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EL HOMBRE COMO SUJETO DE FORMACIÓN SOCIAL


Enviado por   •  16 de Enero de 2014  •  1.520 Palabras (7 Páginas)  •  409 Visitas

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DERECHO PENAL GENERAL

Investiga en diferentes fuentes sobre el nacimiento y evolución de la ley penal en las diferentes fases de su desarrollo.

Período de la Venganza Privada.

En este período se dan los primeros pasos para que la sociedad intervenga en las relaciones individuales tratando así de evitar las turbas sociales o la exageración en la venganza que realiza un individuo frente a la falta del otro.

En este periodo el sentido de la sanción era causar al infractor un sufrimiento igual o equivalente al causado al agraviado.

De ese contexto es que nacen las legislaciones primitivas cuyo sistema se basaba en la Ley del Talión fundamentada en el principio del ojo por ojo y diente por diente , esto es, tal pena cual delito.

Más tarde, según fue evolucionando la sociedad, y considerando la venganza como un medio exagerado o tan grosero como la acción del agraviante, nació la figura de la composición que consistía en el pago de una suma de dinero como compensación por el daño.

Período Teológico - Político de la Venganza Divina y Pública, y de la Intimidación.

En este período la facultad de imponer la sanción pasó directamente al Estado. Al mismo tiempo que se castigaban los atentados a los particulares y a sus bienes se estableció la protección penal al Estado y a sus autoridades.

No obstante, este periodo tuvo algunas consideraciones negativas, en tanto, que al considerarse la autoridad pública (al gobernante) como una autoridad instituida por voluntad divina, se consideraban a los atentados contra ésta como una seria ofensa al Creador y por ello se imponían penas degradantes ante la más inofensiva falta contra ésta, esto en animo de lograr una intimidación terrorífica.

No existía entonces el principio de la legalidad de las penas, es decir, que las sanciones penales se establecieran en la ley, por lo que las sanciones se aplicaban de acuerdo a la voluntad del rey, generalmente impuesta de un modo arbitrario.

En este período se daban casos de sanciones degradantes como la quema viva de personas, maltratos corporales severos, juzgamiento de cadáveres y animales, crucifixiones y otros, todos como supuestos métodos de suplicio y purgación frente a la ofensa que representa el no acatamiento de la voluntad divina.

Se comenzaron a establecer los regímenes penitenciarios, pero estos eran vistos como lugares de encerramiento y de degradación de la integridad de la persona.

Período Humanitario.

Basado en los sentimientos de piedad que exigía el cristianismo comenzó a propagarse el sentimiento de la piedad y la consideración del agraviante, así como la justificación de la pena en la necesaria rehabilitación de su conducta, y no en la venganza.

Surge la legislación penal canónica cuyas sanciones eran más leves y más correctivas: la detención perpetua, las penitencias canónicas, el internamiento en un monasterio, y la excomunión, entre otros.

La pena de muerte quedó totalmente excluida de esta legislación.

Asimismo, se dieron las pautas para el establecimiento de regimientos penitenciarios donde se lograra una cabal recuperación del delincuente, a través de labores y estudios asignados.

En este período también los grandes enciclopedistas (Montesquieu, Rousseau, Helvetius, Voltaire, Holbach, y otros, criticaron duramente el régimen de la intimidación y de la venganza divina.

Asimismo, César Beccaria proclamó: el derecho de castigar no es otro, que el de defensa que cada individuo cede al poder social al entrar en sociedad y ese derecho tiene por límites la justicia y la utilidad social. El fin de la pena no es atormentar y afligir a un ser sensible, ni hacer desaparecer un delito cometido, sino impedir que el culpable reincida, y evitar que otros sigan su ejemplo.

La Revolución Francesa logró la aplicación de penas no degradantes, el reconocimiento del principio de la igualdad de todos ante la ley penal, la personalidad de las penas, estableció la legalidad de los delitos y de las penas, la limitación de los delitos a aquellos hechos que perturban el orden social, la pena de muerte fue muy limitada, y quitado todo acto de tortura que la acompañe, estableciendo su modo de ejecución en métodos simples.

Mirabeu y Mabillón en Francia, y Bentham en Inglaterra son conocidos como los grandes precursores del sistema penitenciario moderno que busca la reforma conductual del prevenido, y a la vez, el resarcimiento del daño causado a la víctima y la represión preventiva de los delitos.

En 1810 se aplica en Francia un Código Penal en el cual si bien las penas estaban graduadas con un mínimum y un máximum de ejecución (Ej. de 1 a 5 días de prisión, multas de 1 a 500 pesos), no se valoraba al comportamiento del agente, y las causas externas que lo pudieron llevar a cometer el crimen, sino que se establecía digamos una aplicación simple de la regla, a tal hecho tal pena. Por esto ocurrieron muchas

Dificultades que llevaron a que en 1824 se estableciera un Código en el cual se fijaban las circunstancias atenuantes, el perdón condicional de la pena y otras atenuantes.

Período Contemporáneo.

En este período destacan varias

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