional referente a los Derechos Individuales.
El derecho a la vida: lo cual se aplica a la ilegalidad de la pena de muerte.
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