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Directorio


Enviado por   •  22 de Agosto de 2014  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  199 Visitas

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DIRECTORIO

FUNDAMENTACION

Directorio.- El directorio, es una entidad colegiada y elegida por la Junta General de Socios de una organización la misma que tiene funciones de gestionar y ejecutar las decisiones tomadas por ésta en la búsqueda de acrecentar las utilidades de la organización como objetivo fundamental y principal de la personería jurídica creada para tal fin.

Según la Ley General de Sociedades, el directorio forma parte de la Sociedad Anónima para seguir la línea de la sociedad y ajustar la organización a sus propias necesidades. Sin embargo en las Sociedades Anónimas Cerradas (SAC) no se contempla la formación y legislación de la misma y si fuera el caso simplemente son creadas como parte ficticia de las empresas muchas veces con el fin de minimizar los costos de su formación y ejecución. Es por ello que la LGS afirma que si el pacto social y los estatutos de la organización lo determinan, las SAC funcionarían sin directorio y las funciones establecidas en la ley serán ejercidas por el Gerente General.

DESCRIPCION

Personalidad Jurídica.- Nace con su creación en el registro correspondiente y termina con su extinción.

Función Jurídica.- Es la capacidad que se le delega a cierto individuo para celebrar negocios en el ámbito comercial.

Directorio.- Es una entidad creada por la Junta General con la finalidad de delegar funciones y apoyarse en la ejecución de las mismas atraves de los gerentes. Tiene facultades de gestión y representación legal.

PROBLEMÁTICA

¿Por qué en las Sociedades Anónimas Cerradas el Directorio es facultativo?

De acuerdo al artículo 247° de la ley general de sociedades establece que dentro del pacto social o en los estatutos formados por los mismos puede no considerarse la existencia del directorio; por lo tanto cuando se determine la no existencia del mismo, todas las responsabilidades y funciones establecidas en la ley recaerán sobre el gerente general de la organización. Esto forma parte de la principal innovación de la nueva Ley General de Sociedades en cuanto a las Sociedades Anónimas Cerradas con la finalidad de ejercer sus funciones sin la existencia de un directorio en su organización.

CONCLUSIONES

No se puede determinar con exactitud la flexibilidad que determina el apoyo de la nueva LGS en cuanto a la creación de organizaciones sin la existencia de un directorio. Sin embargo cabe recalcar que Las Sociedades Anónimas Abiertas son instituciones que dentro de su política de inserción pretenden la captación de nuevos capitales con la finalidad de incrementar su patrimonio, es por ello que requieren de una Junta General para la toma de decisiones

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