ENSAYO DE CRONICA PARLAMENTARIA
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CRONICA PARLAMENTARIA
18 de octubre
2011
ALUMNO IVAN YAIR GUZMAN PEREZ 7mo SEMESTRE LICENCIATURA EN DERECHO LIC. CONI ARCINIEGA
ENSAYO
Tabla de contenido
INTRODUCCION 2
CRONICA PARLAMENTARIA, CAMARA DE DIPUTADOS 2
MARCO HISTORICO 2
Modernización 2
Dinamismo 2
DESARROLLO 3
MARCO TEORICO 3
Aprobación del congreso de la unión 5
Ley modelo 5
aprobación del honorable Congreso de la Unión, 6
acuerdo de arbitraje 7
Composición del tribunal arbitral 7
competencia del tribunal arbitral 7
En cuanto a la sustanciación de las actuaciones arbitrales 8
Pronunciamiento del laudo y a la terminación de las actuaciones del tribunal arbitral 8
En cuanto a las costas 9
nulidad de los laudos 9
reconocimiento y ejecución de laudos 9
MARCO JURIDICO 10
DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES 10
TITULO CUARTO Del arbitraje comercial 10
CAPITULO I Disposiciones generales 11
CAPITULO II Acuerdo de arbitraje 13
CAPITULO III Composición del Tribunal Arbitral Artículo 13
CAPITULO IV Competencia del Tribunal Arbitral 15
CAPITULO V Sustanciación de las Actuaciones Arbitrales 15
CAPITULO VI Pronunciamiento del laudo y determinación de las actuaciones 17
CAPITULO VII De las costas 19
CAPITULO VIII De la nulidad del laudo 20
CAPITULO IX Reconocimiento y ejecución de laudos 21
MARCO DOCTRINAL 23
INTRODUCCION
CRONICA PARLAMENTARIA, CAMARA DE DIPUTADOS
De decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código de Comercio y del Código Federal de Procedimientos Civiles, presentada por el Ejecutivo federal el 1 martes de junio de 1993
Ciudadanos secretarios de la Cámara de Diputados del honorable Congreso de la Unión Presentes
Por instrucciones del ciudadano Presidente de la República y para los efectos constitucionales, con el presente adjunto a ustedes Iniciativa de Decreto que Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones del Código De Comercio y del Código Federal de Procedimientos Civiles, documento que el propio Primer Magistrado de la Nación propone por el digno conducto de ustedes.
MARCO HISTORICO
Tal como lo expresé al rendir ante ese honorable Congreso de la Unión mi Cuarto Informe de Gobierno, es necesario consolidar la apertura hacia el exterior. El proyecto internacional de México no puede abstraerse de los nuevos retos políticos y económicos que configuran ya el ámbito internacional. El panorama internacional de hoy, de línea que se desarrollará en el futuro cercano.
Modernización
La modernización es, al exterior, una política activa, lo que significa no esperar sino adelantar iniciativas que contribuyan a aprovechar oportunidades para consolidar nuestro proyecto como nación. Iniciativas políticas que contribuyan a la distinción y al predominio de la negociación en el ámbito multilateral, en el arreglo de conflictos y diferencias entre los involucrados, configurando de esta manera un entorno más favorable para México. Asimismo, iniciativas económicas, técnicas y financieras que complementen y hagan rendir el esfuerzo interno y den expresión concreta a una mayor presencia y beneficio a México en su participación en los mercados internacionales.
Dinamismo
A pesar de la incertidumbre proveniente del dinamismo con que se adapta y cambia en la actualidad el marco de las relaciones internacionales, se pude afirmar que en el futuro el desarrollo de los acontecimientos estará determinado por una creciente interdependencia a nivel regional y global. Ello se hace cada vez más evidente en diversas cuestiones como la del comercio, que se ha convertido en un elemento fundamental del Derecho Internacional.
DESARROLLO
MARCO TEORICO
México está atento a estos avances en la integración, para adecuar sus acciones a las nuevas realidades, a partir del fortalecimiento de su soberanía. En respuesta a sus propios intereses, ha llevado a cabo importantes medidas de modernización que le permiten estar más preparado para competir internacionalmente e interactuar con mayor eficacia en un mundo cada vez más global, y para configurar una plataforma de acción conjunta con otros países y subregiones, en un momento en el que el cumplimiento de las normas básicas del Derecho Internacional podría estar amenazado por las aceleradas transformaciones políticas, económicas y sociales que se experimentan a nivel mundial.
Como parte de su modernización económica, México vive hoy un importante proceso de cambio legislativo que facilita su completa incorporación al flujo del comercio mundial. Hemos entrado de lleno en una etapa de apertura comercial que nos está permitiendo aprovechar los beneficios de los mercados mundiales. Los tratados internacionales celebrados por el país, y los que están en vías de celebrarse, hacen necesario para su mejor aprovechamiento, que se proceda también a la actualización de las leyes comerciales, sobre todo las relativas a la contratación privada.
En efecto, la intensa red de relaciones comerciales acerca cada vez más a los diferentes países, lo que ha dado a la figura del arbitraje comercial un mayor atractivo como instrumento práctico y expedito de solución de controversias mercantiles que llegan a presentarse en el curso de las relaciones comerciales. Destacan entre sus ventajas: celebridad, costo económico definido, así como una acentuada especialización, acordes con una sociedad en pleno desarrollo.
En ese contexto, las lagunas legales en materia mercantil se pueden convertir en obstáculos al comercio cuando impiden o dilatan su desarrollo; es por ello que conviene, en la medida de lo posible, y cuidando siempre el respeto irrestricto del orden público, adecuar la legislación mercantil a las necesidades de la época.
Con frecuencia se recurre al arbitraje comercial para la solución de controversias entre empresarios mercantiles; de modo principal para las que resultan de sus relaciones contractuales, sin excluir las que derivan las relaciones extra contractuales.
La inserción de cláusulas de sometimiento al arbitraje en los contratos comerciales, así como los juicios arbitrales, se han multiplicado en las últimas décadas.
El arbitraje comercial internacional ha probado su utilidad para la solución de los problemas que no reciben satisfacción adecuada a través de las soluciones tradicionales del Derecho Internacional Privado. En efecto, el método tradicional
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