EL INFANTICIDIO DE FACUNDO INFANTE AL PROYECTO DE REFORMA PENAL BOLIVIANO
Enviado por geyzon • 8 de Enero de 2018 • Ensayo • 9.368 Palabras (38 Páginas) • 201 Visitas
DE FACUNDO INFANTE AL PROYECTO DE REFORMA PENAL BOLIVIANO (2008/09)[1]
José Sáez Capel[2]
I º
Cuando los organizadores me invitaron a participar en esta revista electrónica, acepté gustoso e inmediatamente, no por las ideas que hoy pueda verter aquí, sino por la gratitud, afecto y respeto que le tengo a nuestra Universidad, a cuyo claustro académico fui incorporado el pasado año como profesor honorario.
Además participé junto a otros colegas y amigos de América y Europa, en la Comisión reformadora del CPBoliviano, por lo que me pareció que el tema era a la vez que interesante, novedoso.
Hecha esta aclaración, pasemos a lo nuestro: De Facundo Infante al Proyecto de Reforma penal Boliviano (2008/09).
En 1831, a pocos años de nacida Bolivia a la vida independiente, adoptó como Código penal el español de 1822, merced a la influencia de FACUNDO INFANTE[3], si bien con reformas que, al decir de don LUIS JIMÉNEZ DE ASÚA, empeoraban la estructura del modelo[4].
ANDRES DE SANTA CRUZ, segundo presidente del país, dispuso en 1834, su revisión, con el fin de suavizar las penas; en el nuevo Código[5] el modelo persiste, no siendo más que una reedición reformada del que rigió en España en el breve periodo liberal[6], pero que en Bolivia lo fue hasta 1972.
El mismo Código rigió en el Estado Sud-Peruano de la Confederación Peruano - Boliviana, de octubre de 1836 a julio de 1838, aplicación mediante del decreto del 23 de junio de 1836[7].
Para JOAQUIN PACHECO, el Código penal español y por consecuencia su copia boliviana, era un código científico. La ciencia del derecho y la buena filosofía inspiraban la mayor parte de sus disposiciones, era digno del S XIX, mejoraba inmensamente la situación penal de la nación; pero era a veces demasiado duro, difuso y sacrificaba la claridad, la sencillez y el mérito legislativo, a pretensiones artísticas y vanidoso pasado literario[8].
Al decir de QUINTILIANO SALDAÑA, el Código constaba de un título preliminar – como el Fuero Juzgo – con la teoría penal general (definición de los delitos y su clasificación, de las penas y sus efectos y ejecución) además de dos partes: la primera, de los delitos públicos, su clasificación y enumeración –con las renovaciones consiguientes -, sus penas y procedimiento; la segunda, de los delitos privados (contra los particulares) en sus variedades: contra las personas, el honor, la propiedad..., títulos I, II, III. En él se nota la influencia de tres corrientes: 1ª, la más sustancial, que se deriva del movimiento de la Enciclopedia y de Beccaría; 2ª, del movimiento codificador francés, a que dio nombre Napoleón; 3ª, muy vaga, de la nebulosa de ideas y sistemas de Bentham, maestro y educador de los primeros liberales españoles; 4ª y mínima: la tradición, con algo del Fuero Juzgo y las Partidas.[9]
Y ello es así, porque en España, el derecho penal de la Revolución está contenido, sustancialmente, en la Constitución de 1812 y en el Código penal de 1822.
Cosas del país del Altiplano, donde el Código Penal se mantuvo con muy pocas reformas durante 138 años, en tanto que en el mismo lapso, tuvo diecisiete constituciones políticas, que justo es reconocer, nada de fondo modificaron. Es que durante la vida republicana y hasta abril de 1952, casi nada había cambiado en Bolivia, salvo algunas formas, la mayoría de los hombres seguían siendo siervos de una colonia con formalidades republicanas, con un feudalismo y un colonialismo interior, que negaba a los campesinos la condición de propietarios de la tierra, y con el saqueo de los recursos naturales.
La Revolución de 1952, suprimió él ejercito, puso fin a un pasado del régimen político - económico de la gran minería y al latifundio feudal. Sentó las bases para la construcción de una nación con un profundo contenido económico democrático de tipo capitalista popular, que respondía a la realidad nacional y lejos de cualquier utopía ideológica.
No fue un mero golpe de estado latinoamericano o un simple cambio de guardia en el Palacio Quemado[10], sino una llegada al gobierno, mediante alianza de clases, de todo un pueblo, en sustitución de una minoría anacrónica, formada por un puñado de grandes propietarios mineros y los latifundistas más conservadores, que habían marchado en contra del reloj de la historia[11].
Las minas de estaño, pasaron a ser propiedad estatal al igual que el petróleo con YPFB, se efectuó una reforma agraria, en la que los hombres pasaron de su condición de siervos yanaconas de una cuasi-colonia, a la obtención de la ciudadanía política.
Pasados los años, por múltiples causas en Bolivia no ha aflorado aún una fortaleza implícita de la sociedad civil y no cabe esperar un fortalecimiento de las instituciones republicanas, sino todo lo contrario, La enorme corrupción y el clientelismo prebendario han generado una falta de confianza en el sistema político que ha quedado reducido a un gran montón de escombros, que la sociedad civil y sus organizaciones no gubernamentales difícilmente estén en condiciones de limpiar.
En 1984, cinco años antes de la caída del muero de Berlín, Bolivia vivió el derrumbe de ese modelo formado en democracia y dictaduras durante los treinta y dos años anteriores, se sumergió en un radical proceso neoliberal, que en los quince años posteriores produjeron cambios sociales y se le entregó a las empresas multinacionales el control del 35% del Producto Bruto Interno (PBI), dejando al Estado en un papel de mendigo internacional y a la policía militarizada encargada de disciplinar a las clases peligrosas, modificándose además los patrones del desarrollo económico en tanto los capitalistas locales retrocedieron al papel de socios menores, intermediarios o raquíticos inversionistas en áreas subalternas de la actividades económicas y productivas[12].
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