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Derechos Del Sentenciado


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2013  •  996 Palabras (4 Páginas)  •  763 Visitas

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BENEFICIOS DEL ACUSADO Y SENTENCIADO

ARTICULO 20 DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

APARTADO B

DE LOS DERECHOS DE TODA PERSONA IMPUTADA:

I.- A que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la cusa;

(derecho a que se presuma inocente a que se demuestre lo contrario)

II.- A declarar o aguardar silencio. Desde el momento de su detención se le harán saber los motivos de la misma y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio. Queda prohibida y será sancionada por la ley penal, toda incomunicación, intimidación o tortura. La confesión rendida sin la asistencia del defensor carecerá de todo valor probatorio.

(Tenemos derecho a declarar o a no hacerlo y nadie nos puede obligar de hacerlo.) esta estipulado en el los artículos 29 fracción II y III apartado a), 232 fracción III apartado a) y 262 del Código de Procedimientos penales del estado Michoacán,

III.- A que se le informe, tanto en el momento de su detención como en su comparecencia ante el Ministerio Público o el juez, los hechos que se le imputan y los derechos que le asisten. Tratándose de delincuencia organizada, la autoridad judicial podrá autorizar que se mantenga en reserva el nombre y datos del acusador.

La ley establecerá beneficios a favor del inculpado, procesado o sentenciado que presente ayuda eficaz para la investigación y persecución de delitos en materia de delincuencia organizada;

(tiene derecho a que se le diga de que se le acusa o por que es detenido, derecho de que sele agá saber cuales son sus derechos como imputado) esto lo refuerzan los artículos 29 fracción II 232 fracción III apartado a) del código de procedimientos penales del estado de Michoacán

IV.- Se le recibirán los testigos y demás pruebas pertinentes que ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la competencia de las personas cuyo testimonio solicite, en los términos que señale la ley;

Lo refuerzan los artículos 29 fracción III apartado e), 251 y 258 del código de procedimientos penales del estado

V.- Será juzgado en audiencia pública por el juez o tribunal. La publicidad sólo podrá restringirse en los casos de excepción que determine la ley, por razones de seguridad nacional, seguridad pública, protección de las víctimas, testigos y menores, cuando se ponga en riesgo la revelación de datos legalmente protegidos, o cuando el tribunal estime que existen razones fundadas para justificarlo.

En delincuencia organizada, las actuaciones realizadas el la fase de investigación podrán tener valor probatorio, cuando no puedan ser reproducidas en el juicio o existan riesgos para testigos o victimas. Lo anterior sin perjuicio del derecho del inculpado de objetarlos o impugnarlas y aportar pruebas en contra;

Lo refuerzan el articulo 142 del código de procedimientos penales del estado de Michoacán

VI.- Le serán facilitados todos los datos que solicite para su defensa y que consten en el proceso.

El imputado y su defensor

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