Dimensiones Del Derecho
Enviado por belkisherrera • 20 de Junio de 2014 • 1.616 Palabras (7 Páginas) • 295 Visitas
DIMENCIONES DEL DERECHO
Justicia, validez, eficacia:
EFICACIA DEL DERECHO
En general, la eficacia del derecho se refiere a los efectos de las normas, esto quiere decir a la aplicación de su contenido y al cumplimiento de estas. De manera que el derecho será eficaz si consigue de cierta forma controlar el comportamiento humano.
En el momento de expedir una ley, es decir, de tomar una decisión legislativa, esta será juzgada como eficaz, si el resultado de ella es logrado con un mínimo de medios, o si con esos medios se dé un grado máximo de realización del resultado. Dos funciones específicas del derecho en términos de eficacia:
Al hablar de eficacia instrumental y simbólica, como García lo decía en su lectura, en el Estado Social, la eficacia esta acordada no solo por la lógica interna y instrumental del derecho, sino también por razones fundamentales, que condicionan la creación y aplicación de esas normas. La eficacia simbólica viene de que las normas son símbolos que crean, simbolizan y regulan algunas realidades. Los objetivos detrás de la eficacia simbólica, la idea de interés general aunque no sepamos que es, creemos y estará mal visto estar en contra de este interés general. Es un mito para poder pensar en el derecho como un transformador de nuestros comportamientos.
El derecho no siempre se promulga para ser aplicado, a veces se crea para ser promulgado. Cuando se aplica y resulta ineficaz, su ineficacia no se puede entender como un fracaso sino como un propósito implícito perseguido por el derecho mismo. Surge entonces una pregunta más allá de las causas del fracaso del derecho: ¿En qué medida dicho fracaso responde mejor a un juego de poder dentro del cual el derecho cumple una función determinante? Desde una perspectiva socio jurídica esto se explica a partir de tres tipos de relaciones teóricas: la relación saber-poder, la relación lenguaje-realidad y la relación discurso político-intereses sociales. Estas relaciones se encuentran determinadas por una dimensión simbólica que les proporciona su sentido y alcance. Lo simbólico elimina la distinción radical entre lo subjetivo y lo objetivo. (García Villegas, “La eficacia Simbólica del Derecho").
Bien sabemos que la eficacia de unas normas es nula, y aunque esto sea así, no se hace nada para cambiarlas y volverlas eficaces, o en tal caso crear otras que tengan efectos contundentes en la sociedad.
El derecho como visión tradicional tiene como función una herramienta como encaminar y delimitar el comportamiento de la gente, que está bien y que está mal hecho en la sociedad. Incluso Kelsen, el más positivista, diría que la incidencia social del derecho es más importante que la justicia del mismo. Como herramienta de definición de los comportamientos sociales; la eficacia de la norma es mas importante que la justicia del contenido de la norma.
Es claro que el derecho no podrá someter a su dominio cada una de las cosas que pasan a su alrededor, sean acciones u omisiones, lo cual conocemos como eficacia instrumental, pero lo que s puede hacer es asegurar la manera de controlar el comportamiento desde un punto de vista de la realidad, de lo justo y lo injusto, lo que es nuestro y lo que les pertenece a las otras pertenecen.
http://sociologiauniandes10.blogspot.com/2011/02/eficiencia-del-derecho.html
para que se de la eficacia del derecho existen, factores de carácter general.
La sociabilidad, el proceso de sociabilidad que en su seno recibe el sujeto le hace vínculos sociales y adquirir la conciencia de que debe respetar las normas e instituciones que rigen el funcionamiento de los grupos humanos.
Conocimiento del derecho: el derecho es un ordenamiento jurídico inexcusable, el desconocimiento de al ley no sirve de excusa para librarse de las sanciones que trae consigo el incumplimiento de la norma.
La participación del sujeto: cuando el sujeto se siente participe de la cosa pública tiene más motivos para respetar el derecho.
Las actitudes psicológicas del sujeto: para explicar este factor ramón soriano se basa en el cuadro del sociólogo estadounidense Robert King merton en el que explica una categoría caracterológica respecto a la actitud del sujeto saber:
. cuando el sujeto o actor social emplea medios institucionales y persigue los fines sociales. Ejemplo el profesional medio.
.cuando no acepta los fines sociales pero en cambio utiliza los medios institucionales, su actitud es ritualista . Ejemplo, el burócrata.
. cuando acepta los fines sociales pero emplea medios que no son legales la actitud es innovadora. Ejemplo: el delincuente de cuello blanco.
. cuando no acepta los fines sociales ni emplea medios institucionales nos encontramos frente una actitud retraida. Ejemplo: el marginado social.
. cuando no se acepta los fines sociales ni los medios institucionales pero se intenta sustituirlos por otros nuevos. La actitud es rebelde. Ejemplo : el revolucionario.
Protección represora de las normas: en este tópico se analiza la función de las sanciones positivas y negativas en la eficacia del derecho y concluye el autor ramón soriano que el resultado es relativo y que es improcedente generalizarlo.
FACTORES DE
...