Derecho administrativo
Enviado por ce5ar15 • 3 de Octubre de 2014 • Informe • 551 Palabras (3 Páginas) • 366 Visitas
Cuando hablamos de codificación del Derecho administrativo en nuestro medio, inmediatamente pensamos en la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General que este año cumplirá 14 años de aniversario ya que fue promulgada el 21 de marzo del 2001 . A través de esta reflexión me propuse analizar el proceso de codificación, las acepciones de ese término, su componente político y constitucional, sus fines y esclarecer, si en nuestros días la codificación es alcanzable para su realización y que tan ventajoso podría ser no sólo para sus operadores sino también para los administrados. Además, analizaré las tesis que niegan la posibilidad de tal codificación citando a doctrinarios muy trascendentes en nuestro medio. Nos plantearemos si la codificación del Derecho administrativo debe ser integral o parcial, si resulta oportuna y posible, habida cuenta de algunas características singulares de nuestra disciplina jurídica y de varios factores históricos y sociales. Ulteriormente, determinaremos si la codificación del Derecho Administrativo tiene actualidad y cuáles son sus perspectivas, haciendo énfasis particular en todas aquellas medidas y previsiones que, desde nuestra perspectiva, deben orientar la tarea codificadora en el Derecho Administrativo.
Citando a FALZEA ha manifestado que un código constituye lo que la cultura humana ha producido de más evolucionado y perfecto en el sistema cultural del Derecho, ofreciendo a los ciudadanos irremplazables instrumentos de conocimiento de las reglas que rigen su actividad .
Esclarecido ese panorama general, pasaremos a efectuar el desarrollo completo del presente ensayo.
Si bien es cierto, nuestro tema se centra en la “codificación” del Derecho Administrativo, pero ¿A qué se refiere el término “codificación”? La expresión codificación se puede emplear en dos sentidos uno más antiguo y otro relativamente moderno. Según una acepción antigua, la codificación hace referencia a una recopilación de leyes o normas jurídicas de carácter sectorial surgidas aislada y esporádicamente que se encuentran dispersas y que no forman un solo cuerpo, por lo que conservan sus particularidades o fisonomía inicial (v. gr. Corpus iuris civilis del Derecho romano justinianeo, el Corpus iuris canonici del Derecho Canónico, compilaciones pre-justinianeas como los Códigos Gregoriano, Hermogeniano o Teodosiano, las Siete Partidas de Alfonso el Sabio, las Leyes de Indias, la “Novísima recopilación de las leyes de España” de 1805, etc.). Esa reunión de normas puede obedecer a razones de materia o simplemente de seguridad jurídica para conocer el universo normativo existente, por lo que se traduce en una simple acumulación de textos inalterados, desprovistos de unidad y coherencia, referidos a una pluralidad de supuestos concretos y que conservan cada uno su valor y eficacia. Y según una acepción más
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